RESOLUCIÓN 4471 2020 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
SE EXIME BENEFICIARIOS - INCENTIVO - DECRETO 547-16 - OBLIGACIÓN DE ACREDITAR - CERTIFICADO DE SUPERVIVENCIA - AUTORIDAD POLICIAL - MES DE DICIEMBRE DE 2020 - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA
Publicación:
30/11/2020
Sanción:
25/11/2020
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: La Ley N° 27.541, Los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 260, 297, 325,
355, 408, 459, 493, 520, 576, 605, 641, 677, 714, 754, 792, 814 y 875/PEN/20, los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1, 8, 12 y 15/20, los Decretos Nros. 266/09,
547/16 y modificatorios, 53/20, las Resoluciones Nros. 3620-MHGC/16 y 2909-
GCABA-MHFGC/20, el Expediente Electrónico N° 28.031.402-GCABA-DGCLAP/20,
Y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20, de fecha 12 de marzo de
2020, el Poder Ejecutivo Nacional amplió la emergencia pública en materia sanitaria
establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización
Mundial de la Salud (OMS) en relación con el COVID-19 (coronavirus), por el plazo de
UN (1) año a partir de la entrada en vigencia del mencionado Decreto;
Que desde entonces se han adoptado diferentes medidas de prevención y control con
el objeto de atender la situación epidemiológica mencionada;
Que, entre ellas, por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20, se declaró la
Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los fines
de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de
propagación de contagio del mencionado virus en la población;
Que dicha emergencia sanitaria fue prorrogada por los Decretos de Necesidad y
Urgencia Nros. 8, 12 y 15/20 hasta el 30 de Noviembre de 2020, inclusive;
Que por su parte el Estado Nacional por Decreto de Necesidad y Urgencia N°
297/PEN/20 estableció para todas las personas que habitan en el país o se
encuentren en él en forma temporaria, la medida de "aislamiento social, preventivo y
obligatorio" siendo dicha medida prorrogada por los Decretos de Necesidad y Urgencia
Nros. 325, 355, 408, 459, 493, 520, 576, 605, 641, 677, 714, 754, 792, 814 y
875/PEN/20 hasta el 29 de Noviembre de 2020, inclusive;
Que mediante Decreto N° 547/16 y modificatorio Decreto N° 53/20, se creó un régimen
de retiro voluntario, el cual contempla la percepción de un incentivo no remunerativo
para aquellos trabajadores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que
se hubieran acogido al mismo;
Que por su parte, mediante Resolución N° 3620-MHGC/16, se estableció que los
agentes beneficiarios del incentivo mencionado en el considerando precedente
deberán presentar, en los meses de Junio y Diciembre de cada año, un certificado de
supervivencia, conforme lo establecido en el Decreto N° 266/09, caso contrario,
dejarán de percibir el incentivo hasta la efectiva presentación del mismo;
Que en este marco, y a fin de reducir el riesgo de propagación del mencionado virus
COVID-19 en la población, mediante Resolución N° 2909-GCABA-MHFGC/20 se
eximió a los referidos beneficiarios de la presentación del certificado de supervivencia
correspondiente al mes de Junio del año 2020;
Que en virtud del motivo expuesto precedentemente deviene necesario eximir a los
beneficiarios del incentivo establecido en el Decreto N° 547/16, de la presentación del
certificado de supervivencia correspondiente al mes de Diciembre del año en curso.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por Decreto N° 547/16 y
modificatorios,
Artículo 1°.- Exímase a los beneficiarios del incentivo establecido en el Decreto N°
547/16 y modificatorios, de la obligación de acreditar el certificado de supervivencia
expedido por autoridad policial, judicial o administrativa establecida en el artículo 24 de
la Resolución N° 3620-MHGC/16, correspondiente al mes de Diciembre de 2020.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Mura