RESOLUCIÓN 160 2024 SUBSECRETARIA DE HACIENDA

Síntesis:

APRUEBA - PROCEDIMIENTO DE DETERMINACIÓN Y RECAUDACIÓN DEL DERECHO PARA EL DESARROLLO URBANO Y HÁBITAT SUSTENTABLE - ARTÍCULO 503 DEL CÓDIGO FISCAL - SUBSECRETARÍA DE HACIENDA

Publicación:

16/10/2024

Sanción:

10/10/2024

Organismo:

SUBSECRETARIA DE HACIENDA


VISTO: El Código Fiscal (Ley N° 6.710, t.o. 2023), la Ley N° 6.711, las Resoluciones

Nros. 1886-MHFGC/21, 1886-MHFGC/21, 1442-MHFGC/22, 2308-MHFGC/22, 218-

SSGU/22 y 93-SSGU/23, el Expediente Electrónico N° EX-2024-38689806-GCABA-

SSHA; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Código Fiscal vigente para el año 2024 (Ley N° 6.710, t.o. 2023), establece en

el Art. 500 el hecho imponible que configura el derecho para el Desarrollo Urbano y el

Hábitat Sustentable. Por su parte el Art. 503 determina que los contribuyentes y demás

responsables deben abonar tal derecho en la forma, lugar y tiempo que determine el

Ministerio de Hacienda y Finanzas. Asimismo, prevé que la verificación de la

liquidación y de la percepción del pago del referido derecho se encuentra a cargo de la

Dirección General Registro de Obras y Catastro o el organismo que en el futuro la

reemplace.

Que, oportunamente, por las Resoluciones N° 1886-MHFGC/21 y sus modificatorias

Nros. 1442-MHFGC/22 y 2308-MHFGC/22 se determinaron los diversos momentos de

pago de los Derechos de Delineación y Construcción, los Derechos para el Desarrollo

Urbano y el Hábitat Sustentable y el Impuesto a la Generación de Residuos Áridos y

Afines;

Que, por Resolución N° 218-SSGU/22 se aprobó el procedimiento de determinación y

recaudación del Derecho de Construcción Sustentable y del Derecho para el

Desarrollo Urbano y Hábitat Sustentable, de acuerdo a los Artículos 498, 501 y 502 del

Código Fiscal, aprobado por Ley N° 6.592, conforme el Anexo I (IF-2022-48375298-

GCABA-SSGU) que forma parte integrante de la misma;

Que, por Resolución N° 93-SSGU/23 se aprobó el procedimiento de determinación y

recaudación del Derecho de Construcción Sustentable y del Derecho para el

Desarrollo Urbano y Hábitat Sustentable, de acuerdo a los Artículos 498, 501 y 502 del

Código Fiscal, conforme el Anexo I (IF-2023-21204593-GCABA-SSGU), en razón del

Código Fiscal (texto ordenado según Decreto N° 70/23), la Ley N° 6.593 y su

modificatoria N° 6.643;

Que, la Subsecretaría de Gestión Urbana, mediante IF-2024-38685939-GCABA-

SSGU, remitió una propuesta para reglamentar el Derecho para el Desarrollo Urbano y

el Hábitat Sustentable.

Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 503 del Código

Fiscal,

EL SUBSECRETARIO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el procedimiento de determinación y recaudación del Derecho

para el Desarrollo Urbano y Hábitat Sustentable, de acuerdo al Artículo 503 del Código

Fiscal, conforme el Anexo I (IF-2024-38685939-GCABA-SSGU) que forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

comuníquese a las Direcciones Generales de la Oficina de Gestión Pública y

Presupuesto, de Contaduría, de Tesorería y al Banco de la Ciudad de Buenos Aires.

Remítase a la Dirección General Registro de Obras y Catastro para su conocimiento y

demás efectos. Cumplido, archívese. Kölliker Frers


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6979

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 160-SSHA/24 aprueba el procedimiento de determinación y recaudación del Derecho para el Desarrollo Urbano y Hábitat Sustentable, de acuerdo al Artículo 503 del Código Fiscal aprobado por la Ley N° 6505 (T.O 2023, Decreto N° 70/23).</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 160-SSHA/24 aprueba el procedimiento de determinación y recaudación del Derecho para el Desarrollo Urbano y Hábitat Sustentable, de acuerdo al Artículo 503 del Código Fiscal aprobado por la Ley N° 6505 (T.O 2023, Decreto N° 70/23).</p>