DISPOSICIÓN 1495 2019 DIRECCION GENERAL FERIAS

Síntesis:

SE MODIFICA - DISPOSICIÓN N° 1208-DGFER/19 - CONVOCATORIA A ELECCIONES - COMISIÓN DIRECTIVA DE LA COOPERADORA DEL MERCADO DE LAS PULGAS - SE PROCLAMAN ELECTOS - ZANELLATO RODOLFO LUIS - CHAUSIS CARLOS ALBERTO - QUERCIA VALERIA ALEJANDRA  - MATEO JORGE OMAR - RAMOS FERNANDEZ ABEL  - LIAUDAT MARISA MABEL - ORANGES EUGENIO JORGE - DIAZ MARCELO  - GIANNINI PEDRO MARTÍN - MARTINEZ MARCELO JAVIER - ANZUATTE PAULA ELIZABETH - RODRIGUEZ ARTURO CARLOS - DIAZ OSVALDO FRANCISCO - ALBORNOZ CLAUDIO CESAR - VINZIO GABRIEL GUSTAVO - BALBONA RICARDO ALBERTO - DIRECCIÓN GENERAL DE FERIAS

Publicación:

04/05/2021

Sanción:

04/12/2019

Organismo:

DIRECCION GENERAL FERIAS


VISTO: la Ordenanza N° 42.723, La Ley 5460, el Decreto N° 170/11, Decreto 340/17,

Decreto 459/17 y Resolución N° 547/MAYEPGC/11, Disposición N°

193/GCBA/DGFYME-2011, DI 1208/GCBA/DGFER- 19; Re 35935939/DGFER/19; Re

37481089/DGFER/19, EE 35936360/DGFYME/15; y

CONSIDERANDO:

Que, por Ley N° 5460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad de

Buenos Aires, aprobándose las funciones del Ministerio de Ambiente y Espacio

Público;

Que, la Ordenanza Nro. 42.723 destina el predio conocido como Ex Mercado Dorrego,

a la creación del "Mercado de las Pulgas";

Que, el Decreto N° 675/16 modificó la estructura orgánica del Ministerio de Ambiente y

Espacio Público, cambiando la denominación de la Dirección General de Ferias y

Mercados por la Dirección General Ferias, conservando la competencia respecto del

Mercado de las Pulgas;

Que, el Decreto N° 340/17 modificó la estructura orgánica del GCBA y en particular la

del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, cambiando la denominación de la

Subsecretaría de Administración por el de la Subsecretaría de Administración General

y de Uso del Espacio Público, ampliando así las responsabilidades primarias, y

haciendo depender de la misma a la Dirección General Ferias;

Que, por Decreto N° 459/17 se me designó como Director General a cargo de la

Dirección General Ferias;

Que, el Mercado de las Pulgas se encuentra regulado por la Resolución N°

547/MAYEPGC/11;

Que, el artículo 27 de la reglamentación vigente establece: "...La Asociación

Cooperadora del Mercado de las Pulgas se constituirá de acuerdo a lo previsto en la

normativa vigente y estará integrada por todos los permisionarios del Mercado. Dictará

su propio Estatuto, el que deberá ser aprobado por la Autoridad de Aplicación. Tendrá

a su cargo la conservación, el mantenimiento y la custodia de los espacios comunes

del "Mercado de las Pulgas", en todo aquello que no fuere facultad de la Autoridad de

Aplicación...";

Que, mediante Disposición N°193/DGFYME/2011 de fecha 27 de mayo de 2011, se

aprobó el Acta y Estatuto de la Asociación Cooperadora del Mercado de las Pulgas;

Que, el artículo 28 establece las Obligaciones y Atribuciones de la Asociación

Cooperadora del Mercado de las Pulgas. Son atribuciones de la Asociación

Cooperadora a) Conformar su propia Comisión Directiva ...";

Que, el artículo 23 del Estatuto establece que la Dirección y Administración de la

Asociación, estará a cargo de una Comisión Directiva compuesta por: Presidente,

Vicepresidente, Secretario, Prosecretario, Tesorero, Pro-Tesorero, cinco vocales, un

vocal suplente y 4 Revisores de Cuentas;

Que, el artículo 33 establece que los Miembros de la Comisión Directiva y la Comisión

Revisora de Cuentas durarán en sus funciones por el término de un (1) año, pudiendo

ser reelectos;

Que, los permisionarios, del "Mercado de las Pulgas", incluidos en el Padrón de

Permisionarios de la Dirección General de Ferias y Mercados son los socios activos de

la Asociación Cooperadora;

Que, mediante DI N° 1208/GCBA/DGFER-19, se llamó a elecciones para conformar la

Comisión Directiva del "Mercado de las Pulgas" y establecer el procedimiento electoral

a seguir con el objeto de resguardar el desarrollo de elecciones transparentes y

democráticas y con ello la legitimidad de los representantes;

Que, por Anexo I de la norma antes señalada, se estableció un calendario electoral

para la elección de la Comisión Directiva del Mercado de las Pulgas;

Que, en fecha 13 de noviembre de 2019 y mediante Re 35935939/DGFER/19 se

presentó la única lista de candidatos postulantes para integrar la nueva Comisión

Directiva de la Asociación Cooperadora del Mercado de las Pulgas encabezados por el

Sr. Rodolfo Luis Zanellato;

Que, conforme cronograma de elecciones dispuesto, se publicó el 18 de noviembre de

2019, las correspondientes listas de candidatos;

Que, asimismo, en virtud de que, las candidaturas presentadas no hubieran recibido

impugnación alguna, se exhibió la lista definitiva;

Que conforme ; Re 37481089/DGFER/19, la Cooperadora del mercado de las Pulgas,

dada la situación de única lista, solicitó a esta Dirección General, evaluara la viabilidad

de dejar sin efecto las elecciones;

Que, dado que se ha presentado una sola lista de candidatos, la cual ha incluido una

participación de permisionarios que en anteriores convocatorias, participaron de listas

contrarias, conformando una auténtica lista de unidad, parece un dispendio

jurisdiccional la convocatoria a elecciones;

Que, en un ámbito donde participan como máximo ciento sesenta y siete personas, y

la intervención de una sola lista, justifican la no convocatoria a elecciones, en virtud de

que resulta necesaria la continuidad de la administración de la Asociación

Cooperadora;

Que circunstancias de oportunidad mérito y conveniencia, me llevan a la convicción de

proclamar las autoridades propuestas, en virtud de ser una sola lista de candidatos, y

esa lista estar conformada por miembros que en anteriores convocatorias participaban

en listas opuestas;

Que, en virtud de lo expuesto ut supra y en cumplimiento de la Disposición antes

citada, corresponde sean proclamadas las siguientes autoridades. Por ello

EL DIRECTOR GENERAL DE FERIAS

DISPONE

Artículo 1°.- Modifícase parcialmente la Disposición N° 1208/GCBA/DGFER-19, por lo

que se deja sin efecto la convocatoria a elecciones en el Mercado de las Pulgas, en

virtud de haberse presentado una sola lista de candidatos.

Artículo 2°.- Proclámese electos para desempeñar la Comisión Directiva de la

Cooperadora del "Mercado de las Pulgas", por el término de un (1) año a las siguientes

autoridades:

ZANELLATO Rodolfo Luis Presidente

CHAUSIS Carlos Alberto Vicepresidente

QUERCIA Valeria Alejandra Secretaria

MATEO Jorge Omar Prosecretario

RAMOS FERNANDEZ Abel Tesorero

LIAUDAT Marisa Mabel Protesorera

ORANGES Eugenio Jorge Vocal

DIAZ Marcelo Vocal

GIANNINI Pedro Martín Vocal

MARTINEZ Marcelo Javier Vocal

ANZUATTE Paula Elizabeth Vocal

RODRIGUEZ Arturo Carlos Vocal suplente

DIAZ Osvaldo Francisco Revisor de cuenta

ALBORNOZ Claudio Cesar Revisora de cuenta

VINZIO Gabriel Gustavo Revisora de cuenta

BALBONA Ricardo Alberto Revisor de cuenta

Artículo 3°.- Dese al Registro. Cumplido, archívese. Kuasnosky

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 1172-DGCPU/21 prorroga los mandatos de los miembros de la Comisión Directiva de la Cooperadora del Mercado de las Pulgas electos durante el año 2019, y proclamados conforme Disposición Nº 1495-GCBA-DGFER/19, hasta el 30 de marzo de 2022.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 371-DGCPU/21 prorroga los mandatos de los miembros de la Comisión Directiva de la Cooperadora del Mercado de las Pulgas electos durante el año 2019, y proclamados conforme Disposición Nº 1495-GCBA-DGFER/19.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 1495-DGFER/19 modifica parcialmente la Disposición N° 1208/GCBA/DGFER-19, por lo que se deja sin efecto la convocatoria a elecciones en el Mercado de las Pulgas</p>