RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO 26 2020 LOTERIA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES S.E. LOTBA S.E. LEY 5785

Síntesis:

SE DEROGA - RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N° 1-LOTBA/20 - SE ESTABLECE PLATAFORMA DE AUTOGESTIÓN - JUEGOS DE AZAR - LOTERIA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES S.E. - NOTIFICACIÓN FEHACIENTE - PROCEDIMIENTO - TRÁMITE

Publicación:

19/03/2020

Sanción:

12/03/2020

Organismo:

LOTERIA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES S.E. LOTBA S.E. LEY 5785


VISTO: las Leyes N° 538 y N° 5.785 (textos consolidados por Ley N° 6.017), el

Decreto N° 88-GCABA/17, la Resolución N° 1.439-MHGC/17 y las Resoluciones de

Directorio N° 352-LOTBA/18, N° 1-LOTBA/20 y N° 4-LOTBA/20, el Expediente

Electrónico N° EX-2019-38188780-GCABA-LOTBA y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5.785 (texto consolidado por Ley N° 6.017) de creación de LOTBA S.E.

estableció como su objeto la autorización, organización, explotación, recaudación,

administración y control de los juegos de azar, destreza, apuestas mutuas y

actividades conexas en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

designándola a tal fin como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 538 (texto

consolidado por Ley N° 6.017) de Juegos de Apuestas;

Que de conformidad con lo dispuesto por Ley N° 538 (texto consolidado por Ley N°

6.017), entre las funciones de la Autoridad de Aplicación se encuentran las de velar

por todo aquello que haga a la legalidad de los juegos de apuestas y el respeto por los

derechos del apostador, y ejercer el poder de policía en materia de los juegos de

apuestas;

Que a través del Decreto N° 88-GCABA/17, se aprobó el Estatuto de LOTBA S.E., el

cual establece en el Artículo 4° in fine que la Sociedad está plenamente facultada para

dictar la totalidad de las normas y demás actos jurídicos y administrativos generales y

particulares necesarios para el efectivo cumplimiento de su objeto;

Que en el marco de la Resolución N° 1.439-MHGC/17, se aprobó el organigrama de

LOTBA S.E. y las misiones y funciones de cada área que integra esta Sociedad;

Que mediante Resolución de Directorio N° 352-LOTBA/18, se aprobó la Plataforma de

Autogestión, mediante el portal web de LOTBA S.E.

http://autogestion.loteriadelaciudad.gob.ar, como único medio de comunicación oficial

entre los Titulares de Permisos Oficiales y LOTBA S.E.;

Que el Artículo 3° de la Resolución de Directorio N° 1-LOTBA/20, estableció la

Plataforma de Autogestión como medio de comunicación oficial entre LOTBA S.E. y

los Laboratorios y Fabricantes inscriptos y en proceso de inscripción, detallando en el

Anexo II (IF-2020-02207809-GCABA-LOTBA) y en el Anexo III (IF-2020-02208061-

GCABA-LOTBA) de dicha resolución, los trámites a cursar por las partes a través de la

plataforma;

Que el Artículo 4° de dicha norma, estableció la Plataforma de Autogestión como

medio de comunicación oficial entre LOTBA S.E. y los aspirantes a ser titulares de una

Agencia de Juego en Línea y los titulares de Agencias de Juegos en Línea, detallando

en el Anexo IV (IF-2020-02208356-GCABA-LOTBA) de dicha resolución, los trámites a

cursar por las partes a través de la plataforma;

Que mediante Resolución de Directorio N° 4-LOTBA/20, se derogó el Artículo 1° de la

Resolución de Directorio N° 1-LOTBA/20;

Que de conformidad con lo indicado por la Gerencia de Control de Juegos y Apuestas

(cfr. PV-2020-07784082-GCABA-LOTBA) se advirtió un error material involuntario en

la confección de los Anexos mencionados, por lo que corresponde dictar el acto

administrativo pertinente a fin de subsanar tal circunstancia;

Que por cuestiones de índole administrativa, resulta conveniente derogar la

Resolución de Directorio N° 1-LOTBA/20 y normar en un único cuerpo lo relativo a la

presente.

Que la Gerencia de Control de Juegos y Apuestas y la Subgerencia de Asuntos

Legales han tomado la intervención que resulta de su competencia;

Por ello, y en uso de las competencias emanadas del Artículo 15 del Estatuto de

LOTBA S.E. aprobado por Decreto N° 88-GCABA/17,

EL DIRECTORIO DE LOTERIA

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES S.E.

RESUELVE:

Artículo 1°.- Deróguese la Resolución de Directorio N° 1-LOTBA/20.

Artículo 2°.- Establézcase a la Plataforma de Autogestión creada por Resolución de

Directorio N° 352-LOTBA/18 como medio de comunicación oficial entre LOTBA S.E. y

los Laboratorios y Fabricantes inscriptos y en proceso de inscripción en los Registros

creados por la Resolución de Directorio N° 109-LOTBA/18 (y sus modificatorias) o la

que en el futuro la reemplace, a fin de realizar las consultas, comunicaciones,

notificaciones y trámites previstos en los Anexo II (IF-2020-07779014-GCABA-LOTBA)

y Anexo III (IF-2020-07779135-GCABA-LOTBA) que forma parte integrante de la

presente a partir de la fecha que oportunamente se disponga. Ello sin perjuicio de

aquellos que, en el futuro, esta Sociedad del Estado pudiera incorporar.

Artículo 3°.- Establézcase a la Plataforma de Autogestión creada por Resolución de

Directorio N° 352-LOTBA/18 como medio de comunicación oficial entre LOTBA S.E. y

los aspirantes a ser titulares de una Agencia de Juego en Línea y los titulares de

Agencias de Juegos en Línea, a fin de realizar las consultas, comunicaciones,

notificaciones y trámites previstos en el Anexo IV (IF-2020-07779247-GCABA-LOTBA)

que forma parte integrante de la presente a partir de la fecha que oportunamente se

disponga. Ello sin perjuicio de aquellos que, en el futuro, esta Sociedad del Estado

pudiera incorporar.

Artículo 4°.- Establézcase que las notificaciones realizadas a través de la Plataforma

de Autogestión mediante el portal web http://autogestion.loteriadelaciudad.gob.ar, se

considerarán fehacientemente notificadas en la fecha de su envío.

Artículo 5°.- Por Secretaría General comuníquese a las distintas dependencias de esta

Sociedad del Estado y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Por la Gerencia Control de Juegos y Apuestas notifíquese a los Fabricantes y

Laboratorios inscriptos y en proceso de inscripción en los Registros creados por la

Resolución de Directorio N° 109-LOTBA/18 y su modificatoria. Por la Subgerencia

Operación de Juegos comuníquese a los titulares de permisos oficiales. Pando - Pujol

- Navarro - Díaz Alberdi - García Santillán


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5826ANEXO II

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5826ANEXO III

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5826ANEXO IV

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 2° de la Resolución de Directorio N° 26-LOTBA/20 establece a la Plataforma de Autogestión creada por Resolución de Directorio N° 352-LOTBA/18 como medio de comunicación oficial entre LOTBA S.E. y los Laboratorios y Fabricantes inscriptos y en proceso de inscripción en los Registros creados por la Resolución de Directorio N° 109-LOTBA/18.</p><p>Artículo 3° establece a la Plataforma de Autogestión creada por Resolución de Directorio N° 352-LOTBA/18 como medio de comunicación oficial entre LOTBA S.E. y los aspirantes a ser titulares de una Agencia de Juego en Línea y los titulares de Agencias de Juegos en Línea.</p>
COMPLEMENTA
<p>Artículo 2° de la Resolución de Directorio N° 26-LOTBA/20 establece a la Plataforma de Autogestión creada por Resolución de Directorio N° 352-LOTBA/18 como medio de comunicación oficial entre LOTBA S.E. y los Laboratorios y Fabricantes inscriptos y en proceso de inscripción en los Registros creados por la Resolución de Directorio N° 109-LOTBA/18.</p>
DEROGA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 26-LOTBA/20 deroga la Resolución de Directorio N° 1-LOTBA/20.</p>