RESOLUCIÓN 122 2025 SECRETARIA DE TRANSPORTE
Síntesis:
AUTORIZA - REALIZACIÓN - PRUEBA PILOTO - SISTEMA MULTIPAGO - UNIDADES - LÍNEAS 50 - 107 - SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR - COLECTIVOS - PAGO DE BOLETO - PASAJEROS - BILLETERA VIRTUAL
Publicación:
05/08/2025
Sanción:
31/07/2025
Organismo:
SECRETARIA DE TRANSPORTE
VISTO: la Ley Nacional 26.740, las Leyes 2.148, 2.930 y 6.684 (textos consolidados
por Ley 6.764), el Decreto Nro. 387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones
305/LCABA/24 de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
15/SECT/25, 120/SECT/25 y 438/MIGC/25, el Expediente Electrónico EX-2025-
29482493- -GCABA-DGTCP, y
CONSIDERANDO:
Que el Plan Urbano Ambiental, aprobado por Ley 2.930, establece como objetivo en
su artículo 7° promover un sistema de transporte sustentable que potencie la
intermodalidad, fomente el uso del transporte público y desaliente el de vehículos
privados;
Que, en línea con dicho objetivo, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
desarrolla el Plan de Movilidad Sustentable para que los habitantes puedan
trasladarse de forma rápida, segura y ordenada, contribuyendo a mejorar la calidad
ambiental;
Que el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad, aprobado por Ley 2.148 (texto
consolidado por Ley 6.764), define a las "Pruebas Piloto" como conjuntos de pruebas
supervisadas por la autoridad de aplicación para evaluar nuevas modalidades de
servicios o vehículos de transporte, así como la modificación de servicios existentes;
Que el artículo 1.3.1 del mencionado Código faculta a la Autoridad de Aplicación a
disponer las pruebas piloto que considere necesarias, siempre que estas sean
complementarias a los servicios ya existentes;
Que a través de la Resolución 438/25 del Ministerio de Infraestructura, se facultó a la
Secretaría de Transporte, en el marco de sus competencias, a dictar las normas
necesarias para el ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 1.1.4 y 1.3.1
del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
aprobado por la Ley 2.148;
Que la Ley Nacional 26.740 asignó a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la
competencia y fiscalización exclusiva de los servicios de transporte prestados
íntegramente en su territorio;
Que, en dicho marco, el Estado Nacional y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
suscribieron un Acta Acuerdo, aprobada por Resolución 305/LCABA/2024, mediante la
cual se transfirió la competencia sobre las líneas de colectivos con recorrido exclusivo
en la Ciudad;
Que esta Ciudad ha incorporado con éxito el sistema de pago con tarjetas y billeteras
virtuales en la Red de Subterráneos de Buenos Aires, facilitando la experiencia de
viaje de miles de usuarios;
Que la Resolución 15/SECT/25 de esta Secretaría de Transporte autorizó una prueba
piloto para un sistema multipago en la línea N° 44, operada por la empresa DOTA
S.A., cuyo desarrollo eficiente justifica expandir la utilización de diversos medios de
pago en el transporte de la Ciudad;
Que las empresas PAYWAY S.A.U. y OPEN PASS S.A.U. presentaron una propuesta
para incorporar el procesamiento de pagos electrónicos sin contacto en el servicio
público de colectivos de jurisdicción local;
Que esta iniciativa implica implementar una prueba piloto para verificar la coexistencia
con otros sistemas multipago, en beneficio de los usuarios, quienes podrán optar por
la forma de pago que consideren más conveniente;
Que a través de la Resolución 120/SECT/25 se aprobó el cuadro tarifario para el
servicio público de transporte colectivo de pasajeros por automotor de las líneas cuyos
recorridos discurren exclusivamente dentro de los límites territoriales de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, para simplificar la prueba piloto de marras, se considera conveniente que los
usuarios abonen en todos los casos la tarifa correspondiente al segundo tramo (3-6
km.) del cuadro tarifario aprobado en la citada resolución, o la que a futuro la
reemplace;
Que, si bien se prevé que el sistema se implemente en todas las líneas de jurisdicción
local, resulta prudente realizarlo por etapas para observar su comportamiento y facilitar
una adopción paulatina por parte de los usuarios;
Que la empresa NUDO S.A., operadora de las líneas 50 y 107, manifestó su interés en
participar de la prueba piloto;
Que el recorrido de la línea 50 atraviesa la zona sur de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, conectando la zona central de la Ciudad con el Barrio de Soldati; y por
su parte, la línea 107 atraviesa la Ciudad desde el norte en Ciudad Universitaria hacia
el Barrio de Flores, lo que los hace propicios para observar la interacción entre los
sistemas multipago del colectivo dado que abarca un público diverso, al transitar por
barrios de la ciudad de distinto nivel socioeconómico;
Que, en consecuencia, resulta conveniente autorizar la instalación del equipamiento
necesario en las unidades de las líneas 50 y 107;
Que asimismo, a efectos de unificar y actualizar la información que deberán reportar
las empresas operadoras del servicio del sistema multipago, en este caso, PAYWAY
S.A.U. y OPEN PASS S.A.U., corresponde modificar el Anexo I -identificado bajo el
Nro. IF-2025-04920535-GCABA-SSPMO-mencionado en el artículo 2° de la
Resolución N° 15/SECT/25, el cual forma parte integrante del mencionado acto
administrativo;
Que, la presente medida no genera erogaciones para el Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, ni significará precedente alguno en favor de la empresa
explotante de las líneas 50 y 107, ni de las empresas operadoras del servicio del
sistema multipago PAYWAY S.A.U. y OPEN PASS S.A.U.;
Que mediante la Ley 6.684 se establecieron los Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre ellos al Ministerio de Infraestructura;
Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando
a esta Secretaría como órgano dependiente del referido Ministerio de Infraestructura;
Que el citado decreto establece, entre las responsabilidades primarias de esta
Secretaría, la de entender en la regulación y control del transporte en el ámbito de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la de entender en los aspectos relacionados con
el transporte, la circulación peatonal y vehicular, con base en las políticas de desarrollo
económico, ambiental y social de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre otras;
Que, por todo lo expuesto, resulta oportuno implementar la prueba piloto en los
términos del Capítulo 1.3 del Código de Tránsito y Transporte.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la realización de una prueba piloto para incorporar el sistema
multipago en las unidades de las líneas 50 y 107 del servicio público de transporte
colectivo de pasajeros por automotor, en los términos del Capítulo 1.3 del Código de
Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2°.- Establecer que PAYWAY S.A.U. y OPEN PASS S.A.U. deberán
reportar a esta Secretaría de Transporte los datos indicados en el Anexo (IF-2025-
31797373-GCABA-SECT), que forma parte integrante de esta resolución, con la
periodicidad y el formato allí establecidos.
ARTÍCULO 3°.- Modificar el artículo 2° de la Resolución 15/SECT/25, el que quedará
redactado de la siguiente manera: "Establecer que PAYWAY S.A.U. y OPEN PASS
S.A.U. deberán reportar a esta Secretaría de Transporte los datos indicados en el
Anexo (IF-2025-31797373-GCABA-SECT), que forma parte de esta resolución, con la
periodicidad y el formato allí establecidos."
ARTÍCULO 4°.- Fijar el plazo de la prueba piloto establecida en esta resolución en
CIENTO OCHENTA (180) días.
ARTÍCULO 5°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar
a la Subsecretaría de Planificación de Movilidad y la Seguridad Vial, a la Subsecretaría
de Gestión y Control de la Movilidad, a la Dirección General Gestión de Servicios de
Movilidad, a la Gerencia Operativa Económico- Financiera, a la Subgerencia Operativa
Planificación Económica del Transporte, a la Secretaría de Transporte dependiente del
Ministerio de Economía de la Nación, a Nación Servicios Sociedad Anónima y al Ente
Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Notificar a la empresa NUDO S.A., y a las empresas OPEN PASS SAU y PAYWAY
SAU. Cumplido, archivar. Krantzer