RESOLUCIÓN 1 2005 SECRETARIA DE DESCENTRALIZACION Y PARTICIPACION CIUDADANA

Síntesis:

APRUEBA LAS PAUTAS DE FUNCIONAMIENTO Y EL MARCO REGULATORIO Y METODOLOGÍA OPERATIVA PARA LA GESTIÓN DEL SERVICIO REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS EN LOS CGP - REGISTRO CIVIL.

Publicación:

06/10/2005

Sanción:

27/09/2005

Organismo:

SECRETARIA DE DESCENTRALIZACION Y PARTICIPACION CIUDADANA


Visto los Decretos Nros. 2.696/03 (B.O.C.B.A. N° 1836), 327/04, y 92/05 (B.O.C.B.A. N° 2116), y,

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo dispuesto por el Decreto N° 2.696/03, se modifica la Estructura Organizativa del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creándose la Secretaría de Descentralización y Participación Ciudadana;

Que mediante el Decreto N° 327/04, se modifican los objetivos de la Secretaría de Descentralización y Participación Ciudadana y la responsabilidad primaria de sus áreas dependientes, transfiriendo los F/N Dirección General Centro de Gestión y Participación (1 a 16) a la dependencia directa de la antedicha Secretaría;

Que por el Decreto N° 92/05 se transfirió la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas a la Subsecretaría de Justicia y Trabajo, Área Jefe de Gobierno, conservando su responsabilidad primaria, presupuesto, personal y patrimonio;

Que entre los objetivos de la Secretaría de Descentralización y Participación Ciudadana cabe destacar el de participar en el proceso de descentralización de funciones del Poder Ejecutivo y el de suscribir acuerdos de gestión con las áreas de Gobierno, comprometiendo a los Centros de Gestión y Participación;

Que entre las acciones prioritarias de los Centros de Gestión y Participación se destacan las de brindar el apoyo necesario para la prestación de servicios a cargo de otras dependencias en su sede, propendiendo a su optimización y a la unificación de criterios de gestión;

Que por otra parte, entre los objetivos y responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Justicia y Trabajo y de la Dirección General de Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas se encuentra administrar en jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires el Registro del Estado Civil y Capacidad de la Personas;

Que es necesario implementar mecanismos que permitan satisfacer las demandas de los ciudadanos y optimizar así la prestación de servicios, eliminando las deficiencias que se observan en el accionar cotidiano;

Que es pertinente articular acciones entre la Secretaría de Descentralización y Participación Ciudadana y la Subsecretaría de Justicia y Trabajo, tendientes a establecer un acuerdo de gestión entre ambas que permita a las delegaciones del Registro del Estado Civil y Capacidad de la Personas con asiento en los Centros de Gestión y Participación incrementar la capacidad de gestión y atención a los vecinos;

Por ello, en uso de las atribuciones que les son propias,

EL SECRETARIO DE DESCENTRALIZACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y EL SUBSECRETARIO

DE JUSTICIA Y TRABAJO

RESUELVEN:

Artículo1° - Apruébanse las pautas de funcionamiento y el marco regulatorio y metodología operativa para la gestión del servicio desconcentrado Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, en los F/N Dirección General Centro de Gestión y Participación (1 a 16), dependientes de la Secretaría de Descentralización y Participación Ciudadana, el que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2° - Establécese que el desarrollo de las actividades y tareas previstas en el Anexo I, serán evaluadas y sujetas a los ajustes y modificaciones que las partes intervinientes consideren oportuno efectuar.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento, notificación y demás fines remítase a la Secretaría de Descentralización y Participación Ciudadana, a la Subsecretaría de Justicia y Trabajo , a los F/N Dirección General Centros de Gestión y Participación (1 a 16) y a la Dirección General de Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas. Cumplido, archívese.


ANEXOS

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REGLAMENTA
Res. 1-SDYPC-SSTYJ-05 Reglamenta el Servicio del Registro Civil en los CGPs 1 a 16, servicio aprobado por Art. 2 y Anexo I del Dto. 1958-98
REGLAMENTA
Res. 1-SDYPC-SSTYJ-05 Reglamenta el Servicio del Registro Civil en los CGP 1; 2N; 2S; 4; 5; 6; 8; 9; 10; 11; 12; 14E y 14O estructura aprobada por Dec. 2237-99
DESIGNADA POR
Res. 2-SDYPC-SSJYT-05 Designa para cumplir funciones de Coordi. Operativa en el marco de la Res. 1- SDYPC- SSJYT-05