DECRETO 282 2025

Síntesis:

DEROGA DECRETO 337/20 - DESIGNA AUTORIDAD DE APLICACIÓN - CÓDIGO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - LEY 2148 - MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Publicación:

28/07/2025

Sanción:

25/07/2025

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Las Leyes 2.148 y 6.684 (textos consolidados por la Ley 6.764), los Decretos

337/20, 387/23 y sus modificatorios, el Expediente EX-2025-30708679-GCABA-MIGC,

y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley 2.148, se aprobó el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que conforme lo estipulado en la citada ley, el Poder Ejecutivo designa a la Autoridad

de Aplicación que interviene en la aplicación de las disposiciones de dicho cuerpo

normativo;

Que mediante el Decreto 337/20 se designó a la entonces Secretaría de Transporte y

Obras Públicas, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, o el organismo

que en un futuro la reemplace, como autoridad de aplicación del Código de Tránsito y

Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por la Ley 2.148;

Que, por la Ley 6.684, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando en su artículo 2°, entre los Ministerios del

Poder Ejecutivo, al Ministerio de Infraestructura;

Que en el artículo 27 de la mencionada Ley, se establecieron las funciones del

Ministerio de Infraestructura, entre las cuales se encuentran las de gestionar y

fiscalizar el transporte y el ordenamiento del tránsito, la regulación y control del

transporte y el tránsito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la de formulación de

políticas, planificación, regulaciones y planes de los sistemas de tránsito y transporte

concernientes al ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y su articulación con

el Área Metropolitana, así como en la coordinación interjurisdiccional, en conjunto con

el Ministerio de Justicia;

Que mediante el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

hasta el nivel de Dirección General, contemplando a la Secretaría de Transporte y a la

Secretaría de Tránsito, ambas dependientes del Ministerio de Infraestructura;

Que en virtud de las modificaciones producidas en la estructura organizativa del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los fines de mejorar la eficacia y

eficiencia en la gestión y regulación del tránsito y el transporte en la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, resulta conveniente derogar el Decreto 337/20 y designar como

autoridad de aplicación del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires aprobado por Ley 2.148, al Ministerio de Infraestructura;

Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Derogar el Decreto 337/20.

Artículo 2°.- Designar al Ministerio de Infraestructura, o el organismo que en un futuro

lo reemplace, como autoridad de aplicación del Código de Tránsito y Transporte de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por la Ley 2.148.

Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Infraestructura y por

el Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar al

Ministerio de Infraestructura, a la Secretaría de Transporte y a la Secretaría de

Tránsito, ambas dependientes del mencionado Ministerio. Cumplido, archivar. MACRI

- Bereciartua - Sánchez Zinny

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 2° del Decreto 282/25 designa al Ministerio de Infraestructura, o el organismo que en un futuro lo reemplace, como autoridad de aplicación del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por la Ley 2148.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 437/MIGC/2025 <strong>(DEROGADA)</strong> faculta a la Secretaría de Tránsito y a la Secretaría de Transporte de del Ministerio de Infraestructura, ambas en el marco de sus competencias, a dictar las normas necesarias para el ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 1.1.4 y 1.3.1 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Ley N° 2148.</p><p> </p><p>Art. 2 faculta a la Secretaría de Tránsito y a la Secretaría de Transporte de del Ministerio de Infraestructura, ambas en el marco de sus competencias, a dictar las normas necesarias para el ejercicio de las facultades conferidas en el capítulo 1.2 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Ley 2148.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución 438-MIGC/25 faculta a la Secretaría de Tránsito y a la Secretaría de Transporte de este Ministerio de Infraestructura, ambas en el marco de sus competencias, a dictar las normas necesarias para el ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 1.1.4 y 1.3.1 del Código de Tránsito y Transporte, complementando lo dispuesto por el Decreto 282/2025</p><p>Artículo 2 faculta a la Secretaría de Tránsito y a la Secretaría de Transporte de este Ministerio de Infraestructura, ambas en el marco de sus competencias, a dictar las normas necesarias para el ejercicio de las facultades conferidas en el capítulo 1.2 del Código de Tránsito y Transporte.</p>
DEROGA
<p>Artículo 1° del Decreto 282/25 deroga el Decreto 337/20.</p>