DECRETO 2377 1999

Síntesis:

TRANSFIERE LAS DIRECCIONES GENERALES GUARIA DE AUXILIO MESA GENERAL DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO DE LA SUBSECRETARIA GENERAL A LA SUBSECRETARIA DE DESCENTRALIZACION

Publicación:

10/01/2000

Sanción:

28/12/1999

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto los Decretos Nos 12-GCBA-96 (B.O. N° 1), 213-GCBA-96 (B.O. N° 39), 924-GCBA-99 (B.O. N° 699). y 1.879/GCBA/99 (B.O. N° 791), y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 12-GCBA-96 fue aprobado el esquema organizativo hasta primer nivel del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por el Decreto N° 213-GCBA-96, se creó la Subsecretaria de Descentralización dependiente de la Vicejefatura de Gobierno;

Que por Decreto N° 924-GCBA-99, fue creada la Dirección General Guardia de Auxilio dependiente de la Subsecretaría General;

Que el proceso de descentralización, hace necesario programar en forma sucesiva distintas etapas de profundización de las medidas, de manera de asegurar el logro de los objetivos establecidos;

Que en tal sentido, es menester transferir a la Subsecretaria de Descentralización organismos cuyas competencias y responsabilidades son afines con el Programa a su cargo;

Por ello en uso de las facultades que le son propias, Art. 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° Transfiérense las Direcciones Generales Guardia de Auxilio y Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo de la Subsecretaría General a la Subsecretaría de Descentralización.

Art. 2° Transfiérense la totalidad de los objetivos, acciones, patrimonio, presupuesto, estructura organizativa y dotación de personal de las Direcciones Generales mencionadas en el artículo precedente a la Subsecretaría de Descentralización.

Art. 3° Modifícanse los Decretos Nos 12-GCBA-96 (B.O. N° 1), 213-GCBA-96 (B.O. N° 39), 924-GCBA-99 (B.O. N° 699) y 1.879/GCBA/99 (B.O. N° 791) y toda otra norma relacionada a los organismos contemplados en el presente decreto.

Art. 4° La Secretaría de Hacienda y Finanzas a través de la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas presupuestarias pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente norma.

Art. 5° El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas.

Art. 6° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría General y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Descentralización, y a las Direcciones Generales Oficina de la Gestión Pública y Presupuesto, Recursos Humanos y Estructuras y Sistema de Información. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Art. 3° Mod. Anexo Dto. 12-96 - EO Subsecretaría General-EO Subsecretaría de Descentralización
MODIFICA
Dto. 2377-99 mod. Dto. 213-96 - EO- Transfiere DGGA, DGMGESYA a la SSD