RESOLUCIÓN 688 2024 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
NOTA LA PRESENTE NORMA TIENE INCORPORADA LA ACLARACION PUBLICADA EN BOCBA 6866 DEL 6 DE MAYO DE 2024 - APRUEBA - CICLO LECTIVO 2024 - SUPLEMENTO DE APOYO A LA FUNCIÓN TUTORIAL - MODELO DE PLANILLA DE DESIGNACIÓN - SUPLEMENTO PLAN PERSONAL DE ORIENTACIÓN - SUPLEMENTO PLAN DE FORTALECIMIENTO DE LA ORIENTACIÓN - CARÁCTER NO REMUNERATIVO Y NO BONIFICABLE - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - REMUNERACIONES - SALARIOS -SUELDOS - DOCENTES
Publicación:
02/05/2024
Sanción:
29/04/2024
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional N°
26.206 y modificatorias, las Leyes Nros. 898 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y
6.684, la Resolución CFE N° 93/09, la Resolución de Firma Conjunta N° 105-GCABA-
MHFGC/23, las Resoluciones Nros. 4.145-SSGECP/12 y complementarias, 321-
MEGC/15 y complementarias, 901-GCABA-MEDGC/23, 907-GCABA-MEDGC/23, 921-
GCABA-MEDGC/23, 1.344-GCABA-MEDGC/24, 1.374-GCABA-MEDGC/24 y 1.384-
GCABA-MEDGC/24 y el Expediente Electrónico N° 15.310.698-GCABA-DGEGE/24, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;
Que la Ley N° 6.684 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones
por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les
confiere la misma;
Que, en virtud de las mencionadas normas, le corresponde al Ministerio de Educación
diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social;
Que, a su vez, el Ministerio de Hacienda y Finanzas tiene entre sus objetivos diseñar e
implementar las políticas de gestión y administración de los recursos humanos del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley Nacional N° 26.206 propicia que las Jurisdicciones garanticen "las
alternativas de acompañamiento de la trayectoria escolar de los/as jóvenes, tales
como tutores/as y coordinadores/as de curso, fortaleciendo el proceso educativo
individual y/o grupal de los/as alumnos/as";
Que la Ley N° 898 implementó la obligatoriedad de la educación hasta la finalización
del nivel medio, en todas sus modalidades y orientaciones, del sistema educativo en el
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante la Resolución CFE N° 93/09 el Consejo Federal de Educación aprobó
las "Orientaciones para la Organización Institucional de la Educación Secundaria
Obligatoria", estableciendo que las escuelas secundarias deben tener rasgos
organizativos que permitan "sostener y orientar las trayectorias escolares de los
estudiantes";
Que lo previsto precedentemente se encuentra receptado en los Diseños Curriculares
que se implementan en el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por la Resolución N° 4.145-SSGECP/12 y complementarias se aprobó el Diseño
Curricular para el Primer Ciclo de la Modalidad Técnico Profesional de Nivel
Secundario diurno;
Que por la Resolución N° 321-MEGC/15, complementarias y modificatorias, se
aprobaron el Diseño Curricular y la Estructura Curricular para el Ciclo Básico y para la
Formación General del Ciclo Orientado de la escuela secundaria de los
establecimientos correspondientes de las Direcciones de Educación Media y de
Educación Técnica, dependientes de la Dirección General de Educación de Gestión
Estatal, de la Dirección de Educación Artística y de la Dirección de Escuelas Normales
Superiores, entonces Dirección de Formación Docente, actualmente dependientes de
la Subsecretaría de Gestión del Aprendizaje, y de la Dirección General Educación de
Gestión Privada, en el marco de la Nueva Escuela Secundaria implementada en el
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que uno de los propósitos de la Nueva Escuela Secundaria es fortalecer el trabajo
conjunto de los tutores con las autoridades, los docentes, preceptores, asesores y
otros actores educativos, generando un entramado de colaboración desde el cual se
construya la mirada integral sobre las trayectorias escolares y se diseñen
intervenciones integrales desde una perspectiva de acompañamiento institucional a las
mismas;
Que, de esta manera y en el marco de la profundización de la Nueva Escuela
Secundaria, mediante las Resoluciones Nros. N° 901-GCABA-MEDGC/23, 921-
GCABA-MEDGC/23 y 907-GCABA-MEDGC/23 se aprobaron, para el ciclo lectivo
2023, el "Plan Personal de Aprendizaje", el "Plan Personal de Orientación" y el "Plan
de Fortalecimiento de la Orientación", respectivamente;
Que tales estrategias se han constituido como herramientas tendientes a garantizar el
mejor acompañamiento de las trayectorias de los estudiantes y dar cuenta de logros y
desafíos, adecuándose las características de dichas herramientas conforme las
particularidades de la población escolar destinataria;
Que, en función de la tarea adicional y la nueva responsabilidad que ello trajo
aparejado, mediante la Resolución de Firma Conjunta N° 105-GCABA-MHFGC/23 se
aprobaron el "Suplemento de Apoyo a la Función Tutorial", el "Suplemento Plan
Personal de Orientación" y el "Suplemento Plan de Fortalecimiento de la Orientación",
a favor de los/as docentes designados/as en el marco de cada uno de los referidos
planes de trabajo;
Que, atento a la progresividad en la implementación de la Profundización de la Nueva
Escuela Secundaria, por las Resoluciones N° 1.344-GCABA-MEDGC/24, 1.384-
GCABA-MEDGC/24 y 1.374-GCABA-MEDGC/24 se aprobaron para el ciclo lectivo
2024 el "Plan Personal de Aprendizaje", el "Plan Personal de Orientación" y el "Plan de
Fortalecimiento a la Orientación", respectivamente;
Que, al igual que en el ejercicio anterior, se propicia el dictado del acto administrativo
para la aprobación del "Suplemento de Apoyo a la Función Tutorial", del "Suplemento
Plan Personal de Orientación" y del "Suplemento Plan de Fortalecimiento de la
Orientación" destinados a los docentes vinculados a los mencionados proyectos, así
como los correspondientes modelos de planilla de designación;
Que, por otra parte, deviene conveniente facultar al/a la titular del Ministerio de
Educación y al/a la titular de la Subsecretaría de Planeamiento e Innovación Educativa
u organismo que la reemplace, para que en forma indistinta procedan a designar,
cesar y/o reconocer los servicios al personal comprendido en la presente Resolución;
Que la Dirección General Planificación y Control Operativo, dependiente de la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, ha tomado la intervención de su competencia;
Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de
Educación y la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de
Hacienda y Finanzas han tomado la intervención de sus respectivas competencias.
Por ello y en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Aprobar, para el ciclo lectivo 2024, el "Suplemento de Apoyo a la Función
Tutorial" y el modelo de planilla de designación, a los efectos de retribuir a los/as
docentes designados/as en el marco de la Resolución N° 1.344-GCABA-MEDGC/24,
cuyas condiciones se detallan en el Anexo I (IF-2024-15311857-GCABA-DGEGE) que
a todos los efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Aprobar, para el ciclo lectivo 2024, el "Suplemento Plan Personal de
Orientación" y el modelo de planilla de designación, a los efectos de retribuir a los/as
docentes designados/as en el marco de la Resolución N° 1.384-GCABA-MEDGC/24,
cuyas condiciones se detallan en el Anexo II (IF-2024-15313718-GCABA-DGEGE) que
a todos los efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Aprobar, para el ciclo lectivo 2024, el "Suplemento Plan de
Fortalecimiento de la Orientación" y el modelo de planilla de designación, a los efectos
de retribuir a los/as docentes designados/as en el marco de la Resolución N° 1.374-
GCABA-MEDGC/24, cuyas condiciones se detallan en el Anexo III (IF-2024-15314314-
GCABA-DGEGE) que a todos los efectos forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 4°.- Los suplementos aprobados en los artículos 1°, 2° y 3° tienen carácter no
remunerativo y no bonificable.
Artículo 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente
norma, será afectado a la Jurisdicción 55 UE 7342 Programa 37 Actividad 10000
Inciso 1 Fuente 11.
Artículo 6°.- Facultar en forma indistinta a los/as titulares del Ministerio de Educación y
de la Subsecretaría de Planeamiento e Innovación Educativa o el organismo que la
reemplace, a designar y cesar al personal comprendido en la presente Resolución, a
propuesta de la máxima autoridad de Nivel Secundario de cada establecimiento.
Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a las Subsecretarías de Gestión del Aprendizaje y de Planeamiento e
Innovación Educativa y a las Direcciones Generales de Administración de Recursos,
de Personal Docente y No Docente, de Educación de Gestión Estatal y de
Coordinación Legal e Institucional, todas dependientes del Ministerio de Educación, y
a las Direcciones Generales de Administración y Liquidación de Haberes y de la
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Finanzas.
Cumplido, archívese. Miguel - Arengo Piragine