LEY 1801 2005
Síntesis:
HOMOLOGA CONDONACIÓN DE DEUDAS POR GRAVÁMENES INMOBILIARIOS Y PATENTES SOBRE VEHÍCULOS - ALUMBRADO BARRIDO Y LIMPIEZA - IMPUESTO ABL - FORMICHELLA MARTA BARJA - SARA KROMAR -MARÍA ZARAGOZA - RAFAEL SOSA - VALENTINA PADLUBNE - IRMA DUHA - EVA BELGERI - REINALDO ALTOMIRANDA - MÓNICA GRIMOLIZZI - MARTA MOZO - LEONI ELVA FAIN DE RAMA - NÉLIDA ASTASIO -NINFA IVANA ALDERETE - TOMASA R PETRELLI - ALEJANDRA BLANCO - JUAN GREGORIO VERONESE - VICTORIO CASCO DE VÁZQUEZ - LIDIA IBAÑEZ - MARÍA DI FATTA - MARIANA SCHEFFER - IGNACIO LUCAS - TOMASA PONT - MARÍA RODRÍGUEZ - PATROCINIO DEL CASADO - SILVIA KAPLUN - ESTER GODOY - JUAN CARLOS
Publicación:
29/11/2005
Sanción:
06/10/2005
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
15/11/2005
Artículo 1° - Homológanse las condonaciones de deudas por gravámenes inmobiliarios y patentes sobre vehículos en general, otorgadas por el Poder Ejecutivo mediante las normas que se consignan en el Anexo que forma parte integrante de la presente, en virtud de lo dispuesto por el artículo 120 in fine del Código Fiscal vigente.
Artículo 2° - Resuélvese no hacer lugar a la solicitud de homologación establecida en la Actuación N° 90.292.
Artículo 3° - Comuníquese, etc.
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 1.801 (Expediente N° 74.224/05 y acum.), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 6 de octubre de 2005, ha quedado automáticamente promulgada el día 15 de noviembre de 2005.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Rentas. Cohen