RESOLUCIÓN 52 2021 SUBSECRETARIA COORDINACION PEDAGOGICA EQUIDAD EDUCATIVA
Síntesis:
SE APRUEBA - AGENDA EDUCATIVA - CICLO LECTIVO 2022 - SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y EQUIDAD EDUCATIVA
Publicación:
30/12/2021
Sanción:
06/12/2021
Organismo:
SUBSECRETARIA COORDINACION PEDAGOGICA EQUIDAD EDUCATIVA
PARA VER EL TEXTO ACTUALIZADO HACER CLICK AQUÍ
Si no podes visualizar el Texto Actualizado solicitalo a ordenamientonormativo@buenosaires.gob.ar
VISTO: Ley N° 6.292, los Decretos Nacionales de Necesidad y Urgencia Nros. 1/20, y
sus modificatorios, el Decreto N° 463/19, y su modificatorio N° 128/20, el Decreto
Nacional N° 1584/10, las Resoluciones Nros. 4776-MEGC/06 y sus modificatorias, y
2765-GCABA-MEDGC/20, el Expediente Electrónico N° 37072280/GCABA-
SSCPEE/21 y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y sus prórrogas establecidas
por Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21, 7/21,
8/21, 9/21, 10/21, 11/21, 12/21 y 13/21, se declaró la Emergencia Sanitaria en el
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 31 de diciembre de 2021, a
los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo
de propagación del contagio en la población del virus COVID-19;
Que por medio de las Resoluciones Nros. 10-LCABA/20, 37-LCABA/20, 95-LCABA/20,
122-LCABA/20, 182-LCBA/20, 9-LCABA/21, 15-LCABA/21, 74-LCABA/21, 132-
LCABA/21, 151-LCABA/21, 165-LCABA/21, 197-LCABA/21 la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires ratificó los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1/20,
8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21, 7/21, 8/21, 9/21, 10/21, 11/21, 12/21 respectivamente;
Que la Ley N° 6.292 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones
por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les
confiere dicha Ley;
Que en el marco de la precitada Ley, le corresponde al Ministerio de Educación
"Diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social ";
Que, por el Decreto N° 463/19 y su modificatorio N° 128/20, se aprobó la estructura
organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que entre las responsabilidades primarias asignadas por el citado Decreto a la
Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa surge aquella
vinculada a diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas
educativos a fin de contribuir el desarrollo individual y social de la comunidad;
Que por el Decreto Nacional N° 1584/10 y sus modificatorios, se establecieron los días
feriados nacionales y días no laborales en todo el territorio de la Nación;
Que el artículo 11 del Reglamento del Sistema Educativo de Gestión Pública
dependiente del Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
aprobado por Resolución N° 4776/MEGC/06, normas modificatorias y
complementarias, establece que la "Agenda Educativa" es el instrumento pedagógico
elaborado anualmente por el Ministerio de Educación, que contiene el cronograma
para el funcionamiento del sistema educativo del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires;
Que en el marco de la emergencia sanitaria se han implementado diversas acciones a
efectos de garantizar el derecho a la educación en condiciones de equidad y el
acompañamiento a las instituciones, estudiantes y familias con el objeto de sostener el
seguimiento de las trayectorias educativas;
Que en este contexto, y en función del interés superior de los estudiantes, se propicia
seguir adoptando medidas que permitan afianzar la continuidad de los procesos de
enseñanza y aprendizaje, focalizando el fortalecimiento de las trayectorias educativas
de los/as estudiantes y garantizando la igualdad de oportunidades;
Que los/as docentes del sistema educativo cumplen un rol fundamental para la
efectivización del derecho a la educación y en los procesos de enseñanza y de
aprendizaje; y es por ello que es necesario continuar fortaleciendo el vínculo
pedagógico, mediante la construcción e implementación de alternativas de enseñanza
que permitan seguir sosteniendo la continuidad pedagógica, fortaleciendo el
seguimiento de las trayectorias, consolidando también el vínculo con las familias e
implementando estrategias diversas para el acompañamiento a cada comunidad
educativa;
Que el diseño y la organización de las actividades para el ciclo lectivo 2022 deben
seguir siendo orientados a brindar las mayores y mejores oportunidades para que se
pueda garantizar la continuidad de las trayectorias escolares para todos/as los/as
estudiantes;
Que a tales efectos resulta necesario seguir diseñando estrategias acordes a la
realidad de cada comunidad educativa para fortalecer el acompañamiento así como
para igualar las oportunidades para todos los/as estudiantes respetando su derecho a
aprender considerando cada situación y los distintos puntos de partida;
Que asimismo, se han definido las diferentes actividades a realizarse en el ciclo lectivo
2022 en los distintos Niveles Educativos de esta jurisdicción, correspondientes a la
Educación de Gestión Estatal, Educación Superior y Educación Privada;
Que atento ello resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente a efectos de
aprobar la Agenda Educativa para el ciclo lectivo 2022;
Que han tomado intervención en el marco de sus competencias, las Subsecretarías de
Carrera Docente, de Tecnología Educativa y Sustentabilidad, Agencia de Aprendizaje
a lo Largo de la Vida y las Direcciones Generales de Planeamiento Educativo y de
Educación de Gestión Privada;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado intervención
dentro del marco de sus competencias;
Por ello, y en uso de las facultades delegadas por Resolución N° 2765/GCABA-
MEDGC/20,
Artículo 1°.- Apruébase la Agenda Educativa para el ciclo lectivo 2022 conforme se
estipula en el Anexo I (IF-2021-37100703-GCABA-SSCPEE), que a todos sus efectos
forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a las Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y de
Administración Recursos, Carrera Docente, de Tecnología Educativa y
Sustentabilidad, Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida y para su conocimiento
y a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, de Educación de
Gestión Privada, de Escuelas Normales Superiores y Artísticas, de Escuela Abierta, de
Planeamiento Educativo y de Coordinación Legal e Institucional. Cumplido, archívese.
Feced Abal