RESOLUCIÓN 1247 2004 SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN SOCIAL Y COMUNITARIA
Síntesis:
DECRETO 674-01 DEROGADO - FIJA LUGAR Y FECHA PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS POYECTOS CONTEMPLADOS EN EL PROGRAMA EMPLEO TRANSITORIO DE APOYO AL AUTOEMPLEO - PRESENTACIÓN DE PROYECTOS - PROGRAMA NUESTRAS FAMILIAS - ACTIVIDAD AUTOEMPLEO - PROGRAMA DE AUTOEMPLEO - EVALUACIÓN DE PROYECTOS - EQUIPO EVALUADOR - PYMES TUTORAS - BENEFICIARIOS - AYUDA ECONÓMICA - ORGANISMOS RESPONSABLES - DESOCUPADOS - PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS - ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES
Publicación:
17/09/2004
Sanción:
15/07/2004
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN SOCIAL Y COMUNITARIA
Visto los Decretos Nros. 674/GCBA/01, 327/GCBA/03 y 2.720/GCBA/03 relativos al Programa de Empleo Transitorio de Apoyo al Autoempleo, y;
CONSIDERANDO:
Que la actividad Autoempleo fue transferida del Programa Nuestras Familias dependiente de la Dirección General de Fortalecimiento Familiar y Comunitario de la Subsecretaría de Gestión Social y Comunitaria, a la órbita de la mencionada en último término, con su personal y patrimonio;
Que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene como criterio principal de sus políticas públicas en materia social y económica, propender al pleno empleo de los trabajadores que la habitan, promoviendo las más eficientes formas de empleo;
Que el Programa de Empleo Transitorio de Apoyo al Autoempleo tiene por objetivo brindar empleo temporario a quienes cuenten con iniciativa y calificación adecuada para la ejecución de proyectos tendientes a crear y/o apoyar la generación de empleo productivo a los desocupados residentes de la Ciudad de Buenos Aires, provenientes de hogares sin ingresos, sostén o jefe de familia con hijos menores y/o discapacitados a cargo;
Que a los efectos de cumplimentar los objetivos atinentes al Programa, contemplados en el Decreto N° 674/GCBA/01 y en razón de la modificación producida por el Decreto N° 2.720/GCBA/03, resulta necesario implementar los mecanismos procedimentales relativos a la presentación de proyectos, plazos de evaluación de los mismos, la modalidad de pago de la ayuda económica no remunerativa, entre otros aspectos formales, dictando el correspondiente acto administrativo;
Por ello,
Artículo 1° - Determínase que la presentación de los proyectos contemplados en el Decreto N° 674/GCBA/01, se deberá efectuar en la sede de la Coordinación del Programa Empleo Transitorio de Apoyo al Autoempleo, sita en Balcarce 360, planta baja, de esta Ciudad, operando su vencimiento el día 30 de abril de 2004. En ningún caso la presentación formal del proyecto implicará su aprobación.
Artículo 2° - La evaluación de los proyectos indicados en el artículo precedente recaerá en el Equipo Evaluador constituido por Resolución N° 1.246/SSGSYC/04, dependiente de la Coordinación del Programa Empleo Transitorio de Apoyo al Autoempleo.
Artículo 3° - Se notificará a los interesados mediante cédula u otro medio de notificación fehaciente previsto en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Decreto N° 1.510/GCBA/97), el resultado de la evaluación contemplada en el artículo anterior, con copia certificada o transcripción, según su caso, del acto administrativo pertinente que se dictará a tales fines.
Artículo 4° - La erogación que demande la implementación de la ayuda económica no remunerativa con destino a quienes resulten beneficiarios del Programa Empleo Transitorio de Apoyo al Autoempleo se imputará en la partida presupuestaria correspondiente, y su pago se instrumentará mediante acto administrativo formal en el cual se incluirá la nómina de los beneficiarios, para su posterior remisión al Banco Ciudad de Buenos Aires a los fines que esta entidad bancaria proceda a efectuar el mismo.
Artículo 5° - Dése al Registro, protocolícese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Coordinación del Programa de Empleo Transitorio de Apoyo al Autoempleo y al Banco Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Desperbasques