DECRETO 337 2020

Síntesis:

DEROGA - DECRETOS NROS 498/08 - 198/18 - DESIGNA - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - SECRETARÍA DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - CÓDIGO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE APROBADO - LEY 2.148 

Publicación:

24/09/2020

Sanción:

23/09/2020

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 2.148 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y sus modificatorias, las

Leyes Nros. 5.526, 6.292 y 6.314, los Decretos Nros 498/08, 198/18 y 463/19 y sus

modificatorios, el Expediente Electrónico N° EX-2020-22905105-GCABA-SECTOP, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 2.148, se aprobó el Código de Tránsito y Transporte de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que conforme lo estipulado en la citada ley, el Poder Ejecutivo designa a la Autoridad

de Aplicación que interviene en la aplicación de las disposiciones de dicho cuerpo

normativo;

Que por Decreto N° 498/08 se designó a la entonces Subsecretaría de Transporte

como Autoridad de Aplicación del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires aprobado por Ley N° 2.148, facultándola a definir y aplicar

las políticas vinculadas a la materia, a requerir la colaboración y entender en la

coordinación de las acciones de regulación y control del tránsito y transporte con otras

áreas, organismos descentralizados y de control del Gobierno de la Ciudad

involucrados en la materia de su competencia;

Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que a través del Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura

orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, asumiendo la actual Secretaría de Transporte y Obras

Públicas de la Jefatura de Gabinete de Ministros las competencias de la entonces

Subsecretaría de Transporte;

Que en virtud de las modificaciones producidas en la estructura organizativa del

Gobierno de la Ciudad y, a los fines de mejorar la eficacia y eficiencia en la gestión y

regulación del tránsito y el transporte en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, resulta

conveniente derogar el Decreto N° 498/08 y designar como autoridad de aplicación del

Código de Tránsito y Transporte, a la Secretaría de Transporte y Obras Públicas, o el

organismo que en un futuro la reemplace;

Que en otro orden, mediante la Ley N° 5.526, se incorporó el Título Décimo Tercero

"Del Servicio de Transporte en Motovehículos y Ciclorodados" al Código de Tránsito y

Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Ley N° 2.148;

Que el Decreto N° 198/18 aprobó la reglamentación del Título Décimo Tercero,

Capítulo 13, incorporado por Ley N° 5.526;

Que la Ley N° 6.314, entre otras cuestiones, sustituye el mencionado Título Décimo

Tercero de Tránsito y Transporte, por lo que corresponde derogar el citado Decreto N°

198/18;

Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los artículos 102 y

104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Deróganse los Decretos Nros. 498/08 y 198/18.

Artículo 2°.- Desígnase a la Secretaría de Transporte y Obras Públicas, dependiente

de la Jefatura de Gabinete de Ministros, o el organismo que en un futuro la reemplace,

como autoridad de aplicación del Código de Tránsito y Transporte aprobado por Ley

N° 2.148 (texto consolidado por Ley N° 6.017).

Artículo 3°.- El presente decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Secretaría de Transporte y Obras Públicas y para su conocimiento y

demás efectos remítase a la Subsecretaría de Coordinación Legal, Técnica y

Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese.

RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
<p>Artículo 2 del Decreto N° 337/20 designa a la Secretaría de Transporte y Obras Públicas, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, o el organismo que en un futuro la reemplace, como autoridad de aplicación del Código de Tránsito y Transporte aprobado por Ley Nº 2.148.</p>
DEROGA
<p>Artículo 1 del Decreto N° 337/20 abroga el Decreto N° 498/2008.</p>
DEROGA
<p>Artículo 1 del Decreto N° 337/20 abroga el Decreto N° 198/2018.</p>