RESOLUCIÓN 86 2024 SUBSECRETARIA GESTION URBANA

Síntesis:

DEROGA - REGLAMENTO TÉCNICO DEL CÓDIGO DE EDIFICACIÓN - APRUEBA - MODIFICACIÓN - REGLAMENTO TÉCNICO DEL CÓDIGO DE EDIFICACIÓN - RT-030909-020202-01 - DETERMINACIÓN DE LAS CONDICIONES A CUMPLIR SEGÚN LA ACTIVIDAD 

Publicación:

19/07/2024

Sanción:

17/07/2024

Organismo:

SUBSECRETARIA GESTION URBANA


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 REGLAMENTOS TÉCNICOS DEL CÓDIGO DE EDIFICACIÓN

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VISTO: El Código de Edificación (aprobado por Ley N° 6.100 y su modificatoria N°

6.438), DNU N° 1.510/1997 (Texto consolidado por Ley N° 6.588), los Decretos Nros.

58-AJG/19, 151-AJG/21, 170-AJG/22 y 94/24, la Resolución N° 83-SSGU/24, el

Expediente Electrónico N° EX-2024-19843595-GCABA-SSGU; y,

CONSIDERANDO:

Que el Código de Edificación establece en su Artículo 1.1.8 que "(...) el presente

Código es complementado por Reglamentos Técnicos, dictados por la Subsecretaría

de Registro, Interpretación y Catastro o la que en el futuro la reemplace. Dichos

Reglamentos Técnicos incluirán soluciones técnicas y soluciones técnicas alternativas

generadas por los interesados";

Que el Decreto N° 58/AJG/19, en su Artículo 1°, ha designado a la Subsecretaría de

Registros, Interpretación y Catastro, hoy Subsecretaría de Gestión Urbana

dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano de la Jefatura de Gabinete de

Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como Autoridad de

Aplicación del Código de Edificación que fuera oportunamente aprobado por Ley N°

6.100;

Que asimismo el precitado Decreto, en su Artículo 2°, confirió a la precitada

Subsecretaría la facultad de confeccionar los reglamentos técnicos del Código de

Edificación;

Que, mediante Ley N° 6.438, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sancionó las nuevas modificaciones que se incorporaron al referido Código de

Edificación;

Que el Decreto N° 138/2021 modificó parcialmente la estructura de Gobierno

establecida por el Decreto N° 463-AJG-19, sustituyendo la denominación

"Subsecretaría de Registros Interpretación y Catastro", por la de "Subsecretaría de

Gestión Urbana";

Que el Decreto N° 94/2024 establece entre algunas de las responsabilidades primarias

de la Subsecretaría e Gestión Urbana las de "Intervenir en la reglamentación del

Código Urbanístico y del Código de Edificación";

Que, asimismo, el precitado Decreto establece entre las responsabilidades primarias

de la Dirección General de Registro de Obras y Catastro, las de "Disponer e informar

en lo relativo a la aplicación del Código de Edificación, las normativas constructivas y

de aquellas normas que lo complementen" y "Proponer la reglamentación técnica

correspondiente al Código de Edificación", entre otras;

Que los Reglamentos técnicos del Código de Edificación comprenden y describen un

conjunto de procedimientos administrativos reglamentarios para la tramitación de

cualquier gestión vinculada a la construcción, a las instalaciones y exigencias

comprendidas en el Código de Edificación, y a las soluciones técnicas admitidas, de

carácter enumerativo y no excluyente, que pueden ser aplicadas por los profesionales

de la construcción, y que satisfacen los parámetros y principios exigidos por el

mencionado Código;

Que por la Resolución N° 83-SSGU/24 se aprobó el Reglamento Técnico del Código

de Edificación que se detalla a continuación como RT-050100-020601-01 - LIMPIEZA

DE CAMPANAS, CONDUCTOS Y AFINES (IF-2024-23944429-GCABA-SSGU) y para

su modificación los siguientes Reglamentos Técnicos RT-050107-020601-09 -

FABRICACION, REPARACION, INSTALACION Y CONTROL DE EXTINTORES Y

EQUIPOS CONTRA INCENDIO (IF-2024-23945143-GCABA-SSGU); RT-050100-

020601-00 - CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LOS EDIFICIOS EN

GENERAL (IF-2024-23943678-GCABA-SSGU); RT-031002-020104-02 -

ADECUACIONES EN EDIFICIOS EXISTENTES SIN INTERVENCIONES (IF-2024-

23944118-GCABA-SSGU); RT-030909-020202-05 - SISTEMAS DE DETECCIÓN Y

ALARMA (IF-2024-23945603-GCABA-SSGU); RT-030909-020202-03

CONDICIONES ESPECÍFICAS DE PROTECCIÓN ACTIVA (IF-2024-25592336-

GCABA-SSGU); y RT-030909-020202-01

DETERMINACIÓN DE LAS

CONDICIONES A CUMPLIR SEGÚN LA ACTIVIDAD (IF-2024-25592246-GCABA-

SSGU);

Que, asimismo, a través de la referida Resolución se derogaron los Reglamentos

Técnicos del Código de Edificación identificados como: RT-050107-020601-09 -

FABRICACION, REPARACION, INSTALACION Y CONTROL DE EXTINTORES Y

EQUIPOS CONTRA INCENDIO (IF-2022-46968218-GCABA-SSGU); RT-050100-

020601-00 - CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LOS EDIFICIOS EN

GENERAL (IF-2021-33940993-GCABA-DGFYCO); RT-031002-020104-02

ADECUACIONES EN EDIFICIOS EXISTENTES SIN INTERVENCIONES (IF-2022-

46967275-GCABA-SSGU); RT-030909-020202-05 - SISTEMAS DE DETECCIÓN Y

ALARMA (IF-2020-30437535-GCABA-SSREGIC); RT-030909-020202-03

CONDICIONES ESPECÍFICAS DE PROTECCIÓN ACTIVA (IF-2023-32030637-

GCABA-SSGU) y RT-030909-020202-01 - DETERMINACIÓN DE LAS CONDICIONES

A CUMPLIR SEGÚN LA ACTIVIDAD (IF-2023-32028590-GCABA-SSGU),

oportunamente aprobados por Resolución Nros. 99-SSREGIC/20, 166-SSGU/23 y

206-SSGU/22;

Que se ha advertido que el aludido Reglamento Técnico del Código de Edificación

identificado como RT-030909-020202-01 - DETERMINACIÓN DE LAS CONDICIONES

A CUMPLIR SEGÚN LA ACTIVIDAD (IF-2024-25592246-GCABA-SSGU) ha omitido

los respectivos gráficos correspondientes a los artículos 2.3 y 3.1, respectivamente;

Que en virtud de lo expuesto, resulta menester emitir el Acto Administrativo que

disponga la modificación del precitado Reglamento técnico y su pertinente derogación.

Por ello, y en virtud de las facultades que le fueron conferidas por los Decretos Nros.

58/19 y 94/24,

LA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN URBANA

RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la modificación del Reglamento Técnico del Código de Edificación

que se detalla a continuación como RT-030909-020202-01 - DETERMINACIÓN DE

LAS CONDICIONES A CUMPLIR SEGÚN LA ACTIVIDAD (IF-2024-27181099-

GCABA-SSGU); y que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Derogar el Reglamento Técnico del Código de Edificación identificado

como RT-030909-020202-01 - DETERMINACIÓN DE LAS CONDICIONES A

CUMPLIR SEGÚN LA ACTIVIDAD (IF-2024-25592246-GCABA-SSGU),

oportunamente aprobado por la Resolución N° 83-SSGU/24.

Artículo 3°.- Establecer que la presente Resolución entrará en vigencia a partir de su

publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro dependientes

de esta Subsecretaría y a las Direcciones Generales Legal y Técnica, Habilitaciones y

Permisos y Fiscalización y Control dependientes de la Agencia Gubernamental de

Control. Cumplido, archívese. Burijson


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6916

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 2° de la Resolución N° 86/SSGU/24 deroga el Reglamento Técnico del Código de Edificación identificado<br />como RT-030909-020202-01 - DETERMINACIÓN DE LAS CONDICIONES A CUMPLIR SEGÚN LA ACTIVIDAD, aprobado por la Resolución N° 83/SSGU/24.</p>
REGLAMENTA
<p>Artículo 1 de la Resolución 86-SSGU/24 aprueba la modificación del Reglamento Técnico del Código de Edificación RT-030909-020202-01 -DETERMINACIÓN DE LAS CONDICIONES A CUMPLIR SEGÚN LA ACTIVIDAD.</p>