DECRETO 368 2025

Síntesis:

DEROGA  ARTÍCULO 2 DEL  DECRETO 273-25 - GUILLERMO FEDERICO BARBERIS - ARTÍCULOS 5 Y 6  DECRETO 151-24 -  GABRIEL SEBASTIÁN MRAIDA -  GUSTAVO ARENGO PIRAGIN - DECRETO 833-10 - REVOCA PODER ESPECIAL OTORGADO A LOS MINISTROS DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT Y DE HACIENDA Y FINANZAS - TITULAR DE LA SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA -  OTORGA PODER GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y DISPOSICIÓN A FAVOR DEL TITULAR DE LA SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA - SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO - SUSCRIPCIÓN - FIRMA - ESCRITURAS PÚBLICAS - ESCRIBANÍA GENERAL

Publicación:

23/09/2025

Sanción:

19/09/2025

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: la Ley 6.684 (texto consolidado por la Ley 6.764), los Decretos 833/10, 387/23

y sus modificatorios, 151/24 y 273/25, el Expediente EX-2025-37988809-GCABA-

DGEGRAL, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 833/10 se ordenó otorgar poder especial al funcionario titular

de la Secretaría Legal y Técnica, para que en nombre y representación del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pudiera suscribir las escrituras públicas

respecto de las cuales sea parte el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, en tal sentido, con fecha 8 de noviembre de 2010 se otorgó poder especial a

favor del funcionario titular de la Secretaría Legal y Técnica, mediante Escritura

Pública 219 pasada al Folio 1307 del Registro 2057;

Que por el artículo 5° del Decreto 151/24 se dispuso otorgar poder especial a favor del

Ministro de Desarrollo Humano y Hábitat, Gabriel Sebastián Mraida (DNI 33.434.311,

CUIL 20-33434311-2) para que en nombre y representación del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires suscriba las escrituras traslativas de dominio respecto de

los inmuebles de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a favor de los beneficiarios de

las Leyes 324 y 3.396, así como las correspondientes a la constitución de hipotecas y

sus cancelaciones, afectación y desafectación al régimen de propiedad horizontal,

unificaciones, fraccionamientos parcelarios y demás actos necesarios y conducentes

para el cumplimiento de las referidas leyes, con las condiciones, requisitos y

modalidades propios de su naturaleza;

Que, asimismo, el artículo 6° del citado decreto prescribió otorgar poder especial a

favor del Ministro de Hacienda y Finanzas, Gustavo Arengo Piragine (DNI 33.855.180,

CUIL 20-33855180-1) para que en nombre y representación del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires suscriba las escrituras traslativas de dominio respecto de

los inmuebles de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires detallados en el Anexo V de la

Ley 3.396;

Que, en consecuencia, el 27 de marzo de 2024 se otorgó el poder especial a favor de

los mencionados Ministros mediante Escritura Pública 140 pasada al Folio 477 del

Registro 250;

Que, por su parte, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2° del Decreto 273/25 se

dispuso otorgar poder especial a favor de Guillermo Federico Barberis (DNI

32.129.668, CUIL 20-32129668-9) en su carácter de Subsecretario de la Subsecretaría

Abordaje Territorial y Obras bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Humano y

Hábitat, para que en nombre y representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, suscriba las escrituras públicas de constitución de hipotecas y sus

cancelaciones, afectación y desafectación a propiedad horizontal, unificaciones,

fraccionamientos parcelarios, las traslativas de dominio de los inmuebles de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires comprendidos en el Anexo I de la Ley 6.129 y cuantos

más actos resultaran necesarios y conducentes para el cumplimiento de lo dispuesto

en aquélla, con las condiciones, requisitos y modalidades propios de su naturaleza;

Que por la Ley 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando en su artículo 10, entre las Secretarías del

Poder Ejecutivo, a la Secretaría Legal y Técnica;

Que el artículo 29 de la mencionada Ley 6.684 establece, entre las funciones de la

Secretaría Legal y Técnica, la de dirigir la actividad notarial del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, contemplando a la Dirección General Escribanía General, dependiente

de la Secretaría Legal y Técnica;

Que, a su vez, entre las responsabilidades primarias de la citada Dirección General se

encuentra la de planificar, coordinar, asesorar, implementar y dirigir la actividad

notarial, y otorgar por intermedio del Escribano General las escrituras en que sea parte

el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sus organismos, entidades

autárquicas, sociedades y corporaciones en las que participe, entre otras;

Que de acuerdo a la gestión de gobierno, y en atención al tiempo transcurrido, resulta

conveniente revocar los poderes especiales referidos y derogar las normas en virtud

de las cuales aquellos se otorgaron oportunamente;

Que, en consecuencia, deviene pertinente otorgar nuevo poder general de

administración y disposición a favor del titular de la Secretaría Legal y Técnica a fin de

actualizar las facultades conferidas a su favor;

Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Derogar el artículo 2° del Decreto 273/25.

Artículo 2°.- Derogar los artículos 5° y 6° del Decreto 151/24.

Artículo 3°.- Derogar el Decreto 833/10.

Artículo 4°.- Revocar el poder especial otorgado el 27 de marzo de 2024 a favor del

Ministro de Desarrollo Humano y Hábitat, Gabriel Sebastián Mraida (DNI 33.434.311,

CUIL 20-33434311-2) y del Ministro de Hacienda y Finanzas, Gustavo Arengo Piragine

(DNI 33.855.180, CUIL 20-33855180-1) mediante Escritura Pública 140 pasada al

Folio 477 del Registro 250.

Artículo 5°.- Revocar el poder especial otorgado el 8 de noviembre de 2010 a favor del

funcionario titular de la Secretaría Legal y Técnica, mediante Escritura Pública 219

pasada al Folio 1307 del Registro 2057.

Artículo 6°.- Otorgar poder general de administración y disposición a favor del titular de

la Secretaría Legal y Técnica, para que en nombre y representación del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, suscriba las escrituras públicas en las cuales sea

parte el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 7°.- La Dirección General Escribanía General dependiente de la Secretaría

Legal y Técnica del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá

intervenir en las revocaciones y en el otorgamiento del poder, respectivamente, a

través de las escrituras públicas correspondientes.

Artículo 8°.- El presente Decreto es refrendado por el Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 9°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de

Desarrollo Humano y Hábitat, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal

dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Secretaría Legal y Técnica,

y para su conocimiento y demás efectos, remitir a la Dirección General Escribanía

General dependiente de la Secretaría Legal y Técnica del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archivar. MACRI - Sánchez Zinny

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1 del Decreto 368/25 deroga el artículo 2 del Decreto 273/25.</p>
DEROGA
<p>Artículo 3° del Decreto 368-25 deroga el  Decreto 833-10</p>
MODIFICA
<p>Artículo 2 del Decreto 368/25 deroga los artículos 5 y 6 del Decreto 151/24.</p>