DECRETO 2049 2004

Síntesis:

MODIFICA LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES EN EL ÁMBITO DE LA SECRETARÍA DE CULTURA. CREA LA DIRECCIÓN GENERAL FESTIVALES DE LA CIUDAD Y SU ADJUNTA. DESIGNA A CLAUDIO M. PUSTELNIK - DNI 13.416.862 - Y LUIS AMADOR FERNÁNDEZ - DNI 17.470.154 - COMO DIRECTOR GENERAL Y DIRECTOR GENERAL ADJUNTO RESPECTIVAMENTE. TRANSFIERE A LA DIRECCIÓN GENERAL FESTIVALES DE LA CIUDAD EL PROGRAMA FESTIVALES DE LA CIUDAD -PROFECI- . MODIFICA EL DECRETO N° 2.696/GCBA/03, B.O. N° 1836 - MODIFICACIÓN DE ESTRUCTURA ORGÁNICA - CREACIÓN DE ORGANISMOS - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - TRANSFERENCIA DE PROGRAMAS - DESIGNACIÓN DE FUNCIONARIOS - RESCISIÓN DE CONTRATOS - CONTRATOS DE LOCACIÓN DE SERVICIOS - CREACIÓN DE PROGRAMAS - PROGRAMA DE COOPERACIÓN E INTERCAMBIO ENTRE FESTIVALES - COMPETENCIAS

Publicación:

17/11/2004

Sanción:

09/11/2004

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto los Decretos N° 834/GCBA/2002 (B.O. N° 1498) y N° 2.696/GCBA/2003 (B.O. N° 1836) y sus modificatorios y el Expediente N° 12.018/2004, y;

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 834/GCBA/2002 crea el Programa Festivales de la Ciudad (profeci), dependiente de la Subsecretaría de Gestión e Industrias Culturales, en Jurisdicción de la Secretaría de Cultura;

Que el crecimiento experimentado en el desarrollo de las actividades realizadas en el marco del PROFECI, demanda la jerarquización de sus instancias de administración, organización, coordinación y ejecución;

Que, en tal sentido, la Secretaría de Cultura propicia la creación de la Dirección General Festivales de la Ciudad, de la cual dependa el PROFECI, confiriéndole así a este último la jerarquía que necesita a los fines de una relación dinámica con los actores sociales involucrados en el servicio público que administra, conforme los objetivos de optimizar la administración de los recursos asignados;

Que, en ese mismo orden, las características de funcionamiento determinan una multiplicidad de cuestiones operativas de coordinación y conducción y, por consiguiente, una mayor demanda en la supervisión de competencias a cargo del funcionario;

Que, por tal razón, es necesario dotar al organismo a crear de una instancia orgánica adjunta de asistencia, a fin de garantizar la eficiencia y eficacia de la gestión;

Que, al mismo tiempo, resulta menester determinar las Responsabilidades Primarias de esta nueva Unidad de Organización, así como designar a los funcionarios que reúnan las condiciones exigidas para desempeñar su titularidad y la de su instancia adjunta;

Que resulta conveniente, para diversos aspectos de desarrollo de los festivales de la Ciudad y de su aprovechamiento en otras áreas de gestión del Gobierno, crear el Programa de Cooperación e Intercambio entre Festivales en el ámbito de la Dirección General Festivales de la Ciudad, la que tendrá a su cargo la coordinación, instrumentación y ejecución entre las distintas disciplinas en un marco de reciprocidad;

Que, a su vez, se entiende oportuno encomendar a la Secretaría de Cultura una regulación adecuada para el funcionamiento del Programa de Cooperación e Intercambio entre Festivales;

Por ello y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los artículos 102 y 104, inciso 9), de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Créase la Dirección General Festivales de la Ciudad y su Dirección General Adjunta, con dependencia directa de la Secretaría de Cultura, asignándoseles función crítica alta, de conformidad con lo previsto en los artículos 5° y 10 del Decreto N° 726/GCBA/01 y su modificatorio Decreto N° 761/GCBA/01, y apruébanse sus Responsabilidades Primarias, de conformidad con lo establecido en el adjunto Anexo I, el que, a todos sus efectos, forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2° - Transfiérese a la Dirección General Festivales de la Ciudad, el Programa Festivales de la Ciudad (PROFECI), creado por el artículo 1° del Decreto N° 834/GCBA/2002, con su patrimonio y presupuesto.

Artículo 3° - Derógase el Art. 3° del Decreto N° 834/GCBA/02.

Artículo 4° Modifícase el artículo 4° del Decreto N° 834/GCBA/2002, el que queda redactado de la siguiente manera: Facúltase al señor Secretario de Cultura a aprobar los convenios de colaboración a que hace referencia el artículo 2° del presente y a delegar la suscripción de los mismos en la Dirección General Festivales de la Ciudad.

Artículo 5° - Desígnase al señor Claudio Mauricio Pustelnik, DNI 13.416.862, como Director General, y al señor Luis Amador Fernández, DNI 17.470.154, como Director General Adjunto, de la Dirección General creada por el artículo 1° del presente, rescindiéndose los contratos que a su respecto fueran autorizados por Resoluciones Nros. 467/SC/2004 y 58/SC/2004, modificada por su similar N° 1.187/SC/2004, respectivamente.

Artículo 6° - Créase en el ámbito de la Dirección General Festivales de la Ciudad, el Programa Cooperación e Intercambio entre Festivales, cuyas competencias se establecen en el adjunto Anexo II, el que, a todos sus efectos, forma parte integrante del presente Decreto, facultándose al señor Secretario de Cultura a dictar las normas complementarias que regulen el funcionamiento del mismo.

Artículo 7° - Modifícase el Decreto N° 2.696/GCBA/2003 de acuerdo a lo establecido precedentemente.

Artículo 8° - La Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto arbitrará las medidas presupuestarias pertinentes con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.

Artículo 9° - El presente Decreto es refrendado por el señor Secretario de Cultura, por la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 10 - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Secretaría de Cultura y a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. IBARRA - López - Albamonte - Fernández

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Deroga el artículo 3° y Modifica el artículo 4° del Decreto 834/02
REFERENCIA
REFERENCIA
MODIFICA
Crea la Dirección General Festivales de la Ciudad y su D.G. Adjunta, con dependencia directa de la Secretaría de Cultura, con función crítica alta
CESA
Decr. 2049-GCABA-04 cesa Res. 58-SC-04 rescinde el contrato suscripto con Luis Amador Fernandez
CESA
Art. 5 Dto 2049-04 cesa Res 467-SC-04 - Rescinde el contrato con Pustelnik
CESADA POR
Dec. 203-06 Cesa L. Fernandez en el cargo designado por Dec. 2049-04
CESADA POR
Dec. 824-06 Cesa C. Pustelnik en el cargo designado por Dec. 2049-04