DISPOSICIÓN 28 2004 DIRECCIÓN GENERAL DE HIGIENE URBANA

Síntesis:

NORMA DEROGADA - ESTABLECE QUE LOS PASEADORES DE PERROS QUE CESEN EN SU ACTIVIDAD, DEBEN SOLICITAR LA BAJA DE SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO CORRESPONDIENTE - BAJA DE CREDENCIALES - CREDENCIAL DE PASEADORES DE PERROS - TRÁMITES - TRAMITACIÓN - CIRCUITO ADMINISTRATIVO - TENENCIA DE ANIMALES DOMÉSTICOS - FORMULARIO DE BAJA DE INSCRIPCIÓN - REGISTRO DE PASEADORES DE PERROS

Publicación:

25/06/2004

Sanción:

15/06/2004

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE HIGIENE URBANA


Visto el Decreto N° 1.972/GCBA/01, la Resolución N° 147/SMAYEP/01 y la Disposición N° 23/DGHUR/04;

CONSIDERANDO:

Que en la Ciudad de Buenos Aires está vigente un conjunto de las normas vinculadas a la tenencia responsable de animales domésticos y en particular las relativas a los paseadores de perros, cuya actividad está regulada por el Decreto N° 1.972/GCBA/2001, la Resolución N° 147/SMAYEP/01, y Disposición N° 23/DGHUR/2004;

Que es necesario establecer y reglamentar el circuito operativo administrativo que los interesados deben respetar para obtener la baja de la Credencial de Paseadores de Perros según las normas vigentes;

Por ello y de conformidad a las normas legales;

LA DIRECTORA GENERAL DE HIGIENE URBANA

DISPONE:

Artículo 1° - Los Paseadores de Perros que cesen en el desarrollo de la actividad de Paseador de Perros, deben solicitar la baja a la inscripción en el Registro de Paseadores de Perros, de conformidad con el procededimiento que se establece a continuación:

a) Completar en el Registro de Paseadores de Perros de la Dirección General de Higiene Urbana, sita en Carlos Pellegrini 291, piso 5°, en el horario de 9 a 15 horas, en Formulario de Baja de Inscripción que reviste el carácter de Declaración Jurada, el cual como Anexo I forma parte integrante de la presente Disposición.

b) Entregar la última Credencial emitida oportunamente por el Registro de Paseadores de Perros, o en su defecto la denuncia policial que acredite su extravío, robo o hurto.

Artículo 2° - Dése al registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrllo Sustentable, Subsecretaría de Medio Ambiente, Dirección General Coordinación, Técnico Administrativo y Legal. Cumplido, archívese.


ANEXOS

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
NORMA DEROGADA
DEROGADA POR
Res. 426-SPTYDS-05 Deroga la Disp. 28-DGHU-04