RESOLUCIÓN 6892 2022 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

DEROGA - RESOLUCIONES - 3574-GCABA-MEFGC-19 - 4403-GCABA-MEFGC-19 - MODIFICA PARCIALMENTE - 2291-GCABA-MEFGC-18 - RÉGIMEN DE EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO ANUAL - COMPETENCIAS LABORALES DE LIDERAZGO - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Publicación:

30/11/2022

Sanción:

22/11/2022

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.347) y

modificatorias, el Decreto N° 304/18, las Resoluciones Nros. 2291-GCABA-

MEFGC/18, 3574-GCABA-MEFGC/19 y 4403-GCABA-MEFGC/19, y el Expediente N°

41.945.355-GCABA-DGDSCIV/22, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 304/18 el señor Jefe de Gobierno delegó en el entonces Ministro

de Economía y Finanzas la facultad de dictar el Régimen de Evaluación de

Desempeño anual aplicable al personal comprendido en los artículos 4° y 48 de la Ley

N° 471;

Que por Resolución N° 2291-GCABA-MEFGC/18 se aprobó el Régimen de Evaluación

de Desempeño Anual aplicable al personal comprendido en los artículos 4° y 48 de la

Ley N° 471;

Que por Resolución N° 3574/GCABA-MEFGC/19 se procedió a modificar la

Resolución N° 2291-GCABA-MEFGC/18 a fin de incluir en el Régimen de Evaluación

de Desempeño Anual al personal comprendido en la Carrera de Enfermería y

Especialidades Técnico-Profesionales de la Salud aprobada por Acta de Negociación

Colectiva N° 16/19, instrumentada por Resolución N° 2675-GCABA-MEFGC/19;

Que asimismo mediante Resolución N° 4403/GCABA-MEFGC/19 se sustituyó el

Anexo I de la Resolución N° 3574/GCABA-MEFGC/19;

Que atento el tiempo transcurrido, a los fines de establecer nuevos lineamientos y ante

la necesidad de aprobar nuevas competencias aplicables a efectos de mantener el

régimen de Evaluación de Desempeño actualizado, resulta pertinente modificar la

Resolución N° 2291/MEFGC/18 y derogar las Resoluciones Nros. 3574-GCABA-

MEFGC/19 y 4403-GCABA-MEFGC/19 en consecuencia.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 6.292, y el artículo 1° del

Decreto N° 304/18,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Derogar la Resolución N° 3574-GCABA-MEFGC/19.

Artículo 2°.- Derogar la Resolución N° 4403-GCABA-MEFGC/19.

Artículo 3°.- Sustituir el ANEXO I del artículo 1° de la Resolución N° 2291-GCABA-

MEFGC/18, por el IF-2022-41952450-GCABA-DGDSCIV, aplicable al personal

comprendido en los artículos 4° y 48 de la Ley N° 471, y que como Anexo I forma parte

integrante de la presente.

Artículo 4°. - Modificar el artículo 2° de la Resolución N° 2291-GCABA-MEFGC/18, el

que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 2°.- Apruébense las

Competencias Laborales Individuales por Agrupamiento aplicables al personal

comprendido en el ámbito de aplicación del Régimen Escalafonario y de Carrera de la

Administración Pública y al personal de la Carrera de Enfermería y Especialidades

Técnico- Profesionales de la Salud incluidas en el Anexo II (IF-2022-41954120-

GCABA-DGDSCIV) el cual forma parte integrante de la presente. Para el caso del

personal incluido en el agrupamiento Actividades Artísticas y Escenotécnicas del

Régimen Escalafonario y de Carrera de la Administración Pública existirán

competencias laborales para la familia de puestos "Ejecución e Interpretación Musical"

y competencias laborales para las familias de puestos "Diseño Escenotécnico",

"Maquinarias y/o Equipos Escenotécnicos", "Producción" y "Servicios Auxiliares", todo

según Nomenclador de Puestos aprobado mediante Acta de Negociación Colectiva N°

14/14, instrumentada por Resolución N° 2020/MHGC/14 y modificatorias."

Artículo 5°.- Modificar el artículo 3° de la Resolución N° 2291-GCABA.MEFGC/18, el

que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 3°.- Apruébense las

Competencias Laborales de Liderazgo incluidas en el Anexo III (IF-2018-29909255-

DGDSCIV) el cual forma parte integrante de la presente. Las mismas serán aplicables

al personal que cumple tareas como "Responsable de equipo de trabajo", incluido en

el ámbito de aplicación del Régimen Escalafonario y de Carrera de la Administración

Pública y en la Carrera de Enfermería y Especialidades Técnico-Profesionales de la

Salud, cuando el mismo tenga el rol de evaluador/a o un cargo de Jefatura en el marco

del Acta de Negociación Colectiva N° 10/14. Las competencias aprobadas en este

artículo serán adicionales a las aprobadas en el artículo 2° y 3°."

Artículo 6°.- Modificar el Artículo 5° de la Resolución N° 2291-GCABAMEFGC/18, el

que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 5°.- Determínase que al

personal del Régimen Gerencial se lo deberá evaluar, adicionalmente a las

competencias Laborales Individuales y de Liderazgo definidas en el Anexo IV (IF-

2018-29909988-DGDSCIV), por objetivos. Los objetivos del cargo serán definidos por

la Autoridad Superior de la que dependa el cargo gerencial, debiendo fijarse los

mismos al momento de la evaluación del periodo anterior o, en caso de que se lo

designara entre los meses de enero y julio de un año calendario, deberán fijarse y

notificarse al momento de su designación. Los objetivos deberán ser estratégicos y

cumplir con las siguientes características: específicos, medibles, alcanzables,

relevantes y tener un plazo de tiempo establecido para su cumplimiento. A cada cargo

del régimen gerencial se le deberán fijar entre dos (2) y tres (3) objetivos, los cuales

deberán ser como máximo de cumplimiento anual y como mínimo de cumplimiento no

inferior a seis (6) meses, debiendo quedar esto especificado en el formulario

correspondiente. Los objetivos fijados al momento de la evaluación deberán ser

consensuados entre el agente evaluable, el/la evaluador/a y el/la validador/a."

Artículo 7°.- Sustituir el Anexo V (IF-2018-29910496-DGDSCIV) de la Resolución N°

2291-GCABA-MEFGC/18 por el Anexo IF-2022-41962076-GCABA-DGDSCIV que

forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 8°.- Sustituir el Anexo VI (IF-2018-29910881-DGDSCIV) de la Resolución N°

2291-GCABA-MEFGC/18 por el Anexo IF-2022-41967188-GCABA-DGDSCIV que

forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 9°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

conocimiento y demás efectos comuníquese a la Dirección General Desarrollo del

Servicio Civil y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos ambas del

Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Mura


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6511ANEXO I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6511ANEXO II

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6511ANEXO III

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6511ANEXO IV

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6511ANEXO V

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6511ANEXO VI

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 3° de la  Resolución N° 6892/MHFGC/22 sustituye el ANEXO I del artículo 1° de la Resolución N° 2291/MEFGC/18,<br /><br />Artículo 4° modifica el artículo 2° de la Resolución N° 2291/MEFGC/18.</p><p>Artículo 5° modifica el artículo 3° de la Resolución N° 2291/MEFGC/18.<br /><br />Artículo 6° modifica el artículo 5° de la Resolución N° 2291/MEFGC/18.<br /><br />Artículo 7° sustituye el Anexo V de la Resolución Nº 2291/MEFGC/18<br /><br />Artículo 8° sustituye el Anexo VI de la Resolución Nº 2291/MEFGC/18.</p>
DEROGA
<p>Artículo 2° de la  Resolución N° 6892/MHFGC/22 deroga la Resolución Nº 4403/MEFGC/19.</p>
DEROGA
<p>Artículo 1° de la  Resolución N° 6892/MHFGC/22 deroga la Resolución Nº 3574/MEFGC/19.</p>