RESOLUCIÓN 495 2004 SECRETARIA DE PRODUCCION, TURISMO Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Síntesis:
CONSTRUCCIÓN DE UNA PLAZA ENTRE LAS CALLES DARWIN, AV. CÓRDOBA Y LAS VÍAS DEL FERROCARRIL GENERAL SAN MARTÍN. AUTORIZA EL LLAMADO A CONTRATACIÓN DIRECTA Y APRUEBA PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES - UPE PROYECTO Y DIRECCIÓN DE OBRAS - CONSTRUCCIÓN DE ESPACIOS VERDES - ESPACIO VERDE - CONSTRUCCIÓN DE ESPACIOS PÚBLICOS - INSTALACIÓN DE JUEGOS INFANTILES - EQUIPAMIENTO - RIEGO - FORESTACIÓN - PREDIOS DEL DOMINIO PRIVADO DE LA CIUDAD - FÁBRICA ESLABÓN DE LUJO S.A.
Publicación:
11/08/2004
Sanción:
21/07/2004
Organismo:
SECRETARIA DE PRODUCCION, TURISMO Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Visto la Ley Nacional N° 13.064, los Decretos Nros. 624/GCBA/03, 415/GCBA/2004, 91/GCBA/04, su modificatorio Decreto N° 193/GCBA/04, el Expediente N° 22.834/2004, y;
CONSIDERANDO:
Que, por el Expediente citado en el Visto, tramita la construcción de un espacio verde, en el predio del dominio privado de la Ciudad, sito en Darwin, Av. Córdoba, y las vías del Ferrocarril General San Martín, anteriormente ocupado por la firma Eslabón de Lujo S.A.;
Que, la obra a llevarse a cabo en dicho predio, surge frente a la necesidad de esa zona de la Ciudad de contar con nuevos espacios que permitan el esparcimiento de los vecinos;
Que, asimismo, y frente a los riesgos para la salubridad e higiene de los vecinos, que implica el estado actual en que se encuentra el inmueble ubicado entre la calle Darwin, la Av. Córdoba y las vías del Ferrocarril General San Martín y el riesgo cierto de intrusión de éste, corresponde proceder con la mayor celeridad posible a la construcción del espacio público mencionado precedentemente;
Que, en caso de producirse cualquiera de los acontecimientos señalados en el considerando precedente, se producirían importantes perjuicios para los vecinos que ya han debido soportar los acontecimientos que dieran lugar al dictado de los Decretos N° 91/GCBA/04, su modificatorio Decreto N° 193/GCBA/04;
Que, en otro orden de ideas, con fecha 26 de marzo de 2004 se ha dictado el Decreto N° 415/GCBA/2004 (B.O.C.B.A. N° 1909), por el cual se creó la Unidad de Proyectos Especiales Proyecto y Dirección de Obras dependiente de esta Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable;
Que, a los efectos de la elaboración del correspondiente anteproyecto, personal asignado a dicha Unidad de Proyectos Especiales se puso a disposición de la Dirección General de Espacios Verdes, en todo cuanto se relaciona con el relevamiento y el diagnóstico de las necesidades en el lugar, la cuantificación de las disponibilidades existentes en el organismo, la concepción del proyecto en sí, la determinación de los términos de referencia del mismo, y la confección de los esquicios preliminares, que posibilitaron la posterior definición del Proyecto por su parte, conforme las competencias específicas que le han sido otorgadas;
Que, a partir de allí, la mencionada Unidad de Proyectos Especiales elaboró el correspondiente proyecto para el sector que nos ocupa, el cual integra el dominio privado de la Ciudad de Buenos Aires, se encuentra comprendido entre las calles Darwin, Av. Córdoba, y las vías del Ferrocarril General San Martín, e inscripto al F.R. 17-7372 de la matrícula del Registro de la Propiedad Inmueble, con Nomenclatura Catastral: Circunscripción 17, Sección 33, Manzana 66c, Parcela 4a, sobre una superficie de 1.115 m², en un área actualmente degradada, donde habrán de instalarse juegos infantiles, equipamiento, riego, y forestación, con un plazo de ejecución de tres (3) meses, y un Presupuesto Oficial de pesos trescientos veinticinco mil trescientos treinta y cuatro con 98/100 ($ 325.334,98);
Que, con respecto a dicho Proyecto se han expedido sin observación tanto el organismo destinatario de las obras, la Dirección General de Espacios Verdes, como la Subsecretaría de Medio Ambiente de la cual ella depende;
Que, se ha realizado la correspondiente afectación presupuestaria, e incorporado a las actuaciones la necesaria documentación técnica a los efectos de llevar a cabo la convocatoria en cuestión, la cual, en virtud de las argumentaciones precedentemente consideradas, justificarían el realizar una contratación Directa basada en razones de urgencia;
Que, el proceder indicado encuentra sustento legal en el Art. 9° inciso c) de la Ley N° 13.064, Ley Nacional de Obra Pública, en cuanto establece: ...Quedan exceptuadas de la solemnidad de la licitación pública y podrán ser licitadas privadamente o contratadas en forma directa, las obras comprendidas en los siguientes casos: ...c) Cuando los trabajos de urgencia reconocida o circunstancias imprevistas demandaren una pronta ejecución que no dé lugar a los trámites de la licitación pública...;
Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete;
Por ello, en uso de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 608/GCBA/98,
Artículo 1° - Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas, Planilla de Cómputo y Presupuesto, Cartel de Obra, Planos y Diseño del Aviso a publicar, que como Anexos se agregan y forman parte integrante de la presente Resolución, para efectuar la construcción de un espacio verde del tipo plaza, donde habrán de instalarse juegos infantiles, equipamiento, riego, y forestación, en el predio del dominio privado de la Ciudad de Buenos Aires, comprendido entre las calles Darwin, Av. Córdoba, y las vías del Ferrocarril General San Martín, inscripto en la matrícula del Registro de la Propiedad Inmueble F.R. 17-7372, Nomenclatura: Catastral Circunscripción 17, Sección 33, Manzana 66c, Parcela 4a, sobre una superficie de 1.115 m², con un plazo de ejecución de tres (3) meses, y un Presupuesto Oficial de pesos trescientos veinticinco mil trescientos treinta y cuatro con 98/100 ($ 325.334,98).
Artículo 2° - Autorízase a la Unidad de Proyectos Especiales Proyecto y Dirección de Obras dependiente de esta Secretaría a realizar el llamado, ejecutar, tramitar a todos sus efectos, y preadjudicar el pertinente llamado a Contratación Directa (Ley N° 13.064, artículo 9°, inciso c), conforme a la documentación aprobada en el artículo 1°.
Artículo 3° - El Pliego de Bases y Condiciones podrá ser consultado en la Unidad de Proyectos Especiales Proyecto y Dirección de Obras, sita en Carabelas 278, planta baja; el valor del Pliego y Planos impreso y en disco compacto (CD-R) asciende a la suma de pesos un mil seiscientos veinte ($ 1.620), y el valor de Pliego y Planos en disco compacto (CD-R), válido exclusivamente como material de consulta, es de pesos trescientos veinticinco ($ 325).
Artículo 4° - El formulario de recibo de pago que compromete el arancel correspondiente, deberá ser retirado en Carabelas 278, planta baja, en el horario de 11 a 15 horas; su timbrado se efectuará en la ventanilla habilitada por la Tesorería General en Av. Rivadavia 524, planta baja, Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivos, en el horario de 11 a 15.30 horas.
Artículo 5° - La apertura de las ofertas se efectuará en la Unidad de Proyectos Especiales Proyecto y Dirección de Obras, sita en Carabelas 278, planta baja, en fecha y hora a determinar, y éstas serán publicadas en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, durante los plazos establecidos por el artículo 10 de la Ley de Obra Pública N° 13.064 y dos veces en un periódico de amplia circulación o una vez en dos periódicos, de acuerdo con lo establecido en la normativa correspondiente.
Artículo 6° - Facúltese al señor Coordinador General de la Unidad de Proyectos Especiales Proyecto y Dirección de Obras a formular las aclaraciones y modificaciones a la documentación aprobada por el artículo 1° que eventualmente resultaren menester; y gestionar y materializar las publicaciones para el llamado a Licitación Pública Nacional en los diarios y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 7° - El gasto que demande la ejecución de las obras a las que hace referencia el Art. 1° de la presente, será imputado a la respectiva partida del presupuesto vigente para el ejercicio 2004.
Artículo 8° - En oportunidad de procederse a la adjudicación de la obra y previo a ésta, las pertinentes partidas presupuestarias correspondientes al ejercicio corriente serán adecuadas crediticiamente en función de la probable inversión a realizar, ajustada a ese momento, en el marco de la facultad que otorga el Art. 13 de la Ley N° 1.194 del Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2004.
Artículo 9° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la página web del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Administración de Bienes, a la Secretaría de Hacienda y Finanzas, y a la Dirección General Contaduría General. Cumplido, gírense las actuaciones a la Unidad de Proyectos Especiales Proyecto y Dirección de Obras dependiente de esta Secretaría, a sus efectos. Epszteyn
ANEXOS
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