RESOLUCIÓN 186 2004 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

NORMA DEROGADA - DECLARA ABIERTO EL REGISTRO DE ASPIRANTES PARA PERSONAL INTERINO DE LOS JUZGADOS

Publicación:

26/03/2004

Sanción:

11/03/2004

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Estado:

No vigente


Visto las facultades de este Consejo en materia de designación de personal, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su Art. 116 Inc. 5, le atribuye al Consejo de la Magistratura la facultad de reglamentar el nombramiento de los funcionarios y empleados del Poder Judicial, excluido el Tribunal Superior de Justicia.

Que en igual sentido lo prevé el Art. 2°, Inc. 5°, de la Ley N° 31.

Que, por su parte, la Ley N° 31 en su Art. 1° establece que el Consejo de la Magistratura ...es un órgano permanente de selección de magistrados y administración del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la función de asegurar su independencia, garantizar la eficaz prestación del servicio de administración de justicia, promover el óptimo nivel de sus integrantes, y lograr la satisfacción de las demandas sociales sobre la función jurisdiccional del Estado.

Que, por tanto, incumbe a este Consejo instrumentar los medios para que el Poder Judicial local pueda cumplir adecuadamente su función.

Que, en las actuales circunstancias, resulta imperioso implementar un sistema ágil de designación de personal que se desempeñe en forma interina en juzgados, en los casos de vacancias temporarias originadas por pases, promociones, renuncias, licencias extraordinarias, etc.

Que, en tal sentido, se hace necesario establecer un mecanismo que regule el procedimiento a seguir tanto para la promoción de agentes a las categorías superiores, como el ingreso de personal para desempeñarse en las categorías de auxiliar y auxiliar de servicio.

Que, a fin de respetar el derecho a la carrera judicial, luce conveniente que los cargos de mayor jerarquía sean cubiertos por los agentes que actualmente se desempeñan en la Justicia local, a propuesta de los titulares de cada unidad, correspondiendo a la Comisión de Selección de Integrantes de la Magistratura y del Ministerio Público evaluar las aptitudes de los aspirantes a través de sus antecedentes y foja de servicios.

Que, para la cobertura de los cargos inferiores, se juzga adecuado disponer la creación de un Registro de Aspirantes para Personal Interino de los Juzgados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que se encontrará abierto durante el mes de febrero de cada año.

Que, ante los múltiples cargos actualmente vacantes, es menester abrir excepcionalmente dicho registro por el término de treinta días a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución.

Que, hasta tanto se encuentre constituida la Comisión de Selección de integrantes de la Magistratura y del Ministerio Público, la evaluación de aptitudes de los aspirantes estará a cargo de tribunales evaluadores creados a tal efecto, integrados por dos (2) consejeros, representantes de los estamentos de la Legislatura y de los abogados, y un (1) juez del fuero e instancia que corresponda, en función del cargo a cubrir.

Por ello, y en función de las atribuciones conferidas por el Art. 116 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 31 y demás normas concordantes.

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1° - Crear el Registro de Aspirantes para Personal Interino de los Juzgados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que estará a cargo del Secretario de la Comisión de Selección de Integrantes de la Magistratura y del Ministerio Público, que se encontrará abierto durante el mes de febrero de cada año.

Artículo 2° - Aprobar el Formulario de Solicitud de Inscripción y las Condiciones de Selección que se acompañan como Anexos I y II a la presente Resolución.

Artículo 3° - Los aspirantes deberán presentar sus antecedentes curriculares, conforme la planilla que se adjunta como Anexo I, los que serán tenidos en cuenta a fin de cubrir interinamente los cargos de auxiliar y auxiliar de servicio.

Artículo 4° - Declarar abierto, excepcionalmente por el término de treinta días desde la fecha de publicación de la presente Resolución, el Registro de Aspirantes para Personal Interino de los Juzgados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 5° - Para la cobertura interina de los cargos superiores a auxiliar, el titular de cada unidad elevará su propuesta de promoción de personal que se desempeñe en el Poder Judicial de la Ciudad, en la categoría inmediata inferior a aquel que se encuentre vacante. La Comisión de Selección de Integrantes de la Magistratura y del Ministerio Público evaluará la propuesta y la elevará al Plenario. En caso de no considerar satisfactoria la propuesta del titular de la unidad, la Comisión de Selección formulará una propuesta alternativa.

Artículo 6° - Para la cobertura de los cargos de auxiliar y auxiliar de servicio, la Comisión de Selección de Integrantes de la Magistratura y del Ministerio Público evaluará las aptitudes de los postulantes inscriptos en el Registro de Aspirantes para Personal Interino de los Juzgados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y elevará al Plenario su propuesta de designación de un aspirante titular y un suplente.

Artículo 7° - Hasta tanto se encuentre conformada la Comisión de Selección de Integrantes de la Magistratura y del Ministerio Público, la evaluación de aptitudes de los aspirantes estará cargo de tribunales evaluadores creados a tal efecto, integrados por dos (2) consejeros, representantes de los estamentos de la Legislatura y de los abogados, y un (1) juez designado por sorteo entre los magistrados del fuero e instancia a que corresponda el cargo a cubrir.

Artículo 8° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la página de internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, comuníquese a la Cámara de Apelaciones en lo Contravencional y Faltas, a la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario, a la Secretaría de la Comisión de Selección de Integrantes de la Magistratura y del Ministerio Público y, oportunamente, archívese.


ANEXOS

ANEXO I

Ver archivo 1

ANEXO II


Registro de Aspirantes para Personal Interino de los Juzgados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Instrucciones para la Inscripción
1. Completar el Formulario de Inscripción con letra de imprenta legible. El mismo debe ser presentado por Duplicado.
2. Los aspirantes deberán acompañar su currículum vitae, adjuntando copia de la documentación allí mencionada, y una fotografía 4 x 4 actual. La presentación tiene el carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe en ella, dará lugar a la exclusión del aspirante.
3. Las solicitudes de inscripción deben ser presentadas ante la Mesa de Entradas de la Comisión de Selección de Integrantes de la Magistratura y del Ministerio Público sita en la Av. Leandro N. Alem 684, Entrepiso.
4. El plazo de presentación de solicitudes se extiende durante el mes de febrero de cada año, en el horario de 10 a 18 hs.
Condiciones y Procedimiento de Selección
1. La Secretaría de la Comisión de Selección de Integrantes de la Magistratura y del Ministerio Público extiende un comprobante de la recepción de la solicitud presentada, donde hace constar la fecha de recepción, el apellido y nombre del aspirante, la documentación y cargo/s para el/los que se postula. Es firmada y sellada por la persona responsable de la recepción.
2. La Secretaría de la Comisión de Selección de Integrantes de la Magistratura y del Ministerio Público no da curso a las solicitudes cuyos formularios de inscripción no cumplan con los requisitos formales o temporales exigidos, se presenten fuera de término, o correspondan a aspirantes que se encuentren inhabilitados para ejercer cargos públicos, dejando constancia de ello en el Registro.
3. El día de vencimiento del plazo de inscripción y concluido el horario habilitado para ella, la Secretaría de la Comisión de Selección de Integrantes de la Magistratura y del Ministerio Público, labra un acta en la que constan las inscripciones registradas y la eleva a la Comisión, con la indicación de los que han sido rechazados in limine.
4. En caso de producirse una vacancia, el Plenario del Consejo de la Magistratura pone esta circunstancia en conocimiento de la Comisión de Selección, que evalúa los antecedentes de los postulantes inscriptos en el registro y labra un Acta donde consta el nombre del aspirante más apto para el cargo vacante y el de un suplente, y lo eleva nuevamente al Plenario.
5. Recibida el Acta de la Comisión, el Plenario procede a su tratamiento, y tras la consulta al Registro de Deudores Alimentarios Morosos, el Consejo de la Magistratura decide cual de los aspirantes accede al cargo en forma interina, e informa la decisión a la Secretaría Técnica para que notifique dentro del plazo de cinco (5) días posteriores.
Disposición Transitoria 1ª - La primer inscripción al Registro de Aspirantes para Personal Interino de los Juzgados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se llevará a cabo por el término de treinta días a partir de la publicación de la resolución que dispone su creación.
Disposición Transitoria 2ª - Hasta tanto se encuentre conformada la Comisión de Selección de Integrantes de la Magistratura y del Ministerio Público, la evaluación de aptitudes de los aspirantes estará cargo de tribunales evaluadores creados a tal efecto, integrados por dos (2) consejeros, representantes de los estamentos de la Legislatura y de los abogados, y un (1) juez designado por sorteo entre los magistrados del fuero e instancia a que corresponda el cargo a cubrir.
Disposición Transitoria 3ª - En caso de encontrarse simultáneamente vacantes en el mismo fuero e instancia, el Plenario constituiría un tribunal evaluador común para todos los cargos.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Resolución 186-CMBA-04 <strong>(DEROGADO) </strong>crea el Registro de Aspirantes para Personal Interino de los Juzgados del Poder Judicial.</p>
MODIFICADA POR
Res. 391-CMBA-04 Modifica el Registro creado por Res. 186-CMBA-04
DEROGADA POR
Art. 2 Res. 34-CMBA-05 Deroga la Res. 186-CMBA-04