DECRETO 282 2025
Síntesis:
DEROGA DECRETO 337/20 - DESIGNA AUTORIDAD DE APLICACIÓN - CÓDIGO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - LEY 2148 - MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
Publicación:
28/07/2025
Sanción:
25/07/2025
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: Las Leyes 2.148 y 6.684 (textos consolidados por la Ley 6.764), los Decretos
337/20, 387/23 y sus modificatorios, el Expediente EX-2025-30708679-GCABA-MIGC,
y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley 2.148, se aprobó el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que conforme lo estipulado en la citada ley, el Poder Ejecutivo designa a la Autoridad
de Aplicación que interviene en la aplicación de las disposiciones de dicho cuerpo
normativo;
Que mediante el Decreto 337/20 se designó a la entonces Secretaría de Transporte y
Obras Públicas, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, o el organismo
que en un futuro la reemplace, como autoridad de aplicación del Código de Tránsito y
Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por la Ley 2.148;
Que, por la Ley 6.684, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplando en su artículo 2°, entre los Ministerios del
Poder Ejecutivo, al Ministerio de Infraestructura;
Que en el artículo 27 de la mencionada Ley, se establecieron las funciones del
Ministerio de Infraestructura, entre las cuales se encuentran las de gestionar y
fiscalizar el transporte y el ordenamiento del tránsito, la regulación y control del
transporte y el tránsito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la de formulación de
políticas, planificación, regulaciones y planes de los sistemas de tránsito y transporte
concernientes al ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y su articulación con
el Área Metropolitana, así como en la coordinación interjurisdiccional, en conjunto con
el Ministerio de Justicia;
Que mediante el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
hasta el nivel de Dirección General, contemplando a la Secretaría de Transporte y a la
Secretaría de Tránsito, ambas dependientes del Ministerio de Infraestructura;
Que en virtud de las modificaciones producidas en la estructura organizativa del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los fines de mejorar la eficacia y
eficiencia en la gestión y regulación del tránsito y el transporte en la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, resulta conveniente derogar el Decreto 337/20 y designar como
autoridad de aplicación del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires aprobado por Ley 2.148, al Ministerio de Infraestructura;
Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Derogar el Decreto 337/20.
Artículo 2°.- Designar al Ministerio de Infraestructura, o el organismo que en un futuro
lo reemplace, como autoridad de aplicación del Código de Tránsito y Transporte de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por la Ley 2.148.
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Infraestructura y por
el Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar al
Ministerio de Infraestructura, a la Secretaría de Transporte y a la Secretaría de
Tránsito, ambas dependientes del mencionado Ministerio. Cumplido, archivar. MACRI
- Bereciartua - Sánchez Zinny