RESOLUCIÓN 1116 2021 SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS

Síntesis:

SE ESTABLECE VIGENCIA - RÉGIMEN DE RETIRO VOLUNTARIO - DIRECCIÓN GENERAL CONTADURÍA ADJUNTA - PERÍODO 3 DE FEBRERO  AL 31 DE MARZO DE 2021 - SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS - SOLICITUD DE ADHESIÓN RÉGIMEN DE RETIRO VOLUNTARIO - PERSONAL DEPENDIENTE DE ÁREAS COMPRENDIDAS EN ARTS 1° Y 3° DECRETO 147-20 -  RECHAZO DE SOLICITUDES - ÁREAS ESENCIALES - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA

Publicación:

22/02/2021

Sanción:

03/02/2021

Organismo:

SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS


VISTO: La Ley Nacional N° 27.541, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.

260/PEN/20, 297/PEN/20, 325/PEN/20 y modificatorios, el Decreto de Necesidad y

Urgencia N° 1/20, los Decretos Nros. 547/16, 53/20, 147/20 y 27/21, la Resolución N°

3620-MHGC/16 y el Expediente N° 5276499- GCABA-DGDSCIV/21

CONSIDERANDO:

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20 se amplió la emergencia

pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia

declarada por la Organización Mundial de la Salud en relación con el virus COVID-19

(coronavirus);

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria

en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los fines de atender y adoptar

las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio

en la población del mencionado virus;

Que con posterioridad por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/PEN/20 se

estableció para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en

forma temporaria, la medida de "aislamiento social, preventivo y obligatorio" en los

términos indicados en el citado decreto, medida cuya vigencia fuera prorrogada por los

Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 325/PEN/20 y modificatorios, hasta el hasta

el día 28 de febrero de 2021;

Que el artículo 11 del Decreto N° 147/20, suspendió el deber de asistencia al lugar de

trabajo, entre otros, de los/las trabajadores/as mayores de sesenta (60) años de edad,

con excepción de aquellos que presten servicios en alguna de las áreas comprendidas

en los artículos 1° y 3° del referido Decreto;

Que mediante el Decreto N° 547/16, y sus modificatorios N° 53/20 y 27/21, se creó un

régimen de retiro voluntario, que contempla la percepción de un incentivo no

remunerativo para aquellos/as trabajadores/as del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires que reúnan las condiciones allí establecidas;

Que el referido régimen establece el retiro anticipado de los/las trabajadores/as que se

encuentren próximos/as a cumplir con los requisitos de edad y años de servicios para

jubilarse, contemplando asimismo supuestos en los cuales se encuentre pendiente el

cumplimiento de alguno de los requisitos mencionados para obtener el referido

beneficio;

Que mediante el Decreto N° 463/19 y modificatorios se modificó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires quedando en el

ámbito de la Dirección General Desarrollo del Servicio Civil la competencia de

planificación de la dotación de personal;

Que en tal sentido, siendo que la Dirección General Desarrollo del Servicio Civil es la

que realiza la planificación de la dotación de personal, mediante IF-2021-05294509-

GCABA-DGDSCIV, se ha efectuado el análisis correspondiente, concluyendo que no

existen objeciones, desde el punto de vista de la dotación, para la implementación del

régimen de retiro voluntario en la repartición allí mencionada;

Que en consecuencia, corresponde propiciar el mencionado régimen por el período

comprendido entre el 3 de febrero de 2021 y el 31 de marzo de 2021 a la Dirección

General Contaduría Adjunta, dependiente de la Dirección General Contaduría, de la

Subsecretaría Hacienda, del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución N° 3620-GCABA-

MHGH/16,

LA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Establécese la vigencia del régimen de retiro voluntario creado por el

Decreto N° 547/16, y sus modificatorios N° 53/20 y 27/21, para la Dirección General

Contaduría Adjunta, dependiente de la Dirección General Contaduría, de la

Subsecretaría Hacienda, del Ministerio de Hacienda y Finanzas, por el período

comprendido entre el 3 de febrero de 2021 y el 31 de marzo de 2021.

Artículo 2°.- Establécese que la solicitud de adhesión al régimen de retiro voluntario

del personal dependiente de áreas comprendidas en los artículos 1° y 3° del Decreto

N° 147/20, podrán ser rechazadas por esta Subsecretaría de Gestión de Recursos

Humanos, en caso de que su otorgamiento afectare el normal funcionamiento del área

en cuestión.

Artículo 3°.- Determínase que los agentes que alcanzaren los requisitos para obtener

un beneficio jubilatorio, de conformidad con lo previsto en el artículo 3° del Decreto N°

547/16 , y sus modificatorios N ° 53/20 y 27/21, podrán adherir al régimen de incentivo

hasta la notificación de la intimación que se practique en los términos del artículo 75

de la Ley N° 471, no pudiendo adherir al mismo quienes hubieran cumplido los

requisitos para la intimación antes de la publicación de la presente en el Boletín Oficial.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías, Entes Descentralizados y Comunas.

Cumplido, archívese. Domeniconi

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolucion 1116-SSGRH-21 establece la vigencia del régimen de retiro voluntario creado por Decreto 547-16 y sus modificatorios 53-20 y 27-21. </p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 2 de la Resolucion 1116- SSGRH-21 establece que la solicitud de adhesión al régimen de retiro voluntario del personal dependiente de áreas comprendidas en arts 1° y 3° Decreto 147-20 podran ser rechazadas por esta Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, en caso de que su otorgamiento afectare el normal funcionamiento del área en cuestión.</p>