RESOLUCIÓN 139 2021 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Síntesis:
SE PRORROGA SUSPENSIÓN - DICTADO DE CLASES PRESENCIALES - CONTINUA DICTADO DE CONTENIDOS A DISTANCIA - PLAN DE CONTINGENCIA - PRORROGA SUSPENSIÓN DE TOMA DE EXÁMENES Y CERTIFICACIONES - CURSO DE ACTUALIZACIÓN PARA VIGILADORES SIN AUTORIZACIÓN DE USO DE ARMAS DE FUEGO - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PUBLICA - CORONAVIRUS - COVID 19 - EMERGENCIA SANITARIA - PANDEMIA
Publicación:
24/06/2021
Sanción:
17/06/2021
Organismo:
INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
VISTO: La ley N° 5.688 (texto consolidado según ley N° 6.347) modificada por ley N°
6.395, las Recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, las
Resoluciones N° 63/SSPECT/19, N° 125/ISSP/19, N° 56/ISSP/20, N° 61/ISSP/20, N°
66/ISP/20, N° 1.482/MEDGC/20, N° 74/ISSP/20, N° 88/ISSP/20, N° 92/ISSP/20, N°
96/ISSP/20, N° 100/ISSP/20, N° 842/MSGC/20, N° 104/ISSP/20, N° 105/ISSP/20, N°
109/ISSP/20, N°111/ISSP/20, N° 150/ISSP/20, N° 178/ISSP/20, N° 184/ISSP/20, N°
193/ISSP/20, N° 206/ISSP/20, N° 212/ISSP/20, N° 221/ISSP/20, N° 31/ISSP/21, N°
34/ISSP/21, N° 55/ISSP/21, N° 95/ISSP/21, N° 104/ISSP/21, N° 105/ISSP/21, N°
113/ISSP/21, N° 127/ISSP/21 y N° 129/ISSP/21, el Decreto N° 147/20, los Decretos de
Necesidad y Urgencia N° 297/20, N° 325/20, N° 355/20, N° 408/20, N° 459/20, N°
493/20, N° 520/20, N° 576/20, N° 605/20, N° 641/20, N° 677/20, N° 714/20, N° 754/20,
N° 792/20, N° 814/20, N° 875/20, N° 956/20, N° 1.033/20, N° 67/21, N° 125/21, N°
168/21, N° 235/21, N° 241/21, N° 287/21, N° 334/21 y N° 381/21, y el Expediente
Electrónico N° 9342431/SGISSP/20, y
CONSIDERANDO:
Que la ley N° 5.688 (texto consolidado por ley N° 6.347) modificada por ley N° 6.395,
en su artículo 359 establece que el Instituto Superior de Seguridad Pública es un ente
autárquico y descentralizado dentro de la órbita del Ministerio de Justicia y Seguridad
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) el 11 de marzo de 2020, ha declarado
que la COVID-19 (Coronavirus) constituye una pandemia y que la evolución de la
situación epidemiológica exige que se adopten medidas rápidas, eficaces y urgentes;
Que en razón de ello, el Instituto Superior de Seguridad Pública mediante Resolución
N° 56/ISSP/20, adoptó las medidas recomendadas por las normas nacionales y
locales con motivo de dicha emergencia, y encomendó a distintas áreas de este
Instituto adoptar las medidas necesarias para mitigar su propagación e impacto
sanitario;
Que posteriormente dando cumplimiento a la Resolución N° 1.482/MEDGC/20, del
Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en adhesión a los
términos establecidos por la Resolución Nacional N° 108/APN/ME/20, por Resolución
N° 61/ISSP/20, se suspendió el dictado de clases presenciales en el Instituto por
catorce (14) días corridos a partir del 16 de marzo de 2020, encomendando a la
Secretaría Académica la implementación de un plan de contingencia, para que en
coordinación con los capacitadores viabilice el dictado de contenidos a distancia, de
conformidad con la estructura vigente y con la tecnología disponible de los
destinatarios;
Que en el mismo sentido, mediante Resolución N° 66/ISSP/20 se suspendió la toma
de exámenes y certificaciones en la sede de este Instituto con motivo del "Curso de
Actualización para Vigiladores sin autorización de uso de armas de fuego", que tengan
lugar dentro del plazo comprendido entre los catorce (14) días corridos siguientes a
partir del 16 de marzo de 2020;
Que a través del D.N.U. N° 297/20, el Presidente de la Nación en Acuerdo General de
Ministros, dispuso la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio a fin de
proteger la salud pública, desde el 20 de marzo y hasta el 31 de marzo de 2020, la
cual posteriormente por Decretos de Necesidad y Urgencia N° 325/20, N° 355/20, N°
408/20, N° 459/20 y N° 493/20, fue extendida hasta el día 7 de junio de 2020;
Que atento a lo anteriormente mencionado, por Resoluciones N° 74/ISSP/20, N°
88/ISSP/20, N° 92/ISSP/20, N° 96/ISSP/20 y N° 100/ISSP/20, fue prolongado el plazo
establecido para la suspensión de clases presenciales y toma de exámenes y
certificaciones en la sede del Instituto Superior de Seguridad Pública, dispuesto en las
Resoluciones N° 61/ISSP/20 y N° 66/ISSP/20, hasta el 28 de junio del 2020;
Que por medio del Decreto N° 147/20 el Sr. Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires estableció que el Ministerio de Justicia y Seguridad, todas sus
dependencias y la Policía de la Ciudad, son áreas de máxima esencialidad e
imprescindibles durante la vigencia de la referida pandemia;
Que por Resolución N° 105/ISSP/20, se prorrogó la suspensión del dictado de clases
presenciales, y la toma de exámenes y certificaciones del "Curso de Actualización para
Vigiladores sin autorización de uso de armas de fuego" en el Instituto Superior de
Seguridad Pública, hasta el 17 de julio del 2020 inclusive, a los efectos de contener y
mitigar la propagación del Coronavirus en su ámbito, a excepción de del IV "Curso de
Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad. Tecnicatura
Superior en Seguridad Pública-Oficial de Policía", y de los Aspirantes del "Curso de
Formación Inicial para Aspirante a Bombero Calificado del Cuerpo de Bomberos de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires", dado que las fuerzas de seguridad y los
bomberos, conforme establece el artículo 6 inciso 1 del D.N.U. N° 297/2020, y el
artículo 13 inciso 1, del D.N.U. N° 576/20, se encuentran exceptuados del
cumplimiento de la mencionada medida, por resultar afectados a las actividades y
servicios esenciales en la emergencia, a los fines de que puedan adquirir los
conocimientos y destrezas necesarias para poder egresar y dar cumplimiento a su
futura labor satisfaciendo las demandas de estos dos servicios esenciales en la
Ciudad;
Que al efecto, mediante Resolución N° 104/ISSP/20 se aprobó el "Protocolo General
de Actuación para la Prevención y el Manejo de Casos Sospechosos de Coronavirus
(COVID-19) en el Instituto Superior de Seguridad Pública" y sus respectivos Anexos,
Protocolo Interno y Plan de Contingencia diseñados por el Instituto Superior de
Seguridad Pública, con la anuencia del Sr. Ministro de Salud de la Ciudad, por medio
de la Resolución N° 842/MSGC/20, para evitar la eventual propagación del COVID-19
dentro de esta casa de estudios, habiéndose adaptado los espacios e instalaciones
para dar cumplimiento a los estándares de seguridad e higiene exigibles en el marco
de la presente pandemia;
Que ulteriormente la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio, fue
reemplazada por la de distanciamiento social, preventivo y obligatorio, a través de los
Decretos de Necesidad y Urgencia N° 520/20, N° 576/20, N° 605/20, N° 641/20, N°
677/20, N° 714/20, N° 754/20, N° 875/20, N° 956/20, N° 1.033/20, N° 67/21, N° 125/21
y N° 168/21, hasta el 9 de abril del año en curso, por lo que en consecuencia la
Resolución N° 105/ISSP/20 fue extendida por Resoluciones N° 109/ISSP/20, N°
111/ISSP/20, N° 139/ISSP/20, N° 150/ISSP/20, N° 178/ISSP/20, N° 184/ISSP/20, N°
193/ISSP/20, N° 206/ISSP/20, N° 212/ISSP/20, N° 221/ISSP/20, N° 31/ISSP/21, N°
34/ISSP/21 y N° 55/ISSP/21, hasta el 9 de abril de 2021;
Que tras el agravamiento de la situación epidemiológica a causa del impacto de la
segunda ola de contagios de COVID-19, por medio del Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 235/21 se establecieron un conjunto de reglas de conducta generales y
obligatorias, suspendiendo transitoriamente una serie de actividades en partidos y
departamentos que presentaban un Alto Riesgo Sanitario y Epidemiológico, dentro del
cual se encuentra la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el 30 de abril de 2021,
el que fue modificado siete (7) días más tarde por el D.N.U. N° 241/21, incorporando
nuevas medidas focalizadas en ese territorio, las que fueron prorrogadas con ciertas
particularidades a cada vencimiento por los D.N.U. N° 287/21 y N° 334/2, hasta el 11
de junio de 2021;
Que en virtud de ello, la suspensión del dictado de clases presenciales y toma de
exámenes y certificaciones en la sede de este Instituto, sucesivamente extendida a
cada vencimiento, fue prorrogada mediante Resoluciones N° 95/ISSP/21, N°
113/ISSP/21, N° 127/ISSP/21 y N° 129/ISSP/21, hasta el 11 de junio de 2021;
Que con el fin de continuar conteniendo y mitigando la propagación de contagios de
COVID-19, por el artículo 1 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 381/21 se
prorrogaron los términos del D.N.U. N° 287/21 hasta el día 25 de junio de 2021
inclusive;
Que atento a la aludida esencialidad que revisten las fuerzas de seguridad y los
bomberos, resulta imprescindible exceptuar de la suspensión del dictado de clases
presenciales en este Instituto, al "Plan de Evaluación del Personal con Estado Policial
de la Policía de la Ciudad" aprobado mediante Resolución N° 103/ISSP/21, y a los
"Cursos de Ascenso para el personal con estado policial de la Policía de la Ciudad de
Buenos Aires. Año 2021" aprobados por Resolución N° 104/ISSP/21, toda vez que la
aprobación del primero constituye uno de los requisitos reglamentarios para acceder al
segundo, a fin de responder a las necesidades organizativas y operativas de éstos dos
servicios esenciales, y bregando por el perfeccionamiento y profesionalización de los
conocimientos y prácticas necesarias para el desempeño eficiente del cargo de cada
efectivo, todo ello respetando las condiciones de seguridad sanitaria que preserven a
la comunidad educativa frente a la pandemia;
Que de conformidad con la normativa reseñada y los antecedentes mencionados,
corresponde prorrogar la suspensión del dictado de clases presenciales, y la toma de
exámenes y certificaciones del "Curso de Actualización para Vigiladores sin
autorización de uso de armas de fuego" en el Instituto Superior de Seguridad Pública,
hasta el 25 de junio de 2021 inclusive, a excepción del "V Curso de Formación Inicial
para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires - Tecnicatura
Superior en Seguridad Pública Oficial de Policía", del "Curso de Formación Inicial
para Aspirante a Bombero Calificado del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de Buenos
Aires", de los alumnos que se encuentran cursando el cuarto semestre de la
"Tecnicatura Superior en Seguridad Pública Oficial de Policía", del "Plan de
Evaluación del Personal con Estado Policial de la Policía de la Ciudad", y de los
"Cursos de Ascenso para el personal con estado policial de la Policía de la Ciudad de
Buenos Aires. Año 2021";
Por ello en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Prorrogar la suspensión del dictado de clases presenciales en el Instituto
Superior de Seguridad Pública, establecida por Resolución N° 61/ISSP/20, y extendida
por Resoluciones N° 74/ISSP/20, N° 88/ISSP/20, N° 92/ISSP/20, N° 96/ISSP/20, N°
100/ISSP/20, N° 105/ISSP/20, N° 109/ISSP/20, N° 111/ISSP/20, N° 139/ISSP/20, N°
150/ISSP/20, N° 178/ISSP/20, N°184/ISSP/20, N° 193/ISSP/20, N° 206/ISSP/20, N°
212/ISSP/20, N° 221/ISSP/20, N° 31/ISSP/21, N° 34/ISSP/21, N° 55/ISSP/21, N°
95/ISSP/21, N° 113/ISSP/21, N° 127/ISSP/21 y N° 129/ISSP/21, en los términos de
esta última, exceptuando a los Cadetes del V "Curso de Formación Inicial para
Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad. Tecnicatura Superior en Seguridad
Pública-Oficial de Policía" (Resolución N° 121/ISSP/19 Resolución N°
63/SSPECT/19), a los Aspirantes del "Curso de Formación Inicial para Aspirante a
Bombero Calificado del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires" (Resolución N° 50/ISSP/21), a alumnos del cuarto semestre de la "Tecnicatura
Superior en Seguridad Pública Oficial de Policía" (Resoluciones N° 63/SSPECT/19 y
N° 125/ISSP/19), a los participantes del "Plan de Evaluación del Personal con Estado
Policial de la Policía de la Ciudad" (Resolución N° 103/ISSP/21), y a los cursantes de
los "Cursos de Ascenso para el personal con estado policial de la Policía de la Ciudad
de Buenos Aires. Año 2021" (Resolución N° 104/ISSP/21), hasta el 25 de junio de
2021 inclusive.
Artículo 2.- Continuar con el dictado de contenidos a distancia, de conformidad con el
plan de contingencia que le fue encomendado a la Secretaría Académica, en
coordinación con los capacitadores, mediante la utilización de las herramientas
existentes.
Artículo 3.- Prorrogar la suspensión de la toma de exámenes y certificaciones en la
sede del Instituto Superior de Seguridad Pública con motivo del "Curso de
Actualización para Vigiladores sin autorización de uso de armas de fuego", establecida
por Resolución N° 66/ISSP/20 y extendida por Resoluciones N° 74/ISSP/20, N°
88/ISSP/20, N° 92/ISSP/20 N° 96/ISSP/20, N° 100/ISSP/20, N° 105/ISSP/20, N°
109/ISSP/20, N° 111/ISSP/20, N° 139/ISSP/20, N° 150/ISSP/20, N° 178/ISSP/20, N°
184/ISSP/20, N° 193/ISSP/20, N° 206/ISSP/20, N° 212/ISSP/20, N° 221/ISSP/20, N°
31/ISSP/21, N° 34/ISSP/21, N° 55/ISSP/21, N° 95/ISSP/21, N° 113/ISSP/21, N°
127/ISSP/21 y N° 129/ISSP/21, que tengan lugar dentro del plazo comprendido hasta
el hasta el 25 de junio de 2021 inclusive.
Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Secretaría General, a la
Secretaría Académica, al Departamento de Recursos Humanos del Instituto Superior
de Seguridad Pública, al Jefe de la Policía de la Ciudad, al Jefe del Cuerpo de
Bomberos de la Ciudad, al Ministerio de Justicia y Seguridad y a la Subsecretaría de
Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas y al Ministerio
de Salud de la Ciudad. Cumplido, archívese. Unrein