RESOLUCIÓN 4770 2022 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
RECTIFICA RESOLUCIÓN 4212-MSGC/22 - MODIFICA ANEXO V - RESOLUCIÓN 3052-MSGC/21 - PROCEDIMIENTO PARA FORMACIÓN Y EMISIÓN DE COMPROBANTES DE RECUPERO DE GASTOS DE LAS PRESTACIONES REALIZADAS
Publicación:
15/12/2022
Sanción:
07/12/2022
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO: La Ley 5.622, Decreto N° 653/16, la Resolución N° 1.249-MSGC/2017, las
Resoluciones Nros. 1650-MSGC/2018, 1040-MSGC/2020, 3052-MSGC/2020 y 4212-
MSGC/2022 y el EX-2022-39151607-GCABA- FACOEP,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 4212-GCABA-MSGC/22, se modificaron de los ANEXOS
I, III y V de la Resolución N° 3052-MSGC/2021 modificatoria de la Resolución N° 1249-
MSGC/17, a través de las cuales se aprobó el "Procedimiento administrativo de
Facturación y Cobranza de los Efectores Públicos"
Que a través del ANEXO III (IF-2022- 39176504-GCABA-FACOEP) de la Resolución
N° 4212-GCABA-MSGC/22 se modificó el ANEXO V "Procedimiento para formación y
emisión de Comprobantes de Recupero de Gastos de las prestaciones realizadas" de
la Resolución N° 3.052-MSGC/2021;
Que en el mencionado ANEXO III de la Resolución N° 4212-GCABA-MSGC/22 se
consignó un error material que resulta necesario rectificar;
Que el artículo N° 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de
Buenos Aires prescribe que en cualquier momento podrán rectificarse los errores
meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere
lo sustancial del acto o decisión;
Que, en consecuencia, corresponde rectificar el Artículo 3° de la Resolución N° 4212-
GCABA-MSGC/22.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 124 de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Rectifíquese el artículo 3° de la Resolución N° 4212/GCABA-MSGC/22,
que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 3°.- Modifícase el ANEXO V
de la Resolución N° 3.052-MSGC/2021, registrado bajo el IF-2021-36036613-GCABA-
FACOEP, "Procedimiento para formación y emisión de Comprobantes de Recupero de
Gastos de las prestaciones realizadas" a los efectos previstos en el procedimiento
administrativo y judicial aprobado en el artículo 1°, el cual se reemplaza por el ANEXO
III, de la presente, suscripto como IF-2022-41846509-GCABA-FACOEP el cual forma
parte integrante de la presente Resolución."
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y
comuníquese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires y, para su
conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y
Gestión en Red, a la Dirección General Coordinación, Tecnología y Financiamiento en
Salud y a la FACOEP S.E. Cumplido, archívese. González Bernaldo de Quirós