DISPOSICIÓN 5774 2021 DIRECCION GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCION AL CONSUMIDOR

Síntesis:

SE APRUEBA - PROTOCOLO DE RECOMENDACIONES RELATIVO AL USO Y PRESERVACIÓN DE LOS ESPACIOS COMUNES DE LOS CONSORCIOS DE PROPIEDAD HORIZONTAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - SE DEJA SIN EFECTO - EL APROBADO MEDIANTE DISPOSICIÓN  4678-GCABA-DGDYPC/21 - CORONAVIRUS - PANDEMIA - EMERGENCIA SANITARIA - COVID 19 

Publicación:

06/12/2021

Sanción:

30/11/2021

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCION AL CONSUMIDOR

Estado:

No vigente


VISTO: El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2020, sus modificatorios y

ampliatorios, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1/AJG/2020, 8/AJG/2020,

12/AJG/2020, 15/AJG/2020, 17/AJG/2020, 5/AJG/2021, 7/AJG/2021, 8/AJG/2021,

9/AJG/2021, 10 AJG/2021, 11/AJG/2021 y 12/AJG/2021, la Resolución N°

19/MJGGC/2021, las Disposiciones DI-2020-4725-GCABA- DGDYPC, DI-2020-4925-

GCABA-DGDYPC, DI-2021-2040-GCABA-DGDYPC, DI-2021-3896-GCABA-

DGDYPC, DI-2021-4678-GCABA-DGDYPC, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/2020, el Poder Ejecutivo de

la Nación amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley

Nacional N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial

de la Salud (OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19), por el plazo de un (1)

año a partir de la entrada en vigencia de dicho decreto, el cual fue prorrogado por

Decreto de Necesidad y Urgencia N° 167-PEN/21 hasta el día 31 de diciembre de

2021;

Que por su parte, mediante los Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la

emergencia sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15

de junio de 2020, a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para

prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del

coronavirus (COVID-19), prorrogándose dicha emergencia mediante los Decretos de

Necesidad y Urgencia Nros. 8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21, 7/21, 8/21, 9/21, 10/21,

11/21 y 12/21, hasta el 30 de noviembre de 2021;

Que en este sentido, y ante la situación epidemiológica descripta, resultó procedente

establecer mecanismos que posibilitaran el devenir de los consorcios de propiedad

horizontal, observando las disposiciones adoptadas tanto por el Poder Ejecutivo

Nacional y Local, con el fin de evitar que se produzcan situaciones que pudieran

ocasionar un riesgo para la salud de los actores que participan en la vida consorcial;

Que al respecto, y sin perder de vista la existencia de restricciones a la circulación,

resultó necesario regular el uso de las áreas comunes por parte de los integrantes de

los consorcios de propiedad horizontal, para que las mismas puedan ser utilizadas con

la adopción de medidas necesarias tendientes a evitar que se produzcan

aglomeraciones de personas o situaciones que puedan ocasionar un riesgo para la

salud de los actores que participan en la vida consorcial;

Que bajo dicho contexto, y de conformidad con las facultades instrumentales e

interpretativas otorgadas a esta Dirección General por la Ley 941 y su Decreto

Reglamentario 551/10, se establecieron los protocolos de recomendaciones para la

utilización de espacios comunes mediante Disposiciones DI-2020-4725-GCABA-

DGDYPC y DI-2020-4925-GCABA-DGDYPC e Informes IF-2020-24531024-GCABA-

DGDYPC e IF-2020-26273458-GCABA-DGDYPC respectivamente;

Que posteriormente, y en vista al Decreto de Necesidad y Urgencia N° 287/PEN/2021,

principalmente en lo concerniente a las actividades y reuniones sociales en domicilios

particulares, devino necesario mediante la Disposición DI-2021-2040-GCABA-

DGDYPC, Anexo I (IF-2021-15780986-GCABA-DGDYPC) y la DI-2021-4234-GCABA-

DGDYPC, no solo difundir la disuasión de tales eventos, sino también readaptar

algunas de las previsiones sanitarias mencionadas en las disposiciones e informes del

acápite anterior;

Que ahora bien, dada la mejora en la situación sanitaria actual, corresponde seguir

flexibilizando las recomendaciones realizadas -Disposiciones DI-2021-3896-GCABA-

DGDYPC y DI-2021-4678-GCABA-DGDYPC- para la utilización de los espacios

comunes en los consorcios de propiedad horizontal ubicados en esta jurisdicción

territorial, fijando recomendaciones únicamente en lo que refiere a mantener la

distancia interpersonal de al menos dos (2) metros y el uso de elementos de

protección que cubran nariz, boca y mentón para ingresar y permanecer en lugares de

acceso público o privado cerrados -esto último conforme lo dispuesto mediante

Resolución N° 19/MJGGC/21-.

Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCION AL CONSUMIDOR

DISPONE

Artículo 1°.- Déjese sin efecto el Protocolo de Recomendaciones para la Utilización de

los Espacios Comunes de la Propiedad Horizontal, Informe (IF-2021-30081649-

GCABA-DGDYPC), aprobado mediante Disposición DI-2021-4678-GCABA-DGDYPC.

Artículo 2°.- Apruébase el Protocolo de recomendaciones relativo al uso y

preservación de los espacios comunes de los Consorcios de Propiedad Horizontal de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme se establece en el Informe (IF-2021-

36696259-GCABA-DGDYPC), el cual forma parte integrante de la presente.

Artículo 3°.- Los administradores de consorcios deberán informar a los propietarios,

inquilinos y ocupantes de la Propiedad Horizontal, sobre las recomendaciones

establecidas en el Protocolo citado en el artículo 2°.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Subsecretaría de Servicios

al Ciudadano y al Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad

Horizontal. Cumplido, archívese. Bouza


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6270

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art.2 de la Disposición 5774-DGDYPC/21, aprueba el Protocolo de recomendaciones relativo al uso y preservación de los espacios comunes de los Consorcios de Propiedad Horizontal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de la emergencia sanitaria declarada por DNU.1/20.</p>
DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 1479/DGDYPC/22 deja sin efecto el Protocolo de Recomendaciones para la Utilización de los Espacios Comunes de la Propiedad Horizontal, aprobado mediante Disposición DI-2021-5774-GCABA-DGDYPC.</p>
DEROGA
<p>Art.1 de la Disposición 5774-DGDYPC/21, deja sin efecto el Protocolo de Recomendaciones para la Utilización de los Espacios Comunes de la Propiedad Horizontal, aprobado mediante Disposición  4678-DGDYPC-2021.</p>