RESOLUCIÓN 5532 2019 SUBSECRETARIA CARRERA DOCENTE Y FORMACION TECNICA PROFESIONAL
Síntesis:
SE OTORGA - CERTIFICADO DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL NIVEL III - TRAYECTO FORMATIVO - PROGRAMADOR - EGRESADOS - PROGRAMA CODO A CODO
Publicación:
23/09/2022
Sanción:
16/05/2019
Organismo:
SUBSECRETARIA CARRERA DOCENTE Y FORMACION TECNICA PROFESIONAL
VISTO: La Resolución Conjunta N°1/MMIYTGC/17, la Resolución CFE 289/16, la
Resolución N° 4170/MEGC/2016, el Expediente Electrónico N° 2019-15792798-
GCABA-SSCDFTP, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución del Consejo Federal de Educación (CFE) N° 289/16 aprobó el
marco de referencia para la Formación Profesional Inicial de la figura formativa de
Programador nivel III y el diseño curricular para dicha figura formativa;
Que el Anexo I de la mencionada Resolución estableció las capacidades profesionales
del Programador, la carga horaria mínima, el referencial de ingreso, las prácticas
profesionalizantes y el entorno formativo que constituyen el marco de referencia para
la Formación Profesional Inicial de la figura formativa de Programador;
Que, mediante la Resolución 4170/MEGC/2016 se aprobó el Diseño Curricular para el
certificado de "Programador", y se incorporó dicho certificado y trayecto al Catálogo de
Titulos y Certificaciones de Educación Técnico Profesional de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que por la Resolución Conjunta Nro. 1/MMIYTGC/17 se creó el Programa "Codo a
Codo", cuyo objeto es el de promover el desarrollo profesional y académico de jóvenes
graduados de la escuela secundaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
mediante la generación de espacios en los que se fomente la educación, la
investigación y la capacitación en materia tecnológica, a través de la instrumentación
de cursos de programación informática;
Que el artículo 2 de la mencionada Resolución Conjunta facultó al Ministerio de
Educación, a través de la Subsecretaría de Carrera Docente y Formación Técnica
Profesional a realizar acciones y dictar todos los actos administrativos que estime
oportunos a fin de determinar la propuesta pedagógica de los cursos, su formato,
duración y certificación de los títulos emitidos;
Que el programa Codo a Codo cumple con los requisitos relativos a carga horaria
mínima, referencial de ingreso y asegura las condiciones de las capacidades
profesionales del programador, prácticas profesionalizantes y entorno formativo,
exigidos por la normativa local y nacional para otorgar el certificado correspondiente al
trayecto Programador;
Que, en virtud de lo expuesto, los egresados del programa Codo a Codo se
encuentran en condiciones de recibir el certificado de Formación Profesional Inicial
correspondiente al trayecto "Programador" aprobado por la Resolución N°
4170/MEGC/2016;
Por ello, y en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Otórguese a los egresados del programa Codo a Codo el certificado de
Formación Profesional Inicial nivel III correspondiente al trayecto formativo
"Programador" aprobado por la Resolución N° 4170/MEGC/2016.
Artículo 2°.- Regístrese y comuníquese a la Gerencia Operativa de Títulos y
Legalizaciones y a la Gerencia Operativa de Formación Laboral. Cumplido, archívese.
Tarulla