RESOLUCIÓN 2590 2020 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

SE APRUEBA IMPLEMENTACIÓN - INGRESO VIRTUAL - PRESENTACIONES DE LAS RENDICIONES DE CUENTAS - SUBSIDIOS - BENEFICIOS - REGÍMENES DE PROMOCIÓN CULTURAL - GERENCIA OPERATIVA OPERACIONES Y REGÍMENES DE PROMOCIÓN CULTURAL - DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO CULTURAL Y CREATIVO - MINISTERIO DE CULTURA - RÉGIMEN DE CONCERTACIÓN PARA LA ACTIVIDAD TEATRAL NO OFICIAL - PROTEATRO - RÉGIMEN DE CONCERTACIÓN PARA LA ACTIVIDAD MILONGAS NO OFICIAL - BAMILONGA - RÉGIMEN DE FOMENTO PARA LA ACTIVIDAD DE LA DANZA NO OFICIAL - PRODANZA - RÉGIMEN DE CONCERTACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DE LA ACTIVIDAD MUSICAL NO DEPENDIENTE - BAMÚSICA - PROGRAMA DE FOMENTO METROPOLITANO DE LA CULTURA LAS ARTES Y LAS CIENCIAS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - FONDO METROPOLITANO - RÉGIMEN DE PARTICIPACIÓN CULTURAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - MECENAZGO - COVID-19 - CORONAVIRUS - EMERGENCIA SANITARIA - CORREO ELECTRÓNICO

Publicación:

31/08/2020

Sanción:

20/08/2020

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


 

TEXTO ACTUALIZADO
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su dictado. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

Fecha de actualización: 17 de mayo del 2021.

 

VISTO: La Ley Nacional N° 27.541, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1-

GCABA/2020, 297- PEN/20 y 677-PEN/20, el Decreto N° 147/20, las Resoluciones

Nros. 618-MCGC/20, 1375-MCGC/20,4703-MCGC/19, 1557-MCGC/20, 3592-

MCGC/19 y su modificatoria 1765-MCGC/20, y 2370-MCGC/20, la Disposición N°484-

DGDCC/20, 499-DGDCC/20 y 521-DGDCC/20 y el Expediente Electrónico N°

20004417-GCABA-DGDCC/20, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nacional N° 27.541, declaró la emergencia pública en materia económica,

financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, y

delegó en el Poder Ejecutivo nacional las facultades comprendidas en la citada ley en

los términos del artículo 76 de la Constitución Nacional, con arreglo a las bases de

delegación establecidas en el artículo 2°, hasta el 31 de diciembre de 2020;

Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/GCABA/20 y sus

correspondientes prórrogas se declaró la Emergencia Sanitaria en el Ámbito de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 31 de agosto de 2020 a los fines de

entender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de

propagación del contagio en la población del virus COVID-19 (Coronavirus);

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297-PEN/20, prorrogado mediante el

Decreto de Necesidad y Urgencia N° 677-PEN/20, el Poder Ejecutivo de la Nación

estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el día 30 de agosto de

2020 inclusive, exclusivamente para las personas que residan o se encuentren en los

aglomerados urbanos y en los departamentos y partidos de las provincias argentinas

que no cumplan positivamente los parámetros epidemiológicos y sanitarios

establecidos en el artículo 2° de dicha medida, dentro de los cuales se encuentra

comprendida el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA);

Que por las Resoluciones Nros. 4703-MCGC/19, 618-MCGC/20, 1375-MCGC/20,

1557-MCGC/20, 3592-MCGC/19 y su modificatoria 1765-MCGC/20, y 2370-MCGC/20,

se aprobaron los Reglamentos Generales de los Regímenes de Promoción Cultural

BAMILONGA, PROTEATRO, BAMUSICA, PRODANZA, Fondo Metropolitano de la

Culturas, las Artes y las Ciencias y el Régimen de Participación Cultural de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, respectivamente, los cuales regulan el procedimiento

correspondiente a la rendición de cuenta de los beneficios otorgados;

Que en este contexto mediante la Disposición N° 484-DGDCC/20, prorrogada

mediante Disposición N°521-DGDCC/20, se dispuso el cierre de la Mesa de Entradas

de la Gerencia Operativa Operaciones y Regímenes de Promoción Cultural de esta

Dirección General hasta el 30 de agosto de 2020, inclusive, y se estableció la prórroga

de los plazos establecidos en la normativa que regula los Regímenes de Promoción

Cultural a cargo de la referida Gerencia Operativa, hasta el 14 de septiembre de 2020,

inclusive;

Que asimismo por la Disposición N° 499-DGDCC/20 se dispuso con carácter

excepcional la implementación del ingreso virtual de presentaciones vinculadas con los

subsidios y/o beneficios de los Regímenes de Promoción Cultural a cargo de la

referida Gerencia Operativa, a través de los correos electrónicos institucionales, con

excepción de aquellas presentaciones vinculadas con las rendiciones de cuentas

correspondientes a subsidios y/o beneficios otorgados en el marco de los referido

Regímenes;

Que en ese contexto la Dirección General de Desarrollo Cultural y Creativo de este

Ministerio propicia el dictado del acto administrativo que apruebe, con carácter

excepcional, la implementación del ingreso virtual de presentaciones vinculadas con

las rendiciones de cuentas correspondientes a subsidios y/o beneficios otorgados en el

marco de los Regímenes de Promoción Cultural a cargo de la Gerencia Operativa

Operaciones y Regímenes de Promoción Cultural de la referida Dirección General, a

través de los correos electrónicos institucionales correspondientes.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase, con carácter excepcional, la implementación del ingreso

virtual de presentaciones vinculadas con las rendiciones de cuentas correspondientes

a subsidios y/o beneficios otorgados en el marco de los Regímenes de Promoción

Cultural a cargo de la Gerencia Operativa Operaciones y Regímenes de Promoción

Cultural de la Dirección General Desarrollo Cultural y Creativo de este Ministerio, a

través de los correos electrónicos institucionales que a continuación se detallan:

a. Correo electrónico mesaregimenes@buenosaires.gob.ar correspondiente al

Régimen de Concertación para la Actividad Teatral No Oficial (PROTEATRO);

Régimen de Concertación para la Actividad Milongas No Oficial (BAMILONGA);

Régimen de Fomento para la Actividad de la Danza No Oficial (PRODANZA); Régimen

de Concertación para la Promoción de la Actividad Musical No Dependiente

(BAMÚSICA); y, Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las

Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires (FONDO METROPOLITANO);

b. Correo electrónico participacioncultural@buenosaires.gob.ar correspondiente al

Régimen de Participación Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

(MECENAZGO).

Artículo 2°.- La presente medida tendrá vigencia a partir de su dictado y se extenderá

durante la vigencia de lo establecido en el Decreto N° 297-PEN/2020 y sus

correspondientes prórrogas, en virtud de la continuidad del aislamiento social,

preventivo y obligatorio.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

pase, para su conocimiento y demás efectos, a la Gerencia Operativa Operaciones y

Regímenes de Promoción Cultural de la Dirección General de Desarrollo Cultural y

Creativo de este Ministerio. Cumplido, archívese. Avogadro

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolucion 1393-MCGC/21 modifica el Artículo 1° apartado b. de la Resolución 2590-MCGC/20.</p><p>Vigencia: a partir de su dictado y se extenderá durante la vigencia de lo establecido en el Decreto N° 297-PEN/2020 y sus correspondientes prórrogas, en virtud de la continuidad del aislamiento social, preventivo y obligatorio.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 2590-MC/20 aprueba, con carácter excepcional, la implementación del ingreso virtual de presentaciones vinculadas con las rendiciones de cuentas correspondientes a subsidios y/o beneficios, en el marco de la suspensión establecida por Disposición 484-DGDCC/20.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 2590-MCGC-2020 con carácter excepcional, la implementación del ingreso virtual de presentaciones vinculadas con las rendiciones de cuentas correspondientes a subsidios y/o beneficios otorgados a través de los Regímenes de Promoción Cultural a cargo de la Gerencia Operativa Operaciones y Regímenes de Promoción Cultural de la Dirección General Desarrollo Cultural y Creativo del Ministerio de Cultura, en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el DNU 1-2020.</p>