DECRETO 46 2004
Síntesis:
OTORGA UN ADELANTO DE HABERES AL AGENTE RUBÉN GÉ - LEGAJO N° 1.166 - OTORGAMIENTO DE ADELANTOS - ADELANTO DE HABERES - ADELANTO DE SUELDO
Publicación:
13/04/2004
Sanción:
10/02/2004
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 21.910/SA/04, y
CONSIDERANDO:
Que por dichas actuaciones el agente Rubén Ge (Legajo N° 1.166) solicita la autorización para que le sea otorgado el monto restante hasta cubrir el noventa por ciento (90%) de sus haberes en concepto de adelanto a ser descontado en cuotas mensuales;
Que en atención a lo informado por la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos a fs. 2, el agente mencionado solicitó un adelanto de haberes a descontar en cuotas, con lo cual antes de gestionar un nuevo anticipo deberá cancelar el saldo pendiente;
Que, asimismo, la Dirección General citada informa que de la liquidación del agente se desprende que puede solicitar hasta un monto de pesos un mil doscientos diez ($ 1.210) a descontar en cuotas hasta el mes de junio de 2004;
Que por Decretos Nros. 231/VP/01, 11/VP/02 y 109/VP/03, se establece el régimen de otorgamiento de adelantos de haberes para el personal de este Cuerpo Legislativo;
Que mediante el Anexo I del Decreto N° 175/VP/03 se dispuso la estabilidad laboral de los agentes de Planta Transitoria hasta tanto se realice el llamado a concurso, el cual está previsto para el día 30 de junio del corriente año como fecha límite;
Que la designación del agente solicitante como miembro de la Unidad de Asesoramiento Legal y Redacción se prorrogó mediante Decreto N° 177/VP/03 hasta el llamado a concurso;
Que de lo expuesto en los párrafos precedentes correspondería dar lugar a lo solicitado en carácter excepcional;
Por ello,
En uso de las facultades que le son propias de conformidad con lo establecido en los artículos 71 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y 88 del Reglamento Interno de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Artículo 1° - Otórgase al agente Rubén Gé, Legajo N° 1.166, en carácter excepcional un adelanto de haberes por la suma de pesos un mil doscientos diez ($ 1.210).
Artículo 2° - Autorícese a efectuar la devolución de dicha suma en cuotas mensuales, iguales y consecutivas a partir del mes de febrero de 2004 y hasta el mes de junio de 2004.
Artículo 3° - Regístrese y, para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Recursos Humanos y Gestión Financiera. Cumplido, archívese en la Dirección General mencionada en primer término. de Estrada - Moscariello