RESOLUCIÓN 493 2024 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO

Síntesis:

AUTORIZA - CREACIÓN - PROGRAMA - IMPULSÁ TU TALENTO -  DIRECCIÓN GENERAL ESTRATEGIA PRODUCTIVA Y REGÍMENES DE PROMOCIÓN - SUBSECRETARÍA DE INVERSIONES - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO - FORMACIÓN - EMPLEADOS DE EMPRESAS RADICADAS - CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - INSCRIPTAS - REGISTRO ÚNICO DE DISTRITOS ECONÓMICOS - DISTRITOS AUDIOVISUAL - AUDIOVISUAL - ARTES - DISEÑO Y TECNOLÓGICO - ACTIVIDADES ESTRATÉGICAS VINCULADAS CON LA TECNOLOGÍA Y LA INFORMACIÓN

Publicación:

03/09/2024

Sanción:

29/08/2024

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO


VISTO: Las Leyes N° 2.972, N° 3876, N° 4761, N° 6390, N° 6391, N° 6392 y N° 6684,

los Decretos N° 578-GCABA/16, N° 112-GCABA/17, N° 107-GCABA/21, N° 387-

GCABA/23 y sus modificatorios, N° 156-GCABA/24 y N° 188-GCABA/24, el

Expediente Electrónico N° EX-2024-27320263-GCABA-DGEPRP, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 6684 contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires al Ministerio de Desarrollo Económico, entre cuyas

funciones se encuentran las de "Entender y diseñar políticas tendientes a promocionar

el desarrollo económico integral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y fomentar la

actividad productiva y sustentable en áreas estratégicas...";

Que, asimismo, el art. 14 de la Ley indicada establece que los Ministros podrán

delegar la resolución de asuntos relativos al régimen económico y administrativo de

sus respectivas áreas en los funcionarios que determinen, conforme con su

organización;

Que la Ley N° 3876 creó el Régimen de Promoción de la Actividad Audiovisual, como

actividad productiva de transformación, asimilable a la actividad industrial, dentro del

territorio denominado Distrito Audiovisual de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Ley N° 6390 creó el Distrito Audiovisual y de las Artes de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, con el objeto de promocionar el desarrollo económico de la actividad

audiovisual y artística en esta Ciudad, fomentar el crecimiento de su infraestructura y

el desarrollo territorial del mismo;

Que mediante Ley N° 6391 se creó el Régimen de Promoción de las Actividades de

Diseño en el Distrito de Diseño de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -creado por

Ley N° 4761- con el objeto de promocionar el desarrollo económico de la actividad de

diseño en esta Ciudad, del fomento del crecimiento de su infraestructura, del

desarrollo gastronómico y territorial de esa área geográfica de la Ciudad;

Que la Ley N° 6392 creó el Régimen de Promoción de las Tecnologías de la

Información y de las Comunicaciones en el Distrito Tecnológico de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires -creado por Ley N° 2972-, con el objeto de promover el

desarrollo económico de esa área geográfica de la Ciudad mediante el otorgamiento

de beneficios impositivos a quienes desarrollen en dicho polígono actividades

pertenecientes al campo de las tecnologías de la información y de las comunicaciones

(TICs);

Que las leyes mencionadas determinan como autoridad de aplicación al Ministerio de

Desarrollo Económico;

Que el Decreto N° 387-GCABA/23 aprobó la estructura orgánico funcional dependiente

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, dentro de

la misma, la del Ministerio de Desarrollo Económico;

Que, posteriormente, los Decretos N° 156-GCABA/24 y N° 188-GCABA/24 modificaron

el citado Decreto y establecieron que corresponde a la Subsecretaría de Inversiones

"Impulsar y coordinar el Plan de Desarrollo Económico de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, en articulación con las áreas competentes... Promover políticas,

programas... para el desarrollo y crecimiento de sectores económicos estratégicos

para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Propiciar la suscripción de convenios con

otras jurisdicciones, gobiernos, organizaciones de la sociedad civil, organismos e

instituciones nacionales e internacionales, públicas o privadas, para el diseño de las

políticas de la Subsecretaría... Diseñar y conducir la planificación estratégica de los

regímenes de promoción en los que el Ministerio resulte autoridad de aplicación";

Que, en el mismo marco, corresponde a la Dirección General Estrategia Productiva y

Regímenes de Promoción de la citada Subsecretaría "Identificar sectores económicos

estratégicos para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y definir, de manera integral y

coordinada, programas y líneas de acción que fomenten su desarrollo y consolidación

en coordinación con las áreas de Gobierno que apliquen políticas sectoriales...

Administrar e implementar los programas y regímenes de promoción de actividades

estratégicas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires... Contribuir en el

armado y diseño de nuevas políticas públicas, proyectos de ley y convenios para el

fomento de la actividad productiva en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en

coordinación con las áreas competentes", entre otras competencias;

Que, por otro lado, mediante el Decreto N° 578-GCABA/16 se estableció que el titular

de la Vicejefatura de Gobierno, los Ministros, Secretarios y Subsecretarios del Poder

Ejecutivo aprueban los Programas de Gestión, y que éstos pueden prever la entrega

de subsidios, becas y premios;

Que, asimismo, el Decreto N° 112-GCABA/17, establece que el/la Vicejefe/a de

Gobierno, los Ministros, Secretarios y Subsecretarios del Poder Ejecutivo, en el ámbito

de sus respectivas competencias, suscriben los convenios con entes públicos no

estatales internacionales, interjurisdiccionales, nacionales, provinciales, municipales y

con entes privados nacionales, internacionales e interjurisdiccionales, cuyos objetos

tengan por fin el cumplimiento de cometidos estatales específicos a sus áreas de

competencia;

Que, en consecuencia, la Subsecretaría de Inversiones, mediante Informe N° IF-2024-

28115520-GCABA-SSIN, manifiesta que se visualiza la necesidad de recursos

humanos capacitados entorno a diversas actividades que se llevan a cabo en la

Ciudad, cuya labor tiene el potencial de impactar directamente en la generación de

bienes y servicios de calidad, en la innovación y consecuente mejora de los procesos,

en el aumento de la eficiencia, la disminución de los costos y el impulso de las

exportaciones;

Que resulta fundamental atender a las necesidades actuales de la industria, razón por

la cual se propicia la aprobación del Programa denominado "Impulsá Tu Talento" que

busca consolidar la competitividad y productividad de diversos sectores productivos de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el objetivo principal es fomentar la formación de los empleados de las empresas

inscriptas en los regímenes de promoción de los Distritos Audiovisual, Audiovisual y de

las Artes, de Diseño y Tecnológico del Registro Único de Distritos Económicos como

beneficiarias, o de aquellas que sin encontrarse inscriptas en dicho Registro- se

encuentren radicadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y realicen actividades

estratégicas vinculadas con la tecnología y la información;

Que, a través del mencionado Programa, se convoca a todas aquellas instituciones del

sector educativo o afines que ofrezcan programas formativos, carreras de grado,

posgrado, capacitaciones, cursos y/o talleres relativos a las actividades de diseño,

audiovisual, artística, de las tecnologías de la información y de las comunicaciones

(TICs) o vinculadas con actividades consideradas estratégicas como la industria

tecnológica, de servicios informáticos o de productos de software en sus diversas

formas, como así también cursos de idiomas;

Que las instituciones educativas participantes serán las únicas responsables de la

admisión de los estudiantes y del desarrollo de las propuestas presentadas;

Que, por último, se destaca que el mentado programa no implica erogación

presupuestaria para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, asimismo, previo a la suscripción del presente ha tomado intervención la

Gerencia Operativa Legal de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal

dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico, indicando que no existe óbice

para su dictado.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 6.684 y los Decretos N°

578-GCABA/16 y N° 387-GCABA/23 y modificatorios,

EL MINISTRO DE DESARROLLO ECONÓMICO

RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar la creación del programa denominado "Impulsá Tu Talento", en

el ámbito de la Dirección General Estrategia Productiva y Regímenes de Promoción

dependiente de la Subsecretaría de Inversiones del Ministerio de Desarrollo

Económico, con el objetivo de potenciar la formación de los empleados de empresas

radicadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que se encuentren inscriptas en el

Registro Único de Distritos Económicos en los Distritos Audiovisual, Audiovisual y de

las Artes, de Diseño y Tecnológico, o que realicen actividades consideradas

estratégicas vinculadas con la tecnología y la información.

Artículo 2°.- Aprobar el Anexo I "Bases y Condiciones" (IF-2024-27335864-GCABA-

DGEPRP), el modelo de convenio a suscribir con las Instituciones (IF-2024-27336085-

GCABA-DGEPRP) y el Anexo II "Formulario de Inscripción" (IF-2024-27335999-

GCABA-DGEPRP) que a todos sus efectos forman parte integrante de la presente

Resolución.

Artículo 3°.- Convocar a instituciones educativas o afines interesadas en participar del

programa "Impulsá Tu Talento", las cuales deberán inscribirse a través del "Anexo II

Formulario de Inscripción" y enviarlo por correo electrónico a la dirección

vinculación.mdecgc@buenosaires.gob.ar, expresando la clase, el tipo y el plazo de

beneficios dispuestos a otorgar, desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de

la presente Resolución hasta las 23.59 horas del día 30 de junio de 2025.

Artículo 4°.- Designar a la Dirección General Estrategia Productiva y Regímenes de

Promoción, o a quien en el futuro la reemplace, como Autoridad de Aplicación del

Programa creado en el artículo 1°.

Artículo 5°.- Facultar a la Subsecretaría de Inversiones a dictar las normas

instrumentales, interpretativas, complementarias y todo acto administrativo que fuera

menester para la implementación de la convocatoria y la resolución de las cuestiones

no contempladas en el Anexo I, así como a suscribir los convenios en el marco del

aludido programa.

Artículo 6°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comunicar a la Subsecretaría de Inversiones y a la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal de este Ministerio. Cumplido lo mencionado, archivar en la

repartición de origen. García Moritán


ANEXOS

ANEXOI

ANEXOII

ANEXOIII

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 493/MDECGC/24 autoriza la creación del programa denominado Impulsá Tu Talento, en<br />el marco de la Ley 6392.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 493/MDECGC/24 autoriza la creación del programa denominado Impulsá Tu Talento, en el marco de la Ley 6391.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 493/MDECGC/24 autoriza la creación del programa denominado Impulsá Tu Talento, en<br />el marco de la Ley 6390.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 493/MDECGC/24 autoriza la creación del programa denominado Impulsá Tu Talento, en el marco de la Ley 3876.</p>