RESOLUCIÓN 1 2025 SECRETARIA DE INNOVACION Y TRANSFORMACION DIGITAL

Síntesis:

APRUEBA BAJA - INVENTARIO ÚNICO DE TRÁMITES -IUT- DISPOSICIÓN VENTANILLA ESTUDIO URBANO -  SUPERVIVENCIA BENEFICIARIO - MINISTERIO DE CULTURA -SECRETARIA DE INNOVACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL

Publicación:

27/01/2025

Sanción:

20/01/2025

Organismo:

SECRETARIA DE INNOVACION Y TRANSFORMACION DIGITAL


VISTO: Las Leyes Nros 3.304 y 6.684 (texto consolidado por Ley N° 6.764), los

Decretos Nros. 118/22 y 387/23 y sus modificatorios, la Resolución Conjunta N° 1-

SECITD/22, la Resolución N° 70-SECITD/22, el Expediente Electrónico N° 35305164-

GCABA-DGTALMC/24, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 3.304 estableció el "Plan de Modernización de la Administración Pública

del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires" a fin de encarar un proceso de

modernización administrativa;

Que el artículo 3° de la mencionada Ley establece que la Jefatura de Gabinete de

Ministros es la autoridad de aplicación;

Que el artículo 1° del Decreto N° 118/22 estableció un Modelo de Gobernanza de los

Datos y un Sistema de Interoperabilidad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

que interconecte los sistemas de información de todas las áreas de gobierno para

garantizar el intercambio de datos de manera segura, transparente y confidencial;

Que mediante artículo 7° del Decreto aludido, se creó el Inventario Único de Trámites

(IUT), dentro del Módulo Registro de Legajo Multipropósito (RLM) del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos (SADE), estableciendo por artículo 8° que

el mismo será implementado y organizado por la Secretaría de Innovación y

Transformación Digital, o el organismo que en el futuro la reemplace, de la Jefatura de

Gabinete de Ministros;

Que, de la misma manera, se estableció que todas las reparticiones deberán informar

los trámites que tengan en su órbita, a fin de incorporarlos al mencionado Inventario en

las formas, plazos y condiciones que determine la Secretaría de Innovación y

Transformación Digital para asegurar su vigencia;

Que el Inventario Único de Trámites (IUT) consolida todos los trámites vigentes del

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de acuerdo a lo declarado por cada

repartición;

Que, mediante la Resolución N° 70-SECITD/22, se aprobó el "Reglamento Operativo

del Inventario Único de Trámites (ROIUT)";

Que el artículo 3° de la mentada Resolución encomendó a la Dirección General de

Eficiencia Administrativa la gestión de todas las acciones necesarias para dar

cumplimiento al "Reglamento Operativo del Inventario Único de Trámites (ROIUT)";

Que, en el marco de ello, por medio de la Resolución Conjunta N° 1-SECITD/22 se

aprobó el Anexo I, estableciendo el "Procedimiento para la incorporación de nuevo

trámite o modificación de uno existente en el Inventario Único de Trámites (IUT)";

Que la misma norma, establece que el área responsable deberá pasar por el control

interno del área competente en la materia, la cual confeccionará un informe con las

recomendaciones pertinentes y un informe evaluatorio para la incorporación del nuevo

trámite;

Que por la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires contemplando a la Jefatura de Gabinete de Ministros y al

Ministerio de Cultura;

Que por el Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando

a la Secretaría de Innovación y Transformación Digital dependiente de la Jefatura de

Gabinete de Ministros, y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del

Ministerio de Cultura;

Que el mencionado Decreto establece, entre las responsabilidades primarias de la

Secretaría de Innovación y Transformación Digital, las de fomentar el diseño ágil de

procesos, la digitalización y la coordinación de las políticas de transformación de la

gestión administrativa dentro del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

incentivando la incorporación de nuevas metodologías de trabajo, el uso de

herramientas y sistemas digitales y la optimización de los procesos; intervenir en el

diseño y coordinación de las políticas de transformación y modernización en las

distintas áreas de gobierno y la propuesta de las normas en la materia; supervisar el

diseño de procesos y asistir en esta materia a todas las áreas del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires que lo requieran y supervisar la implementación de

las iniciativas de modernización, relativas a la gestión y modernización administrativa y

tecnológica, procesos y servicios al ciudadano;

Que, a su vez, el Decreto establece, entre las responsabilidades primarias de la

Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura, las de

"Implementar acciones coordinadas de apoyo para lograr efectividad en la gestión

administrativa, de registros y sistematización de datos, y de los recursos humanos de

todas las unidades orgánicas que se encuentran en la órbita del Ministerio de Cultura";

Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura ha

tomado la intervención de su competencia;

Que, en atención a lo expuesto, resulta necesario el dictado del acto administrativo

pertinente en virtud de lo dispuesto por el artículo 9° del Anexo I de la Resolución

Conjunta N° 1-SECITD/22.

Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE CULTURA

Y EL SECRETARIO DE INNOVACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Aprobar la Baja en el Inventario Único de Trámites (IUT), de los trámites

mencionados en el IF-2024-45633393-GCABA-DGTALMC, que pasa a formar parte de

la presente Resolución de Firma Conjunta.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese a la Dirección General de Eficiencia Administrativa, a fin de proceder a

la carga en el Inventario Único de Trámites (IUT) de las Bajas de los Trámites

mencionados en el artículo 1°. Cumplido, archívese. Ricardes - Piola


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7046

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1 y Anexo de la Resolución 1-SECITD/25 aprueba la Baja en el Inventario Único de Trámites (IUT) del trámite Supervivencia Beneficiario en el marco de la Resolución 2416-MCGC/09 modificada por Resolución 1275-MCGC/10.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1 y Anexo de la Resolución 1-SECITD/25 aprueba la Baja en el Inventario Único de Trámites (IUT) del  trámite  Disposición Ventanilla Estudio Urbano, en el marco de la Resolución 2651 - MCGC/22.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolucion 1-SECITD-25 aprueba la Baja en el Inventario Único de Trámites (IUT), de los trámites -Disposicion Ventanilla Estudio Urbano y Supervivencia Beneficiario, en el marco de la Resolución 70-SECITD/22.</p>