ORDENANZA 41713 1986
Síntesis:
NORMA DEROGADA - MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA N° 35.689 - REFERENTE AL ESTACIONAMIENTO ALTERNADO EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES. SE ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DE ESTACIONAR JUNTO A LA ACERA DERECHA DEL SENTIDO DE CIRCULACIÓN. MANO DERECHA
Publicación:
02/01/1987
Sanción:
27/11/1986
Organismo:
CONCEJO DELIBERANTE
Promulgación:
16/12/1986
Estado:
No vigente
Artículo 1°.- Derógase la Ordenanza N° 35.689 (B.M. N° 16.259) AD 800.29 y 801.64 que estableció el régimen de estacionamiento alternado en la Ciudad de Buenos Aires.
Art. 2°.- Reimplántase la obligatoriedad de estacionar únicamente junto a la acera derecha del sentido de circulación (Ley N° 13.893 - Artículo 77 y Código de Tránsito Decreto-Ordenanza N° 12.116/48 Artículo 39 y 40, excepto cuando exista señalamiento ilustrativo permitiendo otra modalidad.
Art. 3°.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los treinta (30) días de su promulgación, fecha a partir de la cual el Departamento Ejecutivo procederá al retiro del señalamiento ilustrativo existente sobre estacionamiento alternado.
Art. 4°.- Comuníquese, etcétera.