DECRETO 427 1996

Síntesis:

SISTEMA DE CARRILES EXCLUSIVOS - AUTOTRANSPORTE DE PASAJEROS - TRANSPORTE DE COLECTIVO DE PASAJEROS - VEHÍCULOS DE ALQUILER CON TAXÍMETRO - INCORPORACIÓN EN TRAMO DE ARTERIA DE AVENIDA PUEYRREDÓN - CIRCULACIÓN POR CARRIL IZQUIERDO - IMPLANTACIÓN DE SEÑALAMIENTO VERTICAL -

Publicación:

21/05/1996

Sanción:

08/05/1996

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 27.344-96, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto 598-93 (B.M. N° 19.530)se implantó el Sistema de Carriles Exclusivos para el Autotransporte Público de Pasajeros, en forma provisional y experimental;

Que dicha norma estipuló la vigencia de la medida por el término de seis (6) meses, plazo prorrogado por el Decreto número 2.077-93 (B.M. N° 19.700) hasta el 31 de diciembre de 1994, el Decreto N° 36-95 (B.M. N° 19.964) hasta el 31 de diciembre de 1995 y para el corriente año por Decreto N° 346-96 (B.M. N° 20.277);

Que se prevé la futura incorporación de otras arterias al mencionado sistema;

Que a través del dictado del Decreto N° 346-96 (B.M. N° 20.277) se incorporaron al carril exclusivo de la avenida Córdoba los taxis cuando estos vayan ocupados con pasajeros;

Que de las observaciones realizadas sobre el comportamiento del Carril Exclusivo de la avenida Pueyrredón, se visualiza una subocupación de la capacidad viaria;

Que ante la crisis existente en el tránsito, se entiende conveniente agilizar el mismo aprovechando la capacidad ociosa que poseen en la actualidad los carriles exclusivos;

Que de acuerdo con los volúmenes de tránsito que por dicha vía circulan se entiende conveniente la incorporación de los vehículos de alquiler con taxímetro (taxis), cuando estos vayan ocupados, al trazado exclusivo para transporte público;

Que dicha incorporación será en forma experimental y provisional, con el objeto de evaluar su funcionamiento y efectuar, de corresponder, los ajustes necesarios;

Por ello,

El Intendente Municipal

DECRETA

Artículo 1° - Incorpórase en forma experimental y provisional, a la circulación exclusiva de transporte colectivo de pasajeros, a los vehículos de alquiler con taxímetro (taxis) cuando estos vayan ocupados con pasajeros, los días hábiles de 8 a 20 horas, en el tramo de arteria que a continuación se detalla:

Av. Pueyrredón, entre Av. Santa Fé y Bartolomé Mitre.

Art. 2° - Los vehículos mencionados en el artículo anterior deberán circular por el carril izquierdo de la calzada exclusiva, pudiendo ingresar al derecho exclusivamente para salir de dicha traza hacia la derecha o para permitir el descenso de los pasajeros únicamente cuando transporte personas discapacitadas, debiendo en tal caso salir del carril en la intersección más próxima.

Art 3° - Prohíbese por los carriles exclusivos la circulación de vehículos de alquiler con taxímetro cuando estos vayan sin pasajeros excepto para el ascenso de personas discapacitadas. Queda prohibido el estacionamiento sobre cualquiera de los carriles en espera de pasajeros u operar en doble fila.

Art. 4° - Implántase para la aplicación del nuevo sistema de carriles exclusivos para el transporte masivos de personas coches de alquiler con taxímetro ocupados con pasajeros el señalamiento vertical ilustrativo necesario para el correcto funcionamiento de la nueva modalidad.

Art. 5° - Facúltase a la Subscretaría de Transporte y Tránsito a fijar fecha y hora de aplicación del nuevo sistema y a efectuar los ajustes técnicos que estime pertinente en virtud del carácter experimental de la medida.

Art. 6° - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Producción y Servicios y de Hacienda y Finanzas.

Art. 7° - Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal, comuníquese a la Secretaría de energía y Transporte de la Nación, a la Policía Federal Argentina y para su conociemiento y demás fines pase a la Subsecretaría de Tranporte y Tránsito.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución 107-SSTYT/96 fija fecha y hora en la que se pondrá en vigencia el régimen de carriles exclusivos para el autotransporte público de pasajeros y coches de alquiler con taxímetro ocupados con pasajeros, en la avenida Pueyrredón, entre avenida Santa Fe y Bartolomé Mitre,  en base a lo establecido en el Decreto  427/96.</p>
MODIFICADA POR
Prorroga vigencia sistema de carriles exclusivos transporte de pasajeros e incorpora a vehículos de alquiler con taximetro.
MODIFICA
Incorpora a la Av. Pueyrredón al carril de taxis
MODIFICA
Prórroga vigencia sistema de carriles exclusivos
MODIFICA
prórroga vigencia sistema de carriles exclusivos
MODIFICA
Prorroga vigencia sistema de carriles exclusivos transporte de pasajeros e incorpora a vehículos de alquiler con taximetro.