DECRETO 2390 2004

Síntesis:

PUBLICADO EN SEPARATA - ESTABLECE UN INCREMENTO EN LA TARIFA DEL SERVICIO DE TAXIS - SERVICIO PÚBLICO DE ALQUILER DE VEHÍCULOS CON TAXÍMETRO - AUMENTOS DE TAXIS -SUBAS DE TAXIS - BAJADA DE BANDERA - FICHAS - EQUIPAJES DE MANO - VALIJAS - BOLSOS - BULTOS ADICIONALES - MINUTO DE ESPERA - 01 DE ENERO DE 2005 - FEDERACIÓN EMPRESARIA DE TAXIS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - EMPRESA CONCESIONARIA SACTA S.A. - SUBSECRETARÍA TRÁNSITO Y TRANSPORTE

Publicación:

30/12/2004

Sanción:

30/12/2004

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 78.112/2004, y
CONSIDERANDO:
Que por el precitado Expediente tramita un pedido de recomposición tarifaria para el servicio público de automóviles de alquiler con taxímetro formulada por la Federación Empresaria de Taxis de la Ciudad de Buenos Aires;
Que la actual tarifa que se aplica a dicho servicio público ha sido fijada el 18 de marzo de 2004 por Decreto N° 402/GCBA/04 (B.O.C.B.A. N° 1904);
Que, en aquel momento, la Subsecretaría de Tránsito y Transporte desarrolló un modelo de análisis de la rentabilidad del sector, en el que se ponderaron diversos factores económicos involucrados en la actividad;
Que en el lapso acaecido desde el dictado del Decreto N° 402/GCBA/04, se advirtieron aumentos de costos de combustibles y en el valor de las unidades de automóviles, con la consecuente incidencia, en este último caso, en el valor de los repuestos y de los seguros;
Que tales circunstancias han conducido a la existencia de un atraso tarifario en el sector, que resulta indispensable corregir a efectos de garantizar una adecuada prestación del servicio público de taxímetros y mejorar su calidad, afectada con motivo de la emergencia económica por la que atravesó nuestro país.
Que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires debe contemplar igualmente la situación de los usuarios, cuyos ingresos por lo general, no se han incrementado en términos nominales y reales de manera significativa, con el consecuente debilitamiento de su poder adquisitivo;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le corresponde según la competencia asignada por la Ley N° 1.218 (B.O.C.B.A. N° 1850);
Por ello y en uso de las atribuciones específicas, prescriptas por el artículo 28 de la Ordenanza N° 41.815 y las facultades legales genéricas que surgen de los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Artículo 1° - Establécese un incremento de la tarifa para la explotación del servicio público de automóviles de alquiler con taxímetro, la que regirá a partir de la hora cero (0:00) del día primero de enero de 2005, de conformidad con los siguientes valores:
l Valor de la ficha: veinte centavos ($ 0,20);
l Bajada de bandera: ocho (8) fichas: un peso con sesenta centavos ($ 1,60);
l Por cada doscientos (200) metros recorridos: una (1) ficha: veinte centavos ($ 0,20);
l Por cada minuto de espera: una ficha: veinte centavos ($ 0,20);
l Equipaje de mano: transporte gratuito;
l Una (1) valija o un bulto menor de 0,90 m x 0,40 m x 0,30 m: transporte gratuito;
l Por cada bulto adicional: una ficha: veinte centavos ($ 0,20).
Artículo 2° - El presente Decreto es refrendado por el señor Secretario de Infraestructura y Planeamiento, la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte, la que notificará a la empresa concesionaria SACTA S.A., a la Federación Empresaria de Taxis de la Ciudad de Buenos Aires y a las demás entidades representativas del sector y comuníquese a la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento. Cumplido, archívese.

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° del Decreto N° 2390/2004  establece un incremento de la tarifa para la explotación del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro, quedando modificado el Decreto Municipal N° 4254/1990.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 1754/2005,  establece un incremento de la tarifa para la explotación del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro, quedando modificado el Decreto N° 2390/2004.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1° del Decreto N° 2390/2004,  establece un incremento de la tarifa para la explotación del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro, quedando modificado el Decreto N° 402/2004.</p>