RESOLUCIÓN 2294 2022 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

SE APRUEBA - REGLAMENTACIÓN DE LA LEY N° 4399 - SE CREA -  MARCO NORMATIVO -  REGULAR EL FUNCIONAMIENTO - EDUCACIÓN NO FORMAL - OFERTA EDUCATIVA -  SISTEMA PÚBLICO DE ENSEÑANZA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Publicación:

31/05/2022

Sanción:

11/05/2022

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros.

4.399 y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.347), el Decreto N° 463-GCABA-

AJG/19 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico N° 16.066.810-GCABA-

DGGALV/22, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 23 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

establece que la Ciudad reconoce y garantiza un sistema educativo inspirado en los

principios de la libertad, la ética y la solidaridad, tendiente a un desarrollo integral de la

persona en una sociedad justa y democrática;

Que el artículo 24 del citado cuerpo normativo establece que la Ciudad crea y

reconoce, bajo su dependencia, institutos educativos con capacidad de otorgar títulos

académicos y habilitantes en todos los niveles, fomenta la vinculación de la educación

con el sistema productivo, capacitando para la inserción y reinserción laboral, y tiende

a formar personas con conciencia crítica y capacidad de respuesta ante los cambios

científicos, tecnológicos y productivos;

Que mediante la Ley N° 4.399 se creó el marco normativo para regular el

funcionamiento de la Educación No Formal como oferta educativa del sistema público

de enseñanza de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la citada Ley designa como autoridad de aplicación al Ministerio de Educación de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o al que en su defecto lo reemplace;

Que en el marco de la Ley N° 6.292 le corresponde al Ministerio de Educación diseñar,

promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen

un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y

social; así como planificar y administrar los recursos del sistema educativo del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánica

funcional del Ministerio de Educación, contemplando a la Subsecretaría Agencia de

Aprendizaje a lo Largo de la Vida;

Que la mencionada Subsecretaría tiene entre sus responsabilidades primarias la de

diseñar, promover, implementar y evaluar políticas y programas de aprendizaje a lo

largo de la vida, que incluye las ofertas de educación vocacional, formación

profesional, educación técnico superior y educación no formal destinada a jóvenes y

adultos;

Que en consecuencia, la Subsecretaria Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida

precisa que corresponde reglamentar aspectos de la Ley para su implementación;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2° de la Ley N° 4.399,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°. - Apruébase la reglamentación de la Ley N° 4.399 que como Anexo (IF-

2022-16586613-GCABA-DGGALV) forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2°.- Encomiéndase a la Subsecretaria de Agencia de Aprendizaje a lo Largo

de la Vida la aprobación del curso de capacitación específica con formación

pedagógica para la tarea o función a realizar en Educación No Formal en atención al

artículo 10 de la Ley N° 4.399 así como el dictado de las normas ampliatorias y/o

necesarias para la implementación de la presente.

Artículo 3°. Determínase que el gasto que demande el cumplimiento de lo aquí

dispuesto será afectado a la Jurisdicción 55 Inciso 1 - Partida Principal 1.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a las Subsecretarías de

Carrera Docente y Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida, a las Direcciones

Generales de Gestión del Aprendizaje a lo Largo de la Vida y de Personal Docente y

No Docente, y al Ministerio de Hacienda y Finanzas Cumplido, archívese. Acuña


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6387

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución 23-SSAALV/22 aprueba el curso de Capacitación Específica con Formación Pedagógica para Trabajadores/as de la Educación No Formal, según lo previsto por Artículo 2 de la Resolución 2294-MEDGC/22.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 21/SSAALV/22 aprueba las pautas y el procedimiento para el ascenso a cargos de jerarquía de trabajadores/as de la Educación No Formal, en el marco de la Resolución 2294/MEDG/22.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución N° 14/SSAALV/22, aprueba los “CRITERIOS PARA LA ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL Y LINEAMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN DE LA OFERTA DE EDUCACIÓN NO FORMAL” en el marco de lo establecido por Ley 4399/12, reglamentada por Resolución 2294-MEDGC/22.</p>
REGLAMENTA
<p>Anexo I de la Resolución N° 2294/MEDGC/22 reglamenta los artículos:  3°,  7° punto 1 incs. b), f), g), i) y punto 2 incs. a) y b), 8°, 9°, 10 incs. a), c), d), 11, 12, 13, 15,16,17 incs. a), b), d), 18 al 24 de la Ley 4399.</p>