RESOLUCIÓN 199 2000 SECRETARIA DE SALUD

Síntesis:

EXTIENDE LA DESCONCENTRACIÓN DE LA ATENCIÓN EN CONSULTORIO A LA ESPECIALIDAD DE ODONTOLOGÍA. ESTABLÉCE EL VALOR DE CADA MÓDULO Y LAS HORAS SEMANALES.

Publicación:

31/03/2000

Sanción:

23/03/2000

Organismo:

SECRETARIA DE SALUD


Visto la Nota N° 1457/SSS700 y el Decreto N° 456-GCBA-96 (B.O. N° 90), mediante el cual se implementa un sistema desconcentrado de atención dentro del Área Programática de cada establecimiento asistencial, denominado Médicos de Cabecera y el Decreto N° 3266-GCBA-98 (B.O. N° 626), que regula el régimen de remuneraciones de los profesionales que se desempeñan en dicho sistema, y;

CONSIDERANDO:

Que dicho sistema permite la atención de los habitantes de la Ciudad de Buenos Aires, dentro del radio de su domicilio, por médicos que atienden en sus respectivos consultorios brindando asistencia personalizada al paciente hospitalario;

Que la recepción favorable de la población, observada a través de un incremento de las demandas al programa, aconseja aumentar las especialidades que brinden sus servicios en forma desconcentrada;

Que en aras de ofrecer una atención adecuada e integral a las necesidades básicas de salud de la población, es aconsejable incorporar la especialidad de Odontología para la atención en consultorio de los beneficiarios del referido Plan;

Que en virtud de las características de la mencionada especialidad, es aconsejable establecer un módulo diferenciado para los profesionales que se incorporen a prestar servicios en esta área;

Que oportunamente se dió intervención a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

Que en función del Decreto N° 3266-GCBA-98 (B.O. N° 626), en sus artículos 2° y 9°, las Secretarías de Salud y de Hacienda y Finanzas se encuentran facultadas para extender, mediante resolución conjunta, la desconcentración de la atención en consultorios a otras especialidades y a dictar normas reglamentarias, interpretativas y/o ampliatorias del régimen de remuneraciones de los profesionales que se desempeñan en el Plan Médicos de Cabecera,

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 2° y el Artículo 9° del Decreto N° 3266-GCBA-98 (B.O. N° 626)

EL SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Y EL SECRETARIO DE SALUD

RESUELVEN:

Artículo 1° Extiéndese la desconcentración de la atención en consultorio a la especialidad de Odontología, conforme a la normativa indicada en el Decreto N° 456-GCBA-96 (B.O. N° 90) y el Decreto N° 3266-GCBA-98.

Art. 2° Cada módulo de odontólogo de cabecera comprenderá una prestación de servicios equivalente a 20 horas semanales, con un tope mensual de cuatro módulos.

Art. 3° Establécese el valor de cada módulo en los montos que se detallan:

MÓDULO PARA ODONTÓLOGOS DE CABECERA

Asignación por Módulos $ 193,50

Compensación de Gastos $ 82,00

En todos los casos, la Asignación por Módulos estará sujeta a los aportes y contribuciones previsionales y sociales correspondientes y la Compensación de Gastos tendrá carácter no remunerativa.

Art. 4° La Dirección General de Planeamiento y Evaluación del Desempeño, según responsabilidades conferidas por el Artículo 1° de la Resolución N° 80-SS-98, y la Dirección General Adjunta de Odontología Especializada dictarán en forma conjunta, en el plazo de treinta días, las normas operativas para una eficiente prestación de la atención en la especialidad de Odontología y de igual manera serán responsables de su seguimiento.

Art. 5° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Recursos Humanos, a la Dirección General de Planeamiento y Evaluación de Desempeño, a la Dirección General de Programas Especiales y a la Dirección General de Atención de la Salud. Cumplido, archívese.