RESOLUCIÓN 323 2025 MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN N° 78-MDUYTGC/19 - ENCOMIENDA - AUTOPISTAS URBANAS SA - ADOPCIÓN DE LAS MEDIDAS CONDUCENTES PARA PRESERVAR EL MEDIO AMBIENTE EN EL ÁREA AFECTADA A LA CONCESIÓN OTORGADA MEDIANTE LA LEY 3060 - MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA - OBRAS - CONCESIONARIA - REGLAMENTO DE EXPLOTACIÓN DE CONCESIÓN

Publicación:

13/06/2025

Sanción:

04/06/2025

Organismo:

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA


VISTO: Las Leyes Nro 3.060 y su modificatorias y 6.684 (Textos consolidados por Ley

N° 6.764), los Decreto Nros. 2.356/03 y sus modificatorios, 387/23 y sus

modificatorios, y el Expediente N° 23691041-GCABA-DGTALM/25; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 2356/03 y sus modificatorios se estableció el Reglamento

de Explotación al que debe ajustarse Autopistas Urbanas S.A. para la conservación y

la explotación de la Red Concesionada y áreas conexas;

Que por Resolución N° 78/MDUYTGC/19, se modificó el artículo 31 del mencionado

Reglamento de Explotación de la Concesión a favor de Autopistas Urbanas S.A.;

Que la Resolución N° 78/MDUYTGC/19, estableció que la Concesionaria tendrá a su

cargo preservación del medio ambiente en el área afectada a la Concesión, realizando

las tareas preventivas y correctoras de eventos ambientales necesarios en el ámbito

de la traza a su cargo;

Que asimismo, la referida norma, traspasó a la entonces Dirección General de

Espacios Verdes, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, las tareas de limpieza,

mantenimiento, conservación y mejoras paisajísticas de los espacios verdes que se

encuentran lindantes a las Autopistas Traza Norte, que comprende la Autopista Pte.

Arturo Illia (Av. 9 de Julio Norte), Av. Lugones y Av. Cantilo. Límites km 0 (calle

Arroyo), Km 10.5 (Av. Gral. Paz), Distribuidor Udaondo, Distribuidor Salguero,

Distribuidor Scalabrini Ortiz y Distribuidor Sarmiento, y Traza Sur, que comprende la

Autopista Perito Moreno (AU-6), Autopista 25 de Mayo (AU-1), Autopista Pte. Arturo

Frondizi (Avenida 9 de Julio Sur), y Autopista Pte. Héctor J. Cámpora (AU-7),

Autopista Tte. General Luis Dellepiane;

Que en virtud de lo establecido en el artículo 7° de la Ley N° 3060, el entonces

Ministerio de Desarrollo Urbano o el organismo que lo reemplace en el futuro es la

autoridad de aplicación de la concesión de obra pública otorgada a AUSA, estando

facultado para reglamentar la concesión;

Que por Ley 6.684, se estableció la estructura ministerial actualmente vigente para el

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánica

funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

contemplándose que el Ministerio de Infraestructura, asumiera las funciones que

anteriormente poseía el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, como Autoridad

de Aplicación de la concesión otorgada a Autopistas Urbanas S.A.;

Que, en ese orden de ideas, se considera conveniente y oportuno que el

mantenimiento de las áreas verdes lindantes a las afectadas por la concesión de

Autopistas Urbanas S.A., se efectúe por la misma concesionaria;

Que a tal fin, resulta necesario dejar sin efecto la Resolución N° 78/MDUYTGC/19,

encomendar a la Concesionaria la adopción de todas las medidas conducentes para

preservar el medio ambiente en el área afectada a la Concesión, la realización de

tareas preventivas y correctoras de eventos ambientales en el ámbito de la traza a su

cargo, el mantenimiento de los espacios verdes aledaños a dicha traza y su

acondicionamiento paisajístico.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Dejar sin efecto la Resolución N° 78/MDUYTGC/19.

Artículo 2°.- Encomendar a la Empresa Autopistas Urbanas Sociedad Anónima, en el

marco de la concesión otorgada mediante la Ley N° 3.060, la adopción de todas las

medidas conducentes para preservar el medio ambiente en el área afectada a la

Concesión, la realización de tareas preventivas y correctoras de eventos ambientales

en el ámbito de la traza a su cargo, el mantenimiento de los espacios verdes aledaños

a dicha traza y su acondicionamiento paisajístico.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comunicar al Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, y a Autopistas Urbanas

S.A. Cumplido, archivar. Bereciartua

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 1° deja sin efecto la Resolución N° 78-MDUYTGC/19, modificatoria del artículo 31 del Decreto 2356/03.</p><p>Artículo 2 de la Resolución 323-MIGC/25 encomienda a la Empresa Autopistas Urbanas Sociedad Anónima, la adopción de todas las medidas conducentes para preservar el medio ambiente en el área afectada a la Concesión, la realización de tareas preventivas y correctoras de eventos ambientales en el ámbito de la traza a su cargo, el mantenimiento de los espacios verdes aledaños a dicha traza y su acondicionamiento paisajístico.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 2° de la Resolución N° 323-MIGC/25 encomienda a la Empresa Autopistas Urbanas Sociedad Anónima, en el marco de la concesión otorgada mediante la Ley N° 3.060, la adopción de todas las medidas conducentes para preservar el medio ambiente en el área afectada a la Concesión, la realización de tareas preventivas y correctoras de eventos ambientales en el ámbito de la traza a su cargo, el mantenimiento de los espacios verdes aledaños a dicha traza y su acondicionamiento paisajístico.</p>
DEROGA
<p>Artículo 1° deja sin efecto la Resolución N° 78-MDUYTGC/19.</p>