RESOLUCIÓN 106 2022 SUBSECRETARIA COORDINACION PEDAGOGICA EQUIDAD EDUCATIVA
Síntesis:
APRUEBA - AGENDA EDUCATIVA - CICLO LECTIVO 2023 - SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y EQUIDAD EDUCATIVA
Publicación:
29/12/2022
Sanción:
16/12/2022
Organismo:
SUBSECRETARIA COORDINACION PEDAGOGICA EQUIDAD EDUCATIVA
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VISTO: Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.588), el Decreto N° 463/19 y su
modificatorio N° 10/22, la Resolución de Firma Conjunta N° 459-GCABA-MHFGC/22,
las Resoluciones Nros. 4.776- MEGC/06 y sus modificatorias, 2.765-GCABA-
MEDGC/20, 970-GCABA-MEDGC/22, 971-GCABA-
MEDGC/22, 972-GCABA-
MEDGC/22, 2.566-GCABA-MEDGC/22, 3.732-GCABA-MEDGC/22, y 3.691-GCABA-
MEDGC/22, el Expediente Electrónico N° 45.645.269-GCABA-SSCPEE/22 y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 6.292 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones
por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les
confiere dicha Ley;
Que, en el marco de la precitada Ley, le corresponde al Ministerio de Educación
"Diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social";
Que, por el Decreto N° 463/19 y su modificatorio N° 10/22, se aprobó la estructura
organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que, entre las responsabilidades primarias asignadas por el citado Decreto a la
Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, surge aquella
vinculada a diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas
educativos a fin de contribuir el desarrollo individual y social de la comunidad;
Que el artículo 11 del Reglamento del Sistema Educativo de Gestión Pública
dependiente del Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
aprobado por Resolución N° 4.776-MEGC/06, normas modificatorias y
complementarias, establece que la "Agenda Educativa" es el instrumento pedagógico
elaborado anualmente por el Ministerio de Educación, que contiene el cronograma
para el funcionamiento del sistema educativo del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires;
Que en este marco la Agenda Educativa establece las fechas de inicio y finalización
del periodo escolar como así también la extensión de los bimestres y/o cuatrimestres y
periodos de evaluación según nivel educativo y modalidad, las jornadas y/o reuniones
pedagógicas e institucionales, fechas vinculadas con procedimientos administrativos,
los períodos de relevamiento técnico y todas aquellas cuestiones vinculadas con
personal docente y no docente, entre otros;
Que, oportunamente, por la Resolución N° 2.765-GCABA-MEDGC/20, y a los efectos
de asegurar la elaboración y aprobación anual de la Agenda Educativa, se delegó en
la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa la aprobación,
modificación y/o rectificación de la misma;
Que por el Decreto Nacional N° 1584/10 y sus modificatorios, se establecieron los días
feriados nacionales y días no laborales en todo el territorio de la Nación;
Que, durante el contexto de pandemia se adoptaron diversas medidas tendientes a
garantizar la continuidad de las trayectorias educativas de los/as estudiantes,
mitigando el impacto negativo en los aprendizajes;
Que las clases presenciales permitieron recuperar el espacio escolar como ámbito
prioritario para el encuentro, la enseñanza, el aprendizaje y la socialización de niños,
niñas, jóvenes y adultos;
Que durante los años 2021 y 2022 se estableció el calendario escolar con el objeto de
asegurar 192 días efectivos de clases a fin de garantizar el derecho a la educación en
condiciones de equidad y en función del interés superior de los/las estudiantes;
Que así también se vienen adoptando otras medidas para favorecer y recuperar los
aprendizajes mediante el dictado de las Resoluciones Nros. 970-GCABA-MEDGC/22,
971-GCABA-MEDGC/22, 972-GCABA-MEDGC/22, 2.566-GCABA-MEDGC/22 y
3.732-GCABA-MEDGC/22, profundizando el acompañamiento de las trayectorias de
los/as estudiantes y brindándoles dispositivos adicionales que les permiten fortalecer y
acreditar los contenidos curriculares, entre otros;
Que la asistencia del/la estudiante a clases constituye un factor decisivo en el
desempeño académico de los/as mismos/as y también permiten su desarrollo
socioemocional;
Que a los fines de continuar adoptando medidas tendientes a efectivizar el derecho a
la educación de los/as estudiantes, mediante la Resolución N° 3691-GCABA-
MEDGC/22 se aprobó el calendario escolar 2023 determinando el inicio de clases el
día 27 de febrero de 2023, para los niveles inicial, primario y secundario, en todas sus
modalidades, estableciendo que se deberán asegurar 192 días efectivos de clases;
Que en este contexto y con el objeto de dar cumplimiento con el referido calendario
escolar, la mentada norma dispuso que las jornadas "Espacios para la Mejora
Institucional" -EMI- y las instancias de formación docente, deben realizarse conforme
se establezca en la Agenda Educativa, incluyéndose los días sábados en el
cronograma, para los establecimientos educativos de Gestión Estatal;
Que para ello y con el objeto de dar cumplimiento con el calendario escolar aprobado
por la Resolución N° 3.691-GCABA-MEDGC/22, resulta necesario contemplar en la
agenda educativa las jornadas de Espacio de Mejora Institucional (EMI) y las
instancias de formación docente en momentos que permitan continuar con las
jornadas escolares, sin suspensión de clases, para ello las mismas se realizarán
previo al inicio y con posterioridad a la finalización del período escolar, y en jornadas
que contemplan amplias posibilidades de concurrencia para los/las docentes
garantizando durante el período escolar la no suspensión de clases;
Que la Resolución de Firma Conjunta N° 459-GCABA-MHFGC/22, aprobó los criterios
para aquellos casos en que corresponda la efectivización del pago a los/las docentes
por participar de las mencionadas jornadas los días sábado;
Que los/as docentes del sistema educativo cumplen un rol fundamental para la
efectivización del derecho a la educación y en los procesos de enseñanza y de
aprendizaje, y es por ello que es necesario continuar fortaleciendo el vínculo
pedagógico, mediante la construcción e implementación de alternativas de enseñanza
que permitan seguir sosteniendo la continuidad pedagógica, fortaleciendo el
seguimiento de las trayectorias, consolidando también el vínculo con las familias e
implementando estrategias diversas para el acompañamiento a cada comunidad
educativa;
Que el diseño y la organización de las actividades para el ciclo lectivo 2023 deben
seguir siendo orientados a brindar las mayores y mejores oportunidades para que se
pueda garantizar la continuidad de las trayectorias escolares para todos/as los/as
estudiantes, continuando con los esfuerzos para recuperar y favorecer sus
aprendizajes;
Que en este marco, se han definido las diferentes actividades a realizarse en el ciclo
lectivo 2023 en los distintos Niveles Educativos y modalidades de esta jurisdicción,
correspondientes a la Educación de Gestión Estatal, Educación Superior y Educación
Privada;
Que atento ello resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente a efectos de
aprobar la Agenda Educativa para el ciclo lectivo 2023;
Que han tomado intervención en el marco de sus competencias, las Subsecretarías de
Carrera Docente, de Tecnología Educativa y Sustentabilidad, Agencia de Aprendizaje
a lo Largo de la Vida y las Direcciones Generales de Planeamiento Educativo y de
Educación de Gestión Privada brindando su conformidad en los presentes;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado intervención
dentro del marco de sus competencias.
Por ello, y en uso de las facultades delegadas por Resolución N° 2.765-GCABA-
MEDGC/20,
Artículo 1°.- Apruébase la Agenda Educativa para el ciclo lectivo 2023 conforme se
estipula en el Anexo I (IF-2022-46786196-GCABA-SSCPEE), que a todos sus efectos
forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a las Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y de
Administración Recursos, Carrera Docente, de Tecnología Educativa y
Sustentabilidad, Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida y para su conocimiento
y a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, de Educación de
Gestión Privada, de Escuelas Normales Superiores y Artísticas, de Escuela Abierta, de
Planeamiento Educativo y de Coordinación Legal e Institucional. Cumplido, archívese.
Feced Abal