RESOLUCIÓN 525 2021 SUBSECRETARIA TRABAJO INDUSTRIA Y COMERCIO

Síntesis:

SE APRUEBA - MECANISMOS DE IMPLEMENTACIÓN - PROGRAMA DE ASISTENCIA ECONÓMICA AL SECTOR GASTRONÓMICO Y HOTELERO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - PLAZO PARA LA ADHESIÓN - HASTA LAS 23.59 HS DEL DÍA 15 DE JULIO DE 2021 - SUBSECRETARÍA DE TRABAJO INDUSTRIA Y COMERCIO

Publicación:

11/06/2021

Sanción:

09/06/2021

Organismo:

SUBSECRETARIA TRABAJO INDUSTRIA Y COMERCIO


VER TEXTO ACTUALIZADO

Solicite el Texto Actualizado de la presente norma en:
ordenamientonormativo@buenosaires.gob.ar

VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), los Decretos Nros. 463-

GCABA/19 y sus modificatorios, la Resolución N° 125-GCABA-MDEPGC/21, el

Expediente Electrónico N° 2021- 16966586- -GCABA-SSTIYC y,

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se sancionó la Ley de

Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose

entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Desarrollo Económico y

Producción;

Que mediante Decreto N° 463-GCABA/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura

orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General, encontrándose la Subsecretaría de

Trabajo, Industria y Comercio bajo la órbita del citado Ministerio;

Que por el mencionado Decreto, se estableció entre las responsabilidades primarias

de esta citada Subsecretaría la de "Asesorar al Ministro en materia de cuestiones

vinculadas con el trabajo en todas sus formas, en el ejercicio del poder de policía en

materia laboral, y en la determinación de las políticas de empleo y seguridad social"

así como también la de "entender en los planes, programas y proyectos dirigidos a

promover empresas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires...";

Que, por otra parte, mediante la Resolución N° 125-GCABA-MDEPGC/21 se creó el

"Programa de Asistencia Económica al Sector Gastronómico y Hotelero de la Ciudad

de Buenos Aires", con el objeto de otorgar una asistencia económica a empleadores y

empleadoras encuadrados en la nómina de actividades detalladas en el Anexo I de la

mencionada resolución, dirigida a solventar de modo parcial y por única vez el pago de

las remuneraciones de los trabajadores y trabajadoras que de ellos dependan, bajo los

términos y condiciones establecidos en la reglamentación;

Que en su artículo 5°, la mencionada Resolución designa como Autoridad de

Aplicación del Programa a esta Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio y la

faculta para el dictado de todos los actos administrativos que resulten necesarios para

la implementación del mencionado programa;

Que por lo expuesto, resulta pertinente la emisión del correspondiente acto

administrativo a los fines de establecer los mecanismos de implementación del referido

"Programa de Asistencia Económica al Sector Gastronómico y Hotelero de la Ciudad

de Buenos Aires".

Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE TRABAJO, INDUSTRIA Y COMERCIO

RESUELVE:

Artículo 1°. Apruébanse los mecanismos de implementación del "Programa de

Asistencia Económica al Sector Gastronómico y Hotelero de la Ciudad de Buenos

Aires" creado por Resolución N° 125-GCABA-MDEPGC/21 que, como Anexo I

"MARCO GENERAL DEL PROGRAMA DE ASISTENCIA ECONÓMICA AL SECTOR

GASTRONÓMICO Y HOTELERO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES"

(IF-2021-17416313-GCABA-SSTIC), Anexo II "PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

PARA LA SOLICITUD DE ASISTENCIA ECONÓMICA" (IF-2021-17420704-GCABA-

SSTIYC) y Anexo III "DECLARACIÓN JURADA" (IF-2021-17424558-GCABA-SSTIYC)

forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°. El plazo para la adhesión al Programa se extiende desde la publicación en

el Boletín Oficial de la presente Resolución hasta las 23.59 hs del día 15 de julio de

2021, inclusive.

Artículo 3°. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a las Direcciones bajo la órbita de esta Subsecretaría, a la

Subsecretaría de Bienestar Ciudadano y a la Dirección General Técnica Administrativa

y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción. Jarvis


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6146- Anexo I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6146- Anexo II

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6146- Anexo III

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 568-SSTIYC/21 sustituye del Anexo I, Acapite III, Artículo 1° el inciso c de la Resolución Nº 525-GCABA-SSTIYC/21, modificada por la Resolución Nº 546-GCABASSTIYC/21.</p><p>Artículo 2° incorpora al Anexo II, Artículo 8°  los incisos 4) y 5). </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 546/SSTIYC/2021 rectifica el Art. 1  y Anexos I, II y III de la Resolución 525/SSTIYC/2021.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución N° 525-SSTIYC/21 aprueba los mecanismos de implementación del “Programa de Asistencia Económica al Sector Gastronómico y Hotelero de la Ciudad de Buenos Aires” creado por Resolución Nº 125-MDEPGC/21.</p>