RESOLUCIÓN 3568 2020 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE DEJA SIN EFECTO - RESOLUCION  3339-MHFGC-20  - SE RECTIFICA ARTICULO 1 RESOLUCION  3265-MHFGC-20 - DELEGA EN TITULAR  JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS -  FACULTAD DE APROBAR GASTOS - PROVISIÓN Y ENTREGA VIANDAS DE ALIMENTOS - PERSONAS ASINTOMÁTICAS PROVENIENTES DE ZONAS DE RIESGO - DIAGNOSTICADAS CON COVID-19, HOSPEDADAS EN ESTABLECIMIENTOS EXTRAHOSPITALARIOS - CUMPLIMIENTO DEL AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO - VOLUNTARIOS - CORONAVIRUS

Publicación:

24/08/2020

Sanción:

20/08/2020

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: el Decreto N° 433/16, las Resoluciones Nros. 2902/GCABA/MHFGC/20,

3265/GCABA/MHFGC/20 y 3339/GCABA/MHFGC/20 y el Expediente N°

14241503/GCABA/DGTALMHF/20, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 433/16 se establecen los niveles de decisión y cuadros de

competencias complementarias correspondientes a los actos de ejecución

presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la Ciudad,

de acuerdo al artículo 4° de la Ley N° 70 y conforme a su Anexo I;

Que a su vez, en el referido Anexo I se establece que para gastos superiores a

$ 15.000.000 los mismos deben ser aprobados por el titular de este Ministro o por

quien éste delegue;

Que en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada en el ámbito de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en relación al virus COVID-19 (Coronavirus) y el

"aislamiento social, preventivo y obligatorio" dispuesto por el Gobierno Nacional, se

dictó la Resolución N° 2902/GCABA/MHFGC/20;

Que por la citada Resolución, se procedió a delegar en el titular de la Jefatura de

Gabinete de Ministros, la facultad de aprobar gastos correspondientes a la provisión y

entrega de viandas de alimentos para aquellas personas asintomáticas provenientes

de zonas de riesgo y las que fueran diagnosticadas con COVID-19, que se encuentren

hospedadas en establecimientos extrahospitalarios para el cumplimiento del

aislamiento social, preventivo y obligatorio, como así también para aquellas que se

encuentren prestando colaboración voluntaria en tareas de organización y asistencia

en los mismos, hasta la suma total de PESOS VEINTICINCO MILLONES

($ 25.000.000) mensuales y PESOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES ($ 55.000.000)

mensuales, para los meses de mayo y junio de 2020, respectivamente;

Que asimismo, el Jefe de Gabinete de Ministros requirió una nueva delegación para

aprobar los mencionados gastos hasta la suma total de PESOS TREINTA Y CUATRO

MILLONES ($ 34.000.000) y PESOS CINCUENTA Y TRES MILLONES ($ 53.000.000)

mensuales, para los meses de julio y agosto de 2020, respectivamente, dictándose al

efecto la Resolución N° 3265/GCABA/MHFGC/20;

Que posteriormente solicitó un incremento adicional de PESOS SEISCIENTOS MIL

($ 600.000) para el mes de julio de 2020, toda vez que se detectó un error de cálculo

en la estimación efectuada en primera instancia;

Que a raíz de ello, debió dictarse la Resolución N° 3339/GCABA/MHFGC/20

rectificándose el artículo 1° de la Resolución N° 3265/GCABA/MHFGC/20, quedando

el monto para el mes de julio de 2020 en la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO

MILLONES SEISCIENTOS MIL ($ 34.600.000);

Que con posterioridad, mediante Nota N° 19981958-GCABA-MJGGC-20, la Jefatura

de Gabinete de Ministros informa que también se ha verificado una diferencia con la

estimación del incremento de cupo que se ha solicitado oportunamente para el mes de

agosto del corriente año, detectándose un error en el cálculo al realizar las revisiones

correspondientes, y en consecuencia, solicita incrementar el mismo en la suma de

PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000);

Que por lo expuesto, deviene necesario dictar un nuevo acto administrativo

procediendo a rectificar los términos de la Resolución N° 3265/GCABA/MHFGC/20,

toda vez que a la fecha subsisten las circunstancias, motivos y condiciones que

motivaron el dictado de la norma mencionada.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el punto 5 del Anexo I del Decreto N°

433/16,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°. Déjase sin efecto la Resolución N° 3339/GCABA/MHFGC/20.

Artículo 2°. Rectifícase el artículo 1° de la Resolución N° 3265/GCABA/MHFGC/20, el

que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 1°. Amplíase los términos de

la Resolución N° 2902/GCABA/MHFGC/20, en el sentido que se procede a delegar en

el titular de la Jefatura de Gabinete de Ministros, la facultad de aprobar gastos

correspondientes a la provisión y entrega de viandas de alimentos para aquellas

personas asintomáticas provenientes de zonas de riesgo y las que fueran

diagnosticadas con COVID-19, que se encuentren hospedadas en establecimientos

extrahospitalarios para el cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio,

como así también para aquellas que se encuentren prestando colaboración voluntaria

en tareas de organización y asistencia en los mismos, hasta la suma total de PESOS

TREINTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS MIL ($ 34.600.000) mensuales y

PESOS CINCUENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS MIL ($ 53.200.000)

mensuales, para los meses de julio y agosto de 2020, respectivamente".

Artículo 3°. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Jefatura de Gabinete de Ministros y a las Direcciones Generales de

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, de Contaduría y de Tesorería. Cumplido,

remítase a la Gerencia Operativa de Gestión Técnica de la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 2 de la Resolución 3568-MHFGC-20 Rectifica Art. 1 de la Resolución 3265-MHFGC-20, modificatorio de la Resolución  2902-MHFGC/20.</p>
MODIFICA
<p>Art. 2 Resoluciom 3568-MHFGC-20 rectific art. 1 Resolucion 3265-MHFGC-20.</p>
DEROGA
<p>Art. 1 Resolucion 3568-MHFGC-20 deroga la Resolucion 3339-MHFGC-20.</p>