RESOLUCIÓN 2185 2024 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

MODIFICA - RESOLUCIÓN N° 3099-MEDGC/21 - PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN DE PROYECTOS  - DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIONES N° 7-SSAALV/21 Y N° 26-SSAALV/23 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - CREACIÓN DE LA COMISIÓN EVALUADORA DE LA OFERTA EDUCATIVA DE NIVEL SUPERIOR TÉCNICO PROFESIONAL - SOCIO-HUMANÍSTICO Y ARTÍSTICO - FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL Y CONTINUA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Publicación:

05/09/2024

Sanción:

28/08/2024

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION

Estado:

No vigente


VISTO: La Ley 6684, el Decreto 387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones 3099-

MEDGC/21, 7-SSAALV/21 y su modificatoria 26-SSAALV/23, el Expediente

Electrónico 31255550-GCABA-DGAHPEF/24, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 6684 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que el Jefe de

Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las

facultades y responsabilidades que le confiere dicha ley;

Que en el marco de la precitada norma, le corresponde al Ministerio de Educación

diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que

conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo

individual y social; así como planificar y administrar los recursos del sistema educativo

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por el Decreto 387/23, y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Ministerio de Educación, contemplando a la Dirección General Agencia

de Habilidades para el Futuro;

Que la mencionada Dirección General, tiene entre sus responsabilidades primarias, la

de diseñar, implementar y evaluar políticas, programas y ofertas educativas de

aprendizaje permanente, que incluyan las de educación técnico superior, educación no

formal, formación profesional, educación de nivel secundario integrada a la formación

profesional y educación vocacional, a fin de fortalecer las condiciones de

empleabilidad de adolescentes, jóvenes y adultos, como así también la de Impulsar el

diseño, la actualización y la evaluación de la oferta de alternativas formativas de

aprendizaje permanente, en función a las necesidades productivas de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que, asimismo, dicha Dirección General tiene la responsabilidad primaria de coordinar

y supervisar la Comisión Evaluadora para el análisis de la oferta educativa de nivel

superior técnico profesional, socio humanístico y artístico, y de formación profesional

inicial y continua, de gestión estatal y privada;

Que oportunamente, mediante la Resolución 3099-MEDGC/21 se creó la "Comisión

Evaluadora para la evaluación de Planes de Estudio de nivel superior técnico

profesional, socio humanístico y artístico, y de formación profesional inicial y continua",

bajo la órbita de la entonces Subsecretaría Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la

Vida, para su implementación en establecimientos educativos de gestión estatal y de

gestión privada, cuya integración y funciones se detallan en el Anexo I de la misma;

Que, asimismo, por el Artículo 2 de la mencionada Resolución, se aprobó el

"Procedimiento para la tramitación y aprobación de planes de estudio de nivel superior

técnico profesional, socio humanístico y artístico, y de formación profesional inicial y

continua de gestión estatal y de gestión privada", de conformidad con lo detallado en el

Anexo II de la misma;

Que el mentado acto faculta a la entonces Subsecretaría Agencia de Aprendizaje a lo

Largo de la Vida a dictar las normas modificatorias, complementarias y/o ampliatorias,

que sean necesarias para la implementación y regulación de dicha norma;

Que posteriormente, por Resolución 7-SSAALV/21, se aprobó el Reglamento de

Funcionamiento de la referida Comisión Evaluadora y las Guías de Trabajo para la

Elaboración de Proyectos de Planes de Estudio de Formación Continua en la

Educación Superior Artística, de Educación Socio-humanística y Artística, de

Educación Técnico Profesional, de Formación Profesional Continua, y de Educación

Superior Socio-humanística, todos de gestión estatal y de gestión privada, de

conformidad con los Anexos II a VI , respectivamente;

Que ulteriormente, mediante Resolución 26-SSAALV/23, se modificó la Resolución 7-

SSAALV/21, introduciendo variaciones con el fin de ordenar y facilitar el accionar y

funcionamiento de la referida Comisión Evaluadora, a la vez que se aprobó la "Guía de

Trabajo para la presentación de Proyectos de Planes de Estudio de Formación

Profesional Inicial de la Educación Técnico Profesional de gestión estatal", como

Anexo VII (IF-2023-41832031-GCABA-DGEEDU), de la misma;

Que en el marco de las competencias que le son propias, la Dirección General

Agencia de Habilidades para el Futuro, considera necesario y oportuno, modificar los

términos y alcances de la Resolución 3099-MEDGC/21, a fin de que la Comisión

Evaluadora que por dicha norma se crea, evalúe la oferta educativa vinculada al nivel

superior técnico profesional, socio humanístico y artístico, y de la formación

profesional continua, de gestión estatal y privada;

Que en consecuencia, y en virtud de la nueva estructura de este Ministerio, la

mencionada Dirección General considera pertinente establecer la composición y

funciones de la referida Comisión Evaluadora, de conformidad con lo detallado en el

Anexo I (IF-2024-31864535-GCABA-DGAHPEF);

Que igualmente, resulta menester sustituir el Anexo II de la Resolución 3099-

MEDGC/21, por el Anexo II (IF-2024-31866495-GCABA-DGAHPEF), a fin de

establecer un nuevo procedimiento para la evaluación de proyectos de la oferta

educativa alcanzada en el marco de la citada Comisión Evaluadora;

Que, en atención a las modificaciones promovidas, es necesario dejar sin efecto las

Resoluciones 7-SSAALV/21 y 26-SSAALV/23;

Que atento ello, corresponde el dictado del acto administrativo pertinente, en el sentido

precedentemente expuesto;

Que la propuesta propiciada no implica mayor erogación presupuestaria;

Que las Subsecretarías Planeamiento e Innovación Educativa y Gestión del

Aprendizaje, y las Direcciones Generales Agencia de Habilidades para el Futuro y de

Educación de Gestión Privada, han brindado su conformidad en los presentes;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Modificar el Artículo 1° de la Resolución 3099-MEDGC/21, el que quedará

redactado de la siguiente manera: "Crear la 'Comisión Evaluadora de la oferta

educativa de nivel superior Técnico Profesional, Socio-Humanístico y Artístico, y de

Formación Profesional Inicial y Continua', de gestión estatal y privada, bajo la órbita de

la Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro, o la que a futuro

reemplace, de acuerdo con la conformación y funciones detalladas en el Anexo I (IF-

2024-31864535-GCABA-DGAHPEF), el que a todos sus efectos forma parte integrante

de la presente Resolución".

Artículo 2°.- Sustituir el Anexo II de la Resolución 3099-MEDGC/21, por el Anexo II (IF-

2024-31866495-GCABA-DGAHPEF) denominado "Procedimiento para la Evaluación

de Proyectos" el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente

Resolución.

Artículo 3°.- Dejar sin efecto las Resoluciones 7-SSAALV/21 y 26-SSAALV/23.

Artículo 4°.- Facultar a la Dirección General Agencia de Habilidades para el Futuro y/o

la que a futuro reemplace, al dictado de las normas modificatorias, complementarias

y/o ampliatorias, que sean necesarias para el funcionamiento y desarrollo de la

Comisión Evaluadora creada por el Artículo 1° de la Resolución 3099-MEDGC/21, así

como la aprobación de los instrumentos de elaboración y de presentación de

proyectos para cada tipo de propuesta formativa.

Artículo 5°.- Establecer que los proyectos de ofertas educativas ingresados a la

Comisión Evaluadora en cuestión, con anterioridad a la entrada en vigencia de la

presente Resolución, se regirán por la normativa vigente al momento de su

presentación.

Artículo 6°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa, a las Direcciones Generales

Agencia de Habilidades para el Futuro y de Educación de Gestión Privada; a las

Direcciones de Educación Artística, Escuelas Normales Superiores y de Educación

Técnica Superior y a las Gerencias Operativas de Análisis, Diseño y Actualización

Institucional de la Educación Técnico Profesional, de Formación para el Trabajo y el

Empleo y de Educación para el Desarrollo y la Inclusión Laboral, todas dependientes

de este Ministerio, y a la Dirección General de Enseñanza Artística, dependiente del

Ministerio de Cultura, a la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo

Profesional del Ministerio de Salud y al Ministerio de Seguridad. Cumplido, archivar.

Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6951- ANEXO I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6951- ANEXO II

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 2185-MEDGC/24 modifica el artículo 1° de la Resolución 3099-MEDGC/21.</p><p>Artículo 2° sustituye el Anexo II.</p>
DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolucion 891-MEDGC -25 deroga la Resolucion 2185-GCABA-MEDGC/24 </p>
DEROGA
<p>Artículo 3° de la Resolución N° 2185-MEDGC/24 deja sin efecto la Resolución N° 26-SSAALV/23.</p>
DEROGA
<p>Artículo 3° de la Resolución N° 2185-MEDGC/24 deja sin efecto la Resolución N° 7-SSAALV/21.</p>