RESOLUCIÓN 53 2024 OFICINA DE INTEGRIDAD PUBLICA
Síntesis:
APRUEBA - MANUAL DE PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN Y GESTIÓN DE DENUNCIAS - OFICINA DE INTEGRIDAD PÚBLICA
Publicación:
26/08/2024
Sanción:
20/08/2024
Organismo:
OFICINA DE INTEGRIDAD PUBLICA
VISTO: La Ley N° 6.357 (texto consolidado por Ley N° 6.588), el Decreto N° 376-
GCABA/22, el Expediente Electrónico N° EX-2024-31143901- -GCABA-OFIP, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 6.357 (texto consolidado por Ley N° 6.588), Régimen de Integridad
Pública, tiene por objeto establecer los principios y deberes éticos, las
incompatibilidades, los mecanismos de gestión y prevención de conflictos de intereses
y las respectivas sanciones por su incumplimiento que rigen la función pública;
Que, el artículo 59 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado por Ley N° 6.588), establece
que el Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder Judicial deberán designar al órgano
que actuará en carácter de Oficina de Integridad Pública, en la órbita de aquel poder
que la designa, la cual ejercerá sus funciones específicas, con independencia técnica,
sin sujeción a directivas, instrucciones ni condiciones que se impartan o establezcan
por sujetos ajenos a su estructura;
Que, el artículo 62 de la citada Ley contempla entre las competencias comunes a
todas las Oficinas de Integridad Pública la "Recibir denuncias por presuntos
incumplimientos a la presente Ley - debiendo preservarse la identidad del
denunciante, salvo consentimiento expreso de revelarla-,y poner en conocimiento de
las autoridades competentes los incumplimientos al presente régimen, a los fines de
que se impulse la instrucción de los sumarios administrativos correspondientes";
Que, a su vez, el artículo 79 de dicha Ley establece dentro de las competencias
específicas de la Oficina de Integridad Pública del Poder Ejecutivo la de "Dictar su
propio reglamento, necesario para el cumplimiento de las normas que rigen las
materias propias de su competencia";
Que en tal sentido, y como parte del reglamento de esta Oficina de Integridad Pública,
corresponde confeccionar un manual que prevea los lineamientos y pautas para la
recepción, registro, análisis, tratamiento y resolución de las denuncias respecto de
posibles faltas administrativas o delitos de corrupción que sean presentadas ante esta
repartición;
Que, consecuentemente, y en el marco de sus competencias, la Gerencia Operativa
Técnica, Administrativa, Legal y de Asuntos Contenciosos confeccionó el "Manual de
Procedimiento para la Recepción y Gestión de Denuncias", el cual obra como informe
N° IF-2024-31214649-GCABA-OFIP;
Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo que apruebe el referido Manual.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 6.357 (texto consolidado
por Ley N° 6.588),
Artículo 1°.- Aprobar el "Manual de Procedimiento para la Recepción y Gestión de
Denuncias" de esta Oficina de Integridad Pública, el cual, como Anexo I (IF-2024-
31214649-GCABA-OFIP), forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la
página web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la
máxima autoridad y a los enlaces de integridad de cada jurisdicción del Poder
Ejecutivo de esta Ciudad, y a las Oficinas de Integridad Pública de los Poderes
Legislativo y Judicial de esta Ciudad, y para su conocimiento y demás efectos,
remítase a la Gerencia Operativa Técnica, Administrativa, Legal y de Asuntos
Contenciosos de esta Oficina. Cumplido, archívese. Moro