DECRETO 4 2025 SUBSECRETARIA GESTION URBANA
Síntesis:
REGLAMENTOS TÉCNICOS - CÓDIGO DE EDIFICACIÓN - SUBSECRETARIA DE GESTION URBANA - EDIFICIOS EDUCATIVOS EXISTENTES - MEDIOS DE SALIDA - LOCALES - GENERALIDADES - PROTECCIONES POR CAIDAS - EDUCACIÓN - CIRCULACIONES Y MEDIOS DE SALIDA - MEDIOS DE ELEVACIÓN - CONDICIONES ESPECÍFICAS DE PROTECCIÓN ACTIVA - OCUPACIÓN - ACCESIBILIDAD - VIDIROS DE SEGURIDAD - MODALIDADES DE USO
Publicación:
06/02/2025
Sanción:
04/02/2025
Organismo:
SUBSECRETARIA GESTION URBANA
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Última actualización: 6 de febrero de 2025.
VISTO: El Código de Edificación (aprobado por Ley N° 6.100 y su modificatoria N°
6.438), DNU N° 1.510/1997 (Texto consolidado por Ley N° 6.588), los Decretos Nros.
58-AJG/19, 151-AJG/21, 170-AJG/22 y 94/24, las Resoluciones Nros. 83-SSGU/24 y
224-SSGU/24; el Expediente Electrónico N° EX-2024-38851117-GCABA-SSGU; y,
CONSIDERANDO:
Que el Código de Edificación establece en su Artículo 1.1.8 que "(...) el presente
Código es complementado por Reglamentos Técnicos, dictados por la Subsecretaría
de Registro, Interpretación y Catastro o la que en el futuro la reemplace. Dichos
Reglamentos Técnicos incluirán soluciones técnicas y soluciones técnicas alternativas
generadas por los interesados";
Que el Decreto N° 58/AJG/19, en su Artículo 1°, ha designado a la Subsecretaría de
Registros, Interpretación y Catastro, hoy Subsecretaría de Gestión Urbana
dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano de la Jefatura de Gabinete de
Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como Autoridad de
Aplicación del Código de Edificación que fuera oportunamente aprobado por Ley N°
6.100;
Que asimismo el precitado Decreto, en su Artículo 2°, confirió a la precitada
Subsecretaría la facultad de confeccionar los reglamentos técnicos del Código de
Edificación;
Que, mediante Ley N° 6.438, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sancionó las nuevas modificaciones que se incorporaron al referido Código de
Edificación;
Que el Decreto N° 138/2021 modificó parcialmente la estructura de Gobierno
establecida por el Decreto N° 463-AJG-19, sustituyendo la denominación
"Subsecretaría de Registros Interpretación y Catastro", por la de "Subsecretaría de
Gestión Urbana";
Que el Decreto N° 94/2024 establece entre algunas de las responsabilidades primarias
de la Subsecretaría e Gestión Urbana las de "Intervenir en la reglamentación del
Código Urbanístico y del Código de Edificación";
Que, asimismo, el precitado Decreto establece entre las responsabilidades primarias
de la Dirección General de Registro de Obras y Catastro, las de "Disponer e informar
en lo relativo a la aplicación del Código de Edificación, las normativas constructivas y
de aquellas normas que lo complementen" y "Proponer la reglamentación técnica
correspondiente al Código de Edificación", entre otras;
Que los Reglamentos técnicos del Código de Edificación comprenden y describen un
conjunto de procedimientos administrativos reglamentarios para la tramitación de
cualquier gestión vinculada a la construcción, a las instalaciones y exigencias
comprendidas en el Código de Edificación, y a las soluciones técnicas admitidas, de
carácter enumerativo y no excluyente, que pueden ser aplicadas por los profesionales
de la construcción, y que satisfacen los parámetros y principios exigidos por el
mencionado Código;
Que mediante Resolución N° 224-SSGU/24 se aprobó entre otros- el Reglamento
Técnico N° RT-030909-020202-03
CONDICIONES ESPECÍFICAS DE
PROTECCIÓN ACTIVA (IF-2024-47982021-GCABA-SSGU), el cual por un error
material involuntario omitió incorporar las modificaciones que se habían
oportunamente aprobado en su versión 6 (IF-2024-25592336-GCABA-SSGU) a través
de la Resolución N° 83-SSGU/24, por lo cual resulta necesario proceder a su
rectificación;
Que, en esta oportunidad, la Dirección General de Registro de Obras y Catastro
dependiente de esta Subsecretaría elevó para su aprobación los Reglamentos
Técnicos del Código de Edificación: RT-030803-020303-11
EDIFICIOS
EDUCATIVOS EXISTENTES MEDIOS DE SALIDA (IF-2025-05830127-GCABA-
SSGU); RT-030803-020303-10 - EDIFICIOS EDUCATIVOS EXISTENTES LOCALES
(IF-2025-05832718-GCABA-SSGU); RT-030803-020303-09
EDIFICIOS
EDUCATIVOS EXISTENTES GENERALIDADES (IF-2025-05833200-GCABA-SSGU);
RT-030803-020303-06 - EDUCACIÓN PROTECCIONES POR CAÍDAS (IF-2025-
05834486-GCABA-SSGU); RT-030803-020303-07 - EDUCACIÓN CIRCULACIONES
Y MEDIOS DE SALIDA (IF-2025-05834641-GCABA-SSGU); RT-030803-020303-08 -
EDUCACIÓN MEDIOS DE ELEVACIÓN (IF-2025-05844045-GCABA-SSGU) y RT-
030803-020303-05 - CARACTERÍSTICAS DE LOS LOCALES EN EDIFICIOS
EDUCATIVOS (IF-2025-05844203-GCABA-SSGU); y para su modificación los
Reglamentos Técnicos del Código de Edificación RT-030909-020202-03
CONDICIONES ESPECÍFICAS DE PROTECCIÓN ACTIVA (IF-2025-05826560-
GCABA-SSGU); RT-030803-020303-02 OCUPACIÓN (IF-2025-05830360-GCABA-
SSGU); RT-030803-020303-03 - INTERVENCIONES EN EDIFICIOS EDUCATIVOS
EXISTENTES ACCESIBILIDAD (IF-2025-05830989-GCABA-SSGU); RT-030803-
020303-04 - EDUCACIÓN VIDRIOS DE SEGURIDAD (IF-2025-05831520-GCABA-
SSGU); RT-030803-020303-01 - EDUCACIÓN MODALIDADES DE USO (IF-2025-
05832090-GCABA-SSGU), los que forman parte integrante de la presente Resolución;
Que deviene necesario derogar los Reglamentos Técnicos del Código de Edificación
RT-030909-020202-03 - CONDICIONES ESPECÍFICAS DE PROTECCIÓN ACTIVA
(IF-2024-47982021-GCABA-SSGU), RT-030909-020202-03
CONDICIONES
ESPECÍFICAS DE PROTECCIÓN ACTIVA (IF-2024-47982021-GCABA-SSGU); RT-
030803-020303-02 OCUPACIÓN (IF-2021- 34176286 GCABA-DGINFE); RT-
030803-020303-03 - INTERVENCIONES EN EDIFICIOS EDUCATIVOS EXISTENTES
ACCESIBILIDAD (IF-2021-34176433-GCABA-DGINFE); RT-030803-020303-04 -
EDUCACIÓN VIDRIOS DE SEGURIDAD (IF-2022-46966592-GCABA-SSGU); RT-
030803-020303-01 - EDUCACIÓN MODALIDADES DE USO (IF-2021-34176145-
GCABA-DGINFE);
Que en virtud de lo expuesto, resulta menester emitir el acto administrativo que
disponga la aprobación y modificación de los Reglamentos Técnicos del Código de
Edificación antes descriptos y la pertinente derogación.
Por ello, y en virtud de las facultades que le fueron conferidas por los Decretos Nros.
58/19 y 94/24,
Artículo 1°.- Aprobar los Reglamentos Técnicos del Código de Edificación Nros. RT-
030803-020303-11 - EDIFICIOS EDUCATIVOS EXISTENTES MEDIOS DE SALIDA
(IF-2025-05830127-GCABA-SSGU); RT-030803-020303-10
EDIFICIOS
EDUCATIVOS EXISTENTES LOCALES (IF-2025-05832718-GCABA-SSGU); RT-
030803-020303-09 - EDIFICIOS EDUCATIVOS EXISTENTES GENERALIDADES (IF-
2025-05833200-GCABA-SSGU); RT-030803-020303-06
EDUCACIÓN
PROTECCIONES POR CAÍDAS (IF-2025-05834486-GCABA-SSGU); RT-030803-
020303-07 - EDUCACIÓN CIRCULACIONES Y MEDIOS DE SALIDA (IF-2025-
05834641-GCABA-SSGU); RT-030803-020303-08 - EDUCACIÓN MEDIOS DE
ELEVACIÓN (IF-2025-05844045-GCABA-SSGU) y RT-030803-020303-05
CARACTERÍSTICAS DE LOS LOCALES EN EDIFICIOS EDUCATIVOS (IF-2025-
05844203-GCABA-SSGU), los que forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Aprobar la modificación de los Reglamentos Técnicos del Código de
Edificación RT-030909-020202-03 CONDICIONES ESPECÍFICAS DE PROTECCIÓN
ACTIVA (IF-2025-05826560-GCABA-SSGU); RT-030803-020303-02 OCUPACIÓN
(IF-2025-05830360-GCABA-SSGU); RT-030803-020303-03 - INTERVENCIONES EN
EDIFICIOS EDUCATIVOS EXISTENTES ACCESIBILIDAD (IF-2025-05830989-
GCABA-SSGU); RT-030803-020303-04 - EDUCACIÓN VIDRIOS DE SEGURIDAD
(IF-2025-05831520-GCABA-SSGU); RT-030803-020303-01
EDUCACIÓN
MODALIDADES DE USO (IF-2025-05832090-GCABA-SSGU), los que forman parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Derogar los Reglamentos Técnicos del Código de Edificación Nros. RT-
030909-020202-03 - CONDICIONES ESPECÍFICAS DE PROTECCIÓN ACTIVA (IF-
2024-47982021-GCABA-SSGU); RT-030803-020303-02 OCUPACIÓN (IF-2021-
34176286 GCABA-DGINFE); RT-030803-020303-03 - INTERVENCIONES EN
EDIFICIOS EDUCATIVOS EXISTENTES ACCESIBILIDAD (IF-2021-34176433-
GCABA-DGINFE); RT-030803-020303-04 - EDUCACIÓN VIDRIOS DE SEGURIDAD
(IF-2022-46966592-GCABA-SSGU); RT-030803-020303-01
EDUCACIÓN
MODALIDADES DE USO (IF-2021-34176145-GCABA-DGINFE).
Artículo 4°.- Encomendar a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro
dependiente de esta Subsecretaría para que lleve el registro de la Reglamentación
Técnica que por la presente Resolución se aprueba, manteniendo su actualización en
orden a sus sucesivas versiones.
Artículo 5°.- Establecer que la presente Resolución entrará en vigencia a partir de su
publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro dependiente de
esta Subsecretaría y a la Dirección General Fiscalización y Control dependiente de la
Agencia Gubernamental de Control y a la Subsecretaría de Gestión Económico
Financiera y Administración de Recursos del Ministerio de Educación. Cumplido,
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