RESOLUCIÓN 53 2024 OFICINA DE INTEGRIDAD PUBLICA

Síntesis:

APRUEBA - MANUAL DE PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y GESTIÓN DE DENUNCIAS - OFICINA DE INTEGRIDAD PÚBLICA

Publicación:

26/08/2024

Sanción:

20/08/2024

Organismo:

OFICINA DE INTEGRIDAD PUBLICA


VISTO: La Ley N° 6.357 (texto consolidado por Ley N° 6.588), el Decreto N° 376-

GCABA/22, el Expediente Electrónico N° EX-2024-31143901- -GCABA-OFIP, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 6.357 (texto consolidado por Ley N° 6.588), Régimen de Integridad

Pública, tiene por objeto establecer los principios y deberes éticos, las

incompatibilidades, los mecanismos de gestión y prevención de conflictos de intereses

y las respectivas sanciones por su incumplimiento que rigen la función pública;

Que, el artículo 59 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado por Ley N° 6.588), establece

que el Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder Judicial deberán designar al órgano

que actuará en carácter de Oficina de Integridad Pública, en la órbita de aquel poder

que la designa, la cual ejercerá sus funciones específicas, con independencia técnica,

sin sujeción a directivas, instrucciones ni condiciones que se impartan o establezcan

por sujetos ajenos a su estructura;

Que, el artículo 62 de la citada Ley contempla entre las competencias comunes a

todas las Oficinas de Integridad Pública la "Recibir denuncias por presuntos

incumplimientos a la presente Ley - debiendo preservarse la identidad del

denunciante, salvo consentimiento expreso de revelarla-,y poner en conocimiento de

las autoridades competentes los incumplimientos al presente régimen, a los fines de

que se impulse la instrucción de los sumarios administrativos correspondientes";

Que, a su vez, el artículo 79 de dicha Ley establece dentro de las competencias

específicas de la Oficina de Integridad Pública del Poder Ejecutivo la de "Dictar su

propio reglamento, necesario para el cumplimiento de las normas que rigen las

materias propias de su competencia";

Que en tal sentido, y como parte del reglamento de esta Oficina de Integridad Pública,

corresponde confeccionar un manual que prevea los lineamientos y pautas para la

recepción, registro, análisis, tratamiento y resolución de las denuncias respecto de

posibles faltas administrativas o delitos de corrupción que sean presentadas ante esta

repartición;

Que, consecuentemente, y en el marco de sus competencias, la Gerencia Operativa

Técnica, Administrativa, Legal y de Asuntos Contenciosos confeccionó el "Manual de

Procedimiento para la Recepción y Gestión de Denuncias", el cual obra como informe

N° IF-2024-31214649-GCABA-OFIP;

Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto

administrativo que apruebe el referido Manual.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 6.357 (texto consolidado

por Ley N° 6.588),

EL TITULAR DE LA OFICINA DE INTEGRIDAD PÚBLICA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el "Manual de Procedimiento para la Recepción y Gestión de

Denuncias" de esta Oficina de Integridad Pública, el cual, como Anexo I (IF-2024-

31214649-GCABA-OFIP), forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la

página web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la

máxima autoridad y a los enlaces de integridad de cada jurisdicción del Poder

Ejecutivo de esta Ciudad, y a las Oficinas de Integridad Pública de los Poderes

Legislativo y Judicial de esta Ciudad, y para su conocimiento y demás efectos,

remítase a la Gerencia Operativa Técnica, Administrativa, Legal y de Asuntos

Contenciosos de esta Oficina. Cumplido, archívese. Moro


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6943

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículo 1°  de la Resolucion 11-OFIPP-25 aprueba criterios de significación para la admisión y tramitación de<br />denuncias recepcionadas en el marco del Régimen de Integridad Pública del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Resolución 53-OFIP/24</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 53/OFIP/24 aprueba el Manual de Procedimiento para la Recepción y Gestión de Denuncias de la Oficina de Integridad Pública,</p>