DECRETO 75 2021

Síntesis:

SE ESTABLECE INCREMENTO - TARIFA DE ESTACIONAMIENTO MEDIDO EN LA VÍA PÚBLICA - ESPACIOS INTEGRANTES - CONCESIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO - VIGENCIA ESPECIAL

Publicación:

02/03/2021

Sanción:

01/03/2021

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Las Leyes Nros. 6, 210, 1.218 y 2.148, (textos consolidados por Ley N° 6.347)

y 6.306; los Decretos Nros. 226/19, y 7/21; la Resolución N° 210-SSGCOM/20 y el

Expediente Electrónico N° 30877721/GCABA-DGGSM/20, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto tramita la recomposición de la

tarifa de estacionamiento medido en la vía pública correspondiente a los espacios

integrantes de la Concesión del Servicio Público;

Que el estacionamiento medido tarifado es una herramienta de Ingeniería de Tránsito

cuyo principal objetivo es ampliar la oferta de estacionamiento en zonas de elevada

demanda de vía pública, en base a un aumento de rotación de los vehículos

estacionados, evitando de esta manera que se perpetúen en sus lugares y a la vez se

minimice la circulación de los usuarios que llegan en busca de espacios, lo cual

impacta en el tránsito y en el medio ambiente;

Que el comportamiento del público usuario resulta sensible al valor horario del

estacionamiento tarifado en vía pública, lo cual hace que tal variable adquiera

fundamental importancia como mecanismo de uso racional de la vía pública;

Que, a la fecha, la tarifa que resulta aplicable a dicho Servicio Público se encuentra

fijada por el Decreto N° 226/19 en el valor de pesos quince ($ 15.00.-) la hora;

Que, en dicho marco, la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad dependiente de la

Secretaría de Transporte y Obras Públicas de la Jefatura de Gabinete de Ministros ha

analizado detalladamente la evolución de los ingresos y los costos involucrados en la

explotación de la actividad, tomando en cuenta la evolución de los precios de cada uno

de los factores que inciden en la prestación de dicho servicio;

Que se advirtió que el incremento del valor en las playas de estacionamiento privadas,

producido por el aumento de costos, ha hecho que la tarifa del estacionamiento

medido en la vía pública se encuentre, relativamente, cada vez más baja, generando

un comportamiento de estacionamiento muy cercano a lo que se denominaría libre;

Que, en consecuencia, se detectó un atraso en la tarifa actualmente vigente respecto

a otras alternativas con que cuenta el usuario para estacionar su vehículo;

Que a los fines de llevar adelante la recomposición de la tarifa de estacionamiento

medido en la vía pública,, la Secretaría de Transporte y Obras Púbicas, propuso

aumentar el valor de la misma a pesos ($ 30.-) la hora;

Que a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por las Leyes Nros. 6 y 210, se dictó el

Decreto N° 7/21 convocando a Audiencia Pública para el tratamiento de la referida

modificación de la tarifa;

Que dicha audiencia, en marco de las medidas sanitarias aprobadas por la Ley N°

6.306 y la Resolución N° 210/SSGCOM/2020, se celebró de forma Virtual, el día 9 de

febrero de 2021 a las 12 horas, a través de la plataforma telemática Zoom App

(acceso para oradores inscriptos) y la plataforma Youtube

https://www.youtube.com/user/GCBA - (no inscriptos y público en general), y se

garantizóun espacio físico (Escuela Técnica N° 34 D.E. N° 9 "Ing. Enrique Martín

Hermitte", sita en calle Aguirre N° 1473 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) al

que asistieron presencialmente aquellos participantes debidamente inscriptos que no

contaran con acceso a medios electrónicos, virtuales y/o telemáticos, garantizándose

la distancia social entre los asistentes así como el cumplimiento de todas las medidas

sanitarias aprobadas por la Resolución N° 210/SSGCOM/20;

Que el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires produjo su informe respecto de lo tratado en la mencionada Audiencia, el

cual fue aprobado por el Directorio del Ente mediante Resolución N° 72/ERSP/21;

Que la Dirección General Gestión de Servicios de la Movilidad dependiente de la

Subsecretaría de Gestión de la Movilidad de la Secretaría de Transporte y Obras

Públicas de la Jefatura de Gabinete de Ministros ha tomado intervención a fin de emitir

opinión fundada respecto a las conclusiones que surgen del informe del Ente Único

Regulador de los Servicios Públicos;

Que, en virtud de lo expuesto, resulta necesario realizar una recomposición de la tarifa

a los fines de restablecer la ecuación económica de la actividad;

Que el aumento comenzará a regir desde su publicación en el Boletín Oficial de la

Ciudad de Buenos Aires;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención

que le corresponde según la competencia asignada por la Ley N° 1.218.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Establécese un incremento de la tarifa de estacionamiento medido en la

vía pública de los espacios integrantes de la Concesión del Servicio público, la que

comenzará a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de

Buenos Aires con el siguiente valor:

Valor de la tarifa: pesos treinta ($ 30.00.-) la hora.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y

Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su

conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaria de Gestión Comunal,

dependiente de la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal de la Jefatura

de Gabinete de Ministros, quien comunicará al Ente Único Regulador de los Servicios

Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la Secretaría de Transporte y

Obras Públicas. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Articulo 1° del Decreto N° 75/21 establece  un incremento de la tarifa de estacionamiento medido en la vía pública de los espacios integrantes de la Concesión del Servicio público, la cual se encuentra fijada por el Decreto N° 1110/08.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 Decreto 75/21  establece un incremento de la tarifa de estacionamiento medido en la vía pública de los espacios integrantes de la Concesión del Servicio público, la cual se encuentra fijada por el Decreto N° 226/19</p>
MODIFICADA POR
<p>Articulo 1° del Decreto N° 17/22 establece un incremento de la tarifa de estacionamiento medido en la vía pública de los espacios integrantes de la Concesión del Servicio público, la cual se encuentra fijada por el Decreto N° 75/21.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 360/21 convoca a Audiencia Pública Temática con el fin de dar tratamiento a la modificación de la tarifa para la explotación del Servicio Público de Estacionamiento Medido en la vía pública, previamente establecida por Decreto 75/21,</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 del Decreto 75/21 establece un incremento de la tarifa de estacionamiento medido en la vía pública de los espacios integrantes de la Concesión del Servicio público, previa audiencia pública convocada por Decreto 7/21.</p>