DISPOSICIÓN 14 2021 DIRECCION GENERAL PROMOCION DEL LIBRO, BIBLIOTECAS Y LA CULTURA

Síntesis:

SE AUTORIZA REALIZACIÓN - ACTIVIDAD - NO ME SUELTES CARNAVAL - EN EL MARCO DEL EVENTO CARNAVAL PORTEÑO 2021 - DESDE EL DÍA 13 AL DÍA 27 DE FEBRERO - SE APRUEBA - DETALLE DE LAS LOCACIONES Y FECHAS - AUTORIZACIÓN - DECLARACION JURADA - DIRECCION GENERAL DE PROMOCIÓN DEL LIBRO, BIBLIOTECAS Y LA CULTURA - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA

Publicación:

18/02/2021

Sanción:

11/02/2021

Organismo:

DIRECCION GENERAL PROMOCION DEL LIBRO, BIBLIOTECAS Y LA CULTURA


VISTO: Las Leyes Nros. 27.541, 6.292 y 1.527, los Decretos de Necesidad y Urgencia

Nros. 260-PEN/20, 297-PEN/20, y sus modificatorios, y 1/20, y sus modificatorios, el

Decreto N° 463/19, la Ordenanza N° 52.039, el Expediente Electrónico N° 5722959-

DGPLBC/21, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nacional N° 27.541, declaró la emergencia pública en materia económica,

financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, y

delegó en el Poder Ejecutivo nacional las facultades comprendidas en la citada Ley en

los términos del artículo 76 de la Constitución Nacional, con arreglo a las bases de

delegación establecidas en el artículo 2°, hasta el 31 de diciembre de 2020;

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20, el Poder Ejecutivo de la

Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°

27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud

(OMS) en relación con el virus COVID-19 (Coronavirus), por el plazo de un (1) año a

partir de la entrada en vigencia de dicho Decreto;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 297-

PEN/20 se dispuso la medida de "aislamiento social, preventivo y obligatorio" hasta el

31 de marzo de 2020 inclusive, medida que fue prorrogada respecto de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires por los Decretos de Necesidad y Urgencia del Poder

Ejecutivo Nacional Nros. 325-PEN/20, 355-PEN/20, 408-PEN/20, 459-PEN/20, 493-

PEN/20, 520-PEN/20, 576-PEN/20, 605-PEN/20, 641-PEN/20, 677-PEN/20, 714-

PEN/20, 754-PEN/20, 792-PEN/20 y 814-PEN/20 hasta el día 8 de noviembre de 2020

inclusive;

Que la medida de "distanciamiento social, preventivo y obligatorio" adoptada por el

Gobierno Nacional, fue mantenida por Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 956-

PEN/20 y 1033-PEN/20, hasta el 31 de enero de 2021;

Que por medio del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 67-PEN/21, la medida de

"distanciamiento social, preventivo y obligatorio" fue prorrogada hasta el día 28 de

febrero de 2021, incluyendo a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria

en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020, a

los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo

de propagación del contagio en la población del virus COVID-19 (Coronavirus);

prorrogándose dicha emergencia mediante Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.

8/20, 12/20,15/20 y 17/20, hasta el 31 de enero de 2021;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 2/21 se prorrogó hasta el 31 de marzo

de 2021, la emergencia sanitaria declarada por Decreto de Necesidad y Urgencia N°

1/20 y sus modificatorios;

Que la Ley N° 6.292 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, determina que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por los

ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que le fueran

conferidas por la misma, contemplando al Ministerio de Cultura;

Que por Decreto N° 463/19 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando

dentro del Ministerio de Cultura a la Subsecretaría de Gestión Cultural, y estableciendo

bajo su órbita a la Dirección General Promoción del Libro, Bibliotecas y la Cultura;

Que dentro de las responsabilidades de dicha Dirección General se encuentran, entre

otras, las de "Supervisar y estimular las tareas que le competen a la Comisión de

Carnaval creada por Ordenanza N° 52.039";

Que, a los fines de lograr el cumplimiento de las misiones citadas, la Ley N° 1.527 ha

creado el Programa Carnaval, el cual se desarrolla actualmente bajo la órbita de la

Gerencia Operativa de Programación y Eventos, dependiente de esta Dirección

General;

Que dicho Programa tiene como objetivo fomentar la identidad social de los barrios y

sus costumbres, a través de la organización de funciones de murga-teatro, talleres

artísticos y encuentros en centros culturales, teatros y plazas durante todo el año,

además de la producción y organización del Carnaval Porteño;

Que el Carnaval Porteño es un evento que se celebra los fines de semana del mes de

febrero y Feriados de Carnaval al aire libre, en diferentes barrios de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que debido a la situación de emergencia sanitaria de público conocimiento se ha

modificado el cronograma habitual de festejos proponiéndose una serie de actividades

alternativas conforme a los protocolos de seguridad vigentes;

Que, en este contexto, en el marco del "Carnaval Porteño 2021", se realizará la

actividad "No me sueltes Carnaval", la cual se realizará desde el día 13 al día 28,

incluyendo los feriados propios de dicha festejos, a saber, los días 15 y 16 de febrero

del corriente año;

Que la actividad mencionada en el párrafo precedente, consistirá en un colectivo que

funcionará como un dispositivo móvil desde el cual se invitará a los vecinos y vecinas

a activar la memoria del Carnaval Porteño por medio de una muestra fotográfica

itinerante que recorre distintos puntos de la Ciudad;

Que, a los fines del conocimiento de la actividad descripta por parte de los vecinos de

la Ciudad, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL DE PROMOCIÓN DEL LIBRO,

BIBLIOTECAS Y LA CULTURA

DISPONE:

Artículo 1°. - Autorízase la realización de la actividad "No me sueltes Carnaval", en el

marco del evento "Carnaval Porteño 2021", a efectuarse desde el día 13 al día 27,

incluyendo los feriados propios de dicha festejos, a saber, los días 15 y 16 de febrero

del corriente año.

Artículo 2°. - Apruébase el detalle de las locaciones y fechas en que se llevará a cabo

la presente actividad y que, como Anexo I (IF-2021-05938460-GCABA-DGPLBC),

forma parte integrante de la presente norma.

Artículo 3°. Apruébase la autorización que como Anexo II (IF-2021-06006146-

GCABA-DGPLBC) forma parte integrante de la presente norma.

Artículo 4°. Apruébase la Declaración Jurada que como Anexo III (IF-2021-

05937214-GCABA-DGPLBC), forma parte integrante de la presente norma.

Artículo 5°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese al Ministerio de Cultura.

Cumplido, archívese. Artunduaga


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6061- Anexo I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6061- Anexo II

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6061- Anexo III

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Disposición N° 14-DGPLBC/21 autoriza la realización de la actividad No me sueltes Carnaval, en el marco del evento “Carnaval Porteño 2021”, a efectuarse desde el día 13 al día 27 febrero, en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición N° 14-DGPLBC/21 autoriza la realización de la actividad No me sueltes Carnaval, en el marco del evento “Carnaval Porteño 2021”, a efectuarse desde el día 13 al día 27 febrero, en el marco del protocolo para la realización de entretenimientos grupales al aire libre, el cual fuera aprobado mediante la Resolución N° 297-MDEPGC/20.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de Disposición N° 23-DGPLBC/21 autoriza la realización de la actividad No me sueltes Carnaval, en el marco del evento “Carnaval Porteño 2021”.</p>