DECRETO 2378 1999

Síntesis:

LLAMA A LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONCLUSIÓN DE LA OBRA DEL EDIFICIO DESTINADO A LA ESCUELA TÉCNICA N° 7, D.E. 5

Publicación:

07/01/2000

Sanción:

28/12/1999

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 66.169/99, y la Ley de Obras Públicas N° 13.064, y

CONSIDERANDO:

Que, por la citada actuación tramita la conclusión de la obra correspondiente a la Escuela Técnica N° 7, D. E. 5 Dolores Lavalle ubicada en la calle Zabaleta entre las calles Los Patos y Uspallata;

Que, se procedió a imputar afectación de partida con cargo al ejercicio venidero con los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión;

Que, la Dirección General de Infraestructura Mantenimiento y Equipamiento de la Subsecretaría de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria dependiente de la Secretaría de Educación, elaboró la documentación necesaria para instrumentar el respectivo llamado a Licitación Pública;

Que, la citada Dirección General de Infraestructura Mantenimiento y Equipamiento elaboró el proyecto de conclusión de la obra correspondiente a la Escuela Técnica N° 7, D.E. 5 Dolores Lavalle sita en la calle Zabaleta entre las calles Los Patos y Uspallata;

Que, la Subsecretaría de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria, es la encargada de la Administración de los recursos de la mencionada Secretaría, habiéndose delegado facultades en tal sentido por Resolución N° 2.254/SED/97;

Que, a fin de evitar la dispersión de esfuerzos y la eventual utilización inadecuada de recursos técnicos y económicos existentes y a efectos de concretar las metas fijadas por el área, es procedente delegar en el Sr. Subsecretario de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria, dependiente de la Secretaría de Educación, las facultades necesarias para ejecutar y materializar los actos licitatorios;

Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha emitido opinión en los presentes actuados;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias (artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas, para la conclusión de la obra del edificio destinado a la Escuela Técnica N° 7, D.E. 5° ubicada en la calle Zabaleta entre las calles Los Patos y Uspallata.

Art. 2° Autorizase a la Subsecretaría de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria dependiente de la Secretaría de Educación a ejecutar, tramitar y aprobar el pertinente llamado a Licitación Pública, conforme a la documentación aprobada en el artículo 1°, y cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de Pesos un millón seiscientos setenta y cinco mil ochocientos noventa y siete con 00/100 ($ 1.675.897,00).

Art. 3° El Pliego de Bases y Condiciones podrá ser consultado en la Dirección General de Infraestructura Mantenimiento y Equipamiento Subsecretaría de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria dependiente de la Secretaría de Educación, y su valor asciende a la suma de Pesos un mil seiscientos ochenta ($ 1.680,00).

Art. 4° El formulario de recibo de pago que compromete el arancel correspondiente, deberá ser retirado en Estados Unidos 1228 3° Piso Oficina Area Contable en el horario de 11 a 15, su timbrado se efectuará en Av. Rivadavia 524, Planta Baja, Tesorería General - Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivos en el horario de 11 a 15.30 hs.

Art. 5° La apertura de las ofertas se efectuará en el domicilio Estados Unidos 1228, en fecha y hora a determinar y que será publicado en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, durante los plazos establecidos por el articulo 10 de la Ley de Obras Públicas N° 13.064.

Art. 6° Facúltase al Señor Subsecretario de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria dependiente de la Secretaría de Educación a formular aclaraciones y modificaciones a la documentación aprobada por el artículo 1° y a emitir todos los actos administrativos necesarios para materializar la Licitación, adjudicar la obra y suscribir la pertinente contrata.

Art. 7° La Comisión de Preadjudicaciones, se ha integrado conforme lo establece el Inc. 72, Art, 61, Decreto N° 5.720-PEN-72, Ordenanza N° 31.655 (B.M. N° 15.193) y Decretos Nos 825, 826 y 827-PEN-88 y 2.293-PEN-93, la que ha sido deteminada mediante Resolución N° 27-SSCRyAC-99.

Art. 8° El gasto que demande la obra en cuestión, será imputado a la partida presupuestaria del ejercicio venidero.

Art. 9° El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Educación y de Hacienda y Finanzas.

Art. 10 Dése al registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido en el Art. 11 del Decreto 698-GCBA-96 (B.O. N° 97), a la Dirección General de Administración de Bienes, a la Subsecretaría de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria dependiente de la Secretaría de Educación y a la Secretaría de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
Inc. 72, Art. 61
REFERENCIADA POR
Res. 49-SSCRyAC-00 referencia al Art. 6° del Dto. 2378-99 - Delega transitoriamente las facultades conferidas por el Dto.