DECRETO 193 2004

Síntesis:

SUSTITUYE EL ANEXO I DEL DECRETO N° 91/GCBA/04, B.O. N° 1872 - SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL - CREACIÓN DE PROGRAMAS - PROGRAMA DE AYUDA - AFECTADOS POR INCENDIO - INMUEBLES DEL GOBIERNO - INMUEBLE AV. CÓRDOBA 5401 - CALLE DARWIN 1316 - EX FÁBRICA ESLABÓN DE LUJO - FAMILIAS EN SITUACIÓN DE CALLE - OCUPANTES - OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS - NÓMINA DE BENEFICIARIOS - CRÉDITOS PARA VIVIENDAS - COMPRA DE CASAS - PRÉSTAMOS - DESOCUPACIÓN DE INMUEBLES - EX MERCADO DORREGO - DOCUMENTO DE IDENTIDAD - SOLICITUD DE CRÉDITO - NÓMINA DE BENEFICIARIOS

Publicación:

12/02/2004

Sanción:

10/02/2004

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Decreto N° 91/GCBA/2004, y;

CONSIDERANDO:

Que por el acto administrativo citado en el Visto fue creado el Programa de Ayuda, con el objetivo de asistir a los grupos familiares cuya nómina integra el Anexo I del Decreto mencionado, en su calidad de ex ocupantes del inmueble sito en la intersección de la Av. Córdoba 5401, esquina calle Darwin 1316/48, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conocido como la ex Fábrica Eslabón de Lujo, mediante el otorgamiento de subsidios o créditos a opción de los beneficiarios, los primeros destinados a contribuir al logro de soluciones habitacionales y/o necesidades básicas de sus destinatarios, y los segundos con la finalidad de adquirir inmuebles para vivienda;

Que en razón de las facultades otorgadas a la Secretaría de Desarrollo Social y a la Escribanía General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su carácter de órganos de aplicación del Decreto N° 91/GCBA/2004, a través de sus áreas competentes se procedió a realizar los procedimientos pertinentes para efectivizar la percepción del subsidio/crédito beneficio previsto en el referido Decreto;

Que en dicho marco, se constataron errores de tipeo en los apellidos y/o nombres y/o documentos de identidad de los beneficiarios incluidos en el listado que conformó el Anexo I del Decreto N° 91/GCBA/2004;

Que asimismo, resultó necesario adecuar el mencionado Anexo I al contenido y alcance del artículo 12 de la norma administrativa de marras habilitando la percepción del subsidio a aquellos integrantes de los grupos familiares beneficiarios que pudieran acreditar debidamente su identidad;

Que, por otro lado, se consideró oportuno incorporar a la nómina de beneficiarios del mencionado Anexo, a grupos familiares que por distintas razones, las cuales específicamente surgen de la Nota N° 24.680/DGEHAB/2004, no se encontraban presentes en oportunidad de efectuarse el censo realizado por el Programa para Atención de Familias en Situación de Calle, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Social y Comunitaria de la Secretaría de Desarrollo Social, toda vez que los mismos detentan la calidad de ex ocupantes del inmueble sito en la intersección de la Avda. Córdoba 5401 esquina calle Darwin 1316/48, conocido como ex Fábrica Eslabón de Lujo;

Que por las consideraciones precedentes, corresponde dictar el acto administrativo pertinente a los efectos de producir la modificación del Anexo I del Decreto N° 91/GCBA/2004;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Sustitúyese el Anexo I del Decreto N° 91/GCBA/2004, de conformidad con el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2° - La Oficina de Gestión Pública y Presupuesto arbitrará los medios para la reasignación de los créditos presupuestarios necesarios para el cumplimiento del presente Decreto.

Artículo 3° - El presente Decreto es refrendado por la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas, y el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Secretaría de Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Secretaría de Desarrollo Social y a la Escribanía General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Telerman - Fernández (a/c Secretaría de Hacienda y Finanzas)


ANEXOS

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