DECRETO 71 2000
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO LA NTERVENCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS. DESIGNA AL LIC. JORGE O. ALIJO Y AL CONTADOR PÚBLICO NACIONAL JAVIER CALVO COMO DIRECTOR GENERAL Y DIRECTOR GENERAL ADJUNTO RESPECTIVAMENTE. DESIGNA NUEVAS AUTORIDADES DEL ORGANISMO
Publicación:
28/01/2000
Sanción:
24/01/2000
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Decreto N° 49-GCBA-96, el Decreto N° 1.089-GCBA-98 y el Decreto N° 685-GCBA-99, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 49-GCBA-96, se dispuso la intervención de la Dirección General de Rentas con el fin de adoptar las medidas conducentes a la regularización de su funcionamiento;
Que, por el Decreto N° 1.089-GCBA-98, se designó al Contador Público Nacional José Luis D'Ipólito, D.N.I. N° 11.704.563 como Interventor de la Dirección General de Rentas;
Que se han cumplimentado las etapas previstas en la intervención del citado organismo;
Que con el objeto de asegurar un adecuado funcionamiento de la administración resulta necesario instrumentar la estructura, misiones y funciones de la Dirección General de Rentas dispuesta por Decreto N° 685-GCBA-99;
Que es preciso designar las nuevas autoridades del organismo con el objeto de asegurar la ejecución de las políticas, programas y proyectos del área;
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias (artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
Artículo 1° Déjase sin efecto la intervención de la Dirección General de Rentas dependiente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, dispuesta por Decreto N° 49-GCBA-96.
Art. 2° Desígnase, a partir del 20 de enero de 2000 como Director General de la Dirección General de Rentas al Lic. Jorge Omar Alijo, D.N.I. N° 4.415.312, cuya remuneración y la constitución de su Planta de Gabinete serán las correspondientes al rango de Subsecretario.
Art. 3° Desígnase a partir del 20 de enero de 2000 como Director General Adjunto de la Dirección General de Rentas al Contador Público Nacional, Javier Calvo, D.N.I. N° 14.446.145, con una retribución equivalente a Nivel A, Grado 02 (SI.MU.P.A.), más el suplemento por función ejecutiva correspondiente al Nivel asignado aprobado por Decreto N° 861-93 y el adicional selectivo y transitorio por función superior creado por Decreto N° 480-GCBA-96.
Art. 4° Desígnase, a partir del 20 de enero de 2000 como Subdirector General de la Subdirección General de Técnica Tributaria y Coordinación Jurídica dependiente de la Dirección General de Rentas al Dr. Marcelo Fernando Meis, D.N.I. N° 17.519.635, cuya remuneración será la establecida en el artículo 3° del Decreto N° 685-GCBA-99.
Art. 5° Desígnase, a partir del 20 de enero de 2000 como Subdirector General de la Subdirección General de Recaudación y Atención al Contribuyente, dependiente de la Dirección General de Rentas, al Contador Pablo Yamone, D.N.I. N° 10.133.759, Ficha N° 293.385, con una retribución equivalente a Nivel A, Grado 02 (SI.MU.P.A.), más el Suplemento por Función Ejecutiva correspondiente al Nivel asignado aprobado por Decreto N° 861-93 y el Adicional Selectivo y Transitorio por Función Superior, creado por Decreto N° 480-GCBA-96. Cesa a partir del 20 de enero de 2000 como Director de la Dirección General de Coordinación Centros de Gestión y Participación de la citada Dirección General. Retiene, sin percepción de haberes, Partida B.00.207 de la Dirección General de Rentas.
Art. 6° Desígnase, a partir del 20 de enero de 2000, con carácter ad honórem como Subdirector General de la Subdirección General de Fiscalización al Lic. Leonardo José Smith Estrada, L.E. N° 8.340.970, Legajo N° 287 (CEAMSE).
Art. 7° Establécese la plena vigencia de la estructura, misiones y funciones de la Dirección General de Rentas aprobada por Decreto N° 685-GCBA-99.
Art. 8° Deróganse todas las normas que se opongan al presente decreto.
Art. 9° El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas.
Art. 10 Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Rentas y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Secretaría de Hacienda y Finanzas, a las Direcciones Generales de Recursos Humanos, y de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese.