DISPOSICIÓN 47 2025 DIRECCIÓN GENERAL MESA DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO

Síntesis:

DEROGA - DISPOSICIONES N° 10-MGEYA/20 - N° 34-MGEYA/20 - N° 41-MGEYA/21 - Y ESTABLECE HORARIO DE ATENCIÓN AL PÚBLICO ENTRE LAS 09:00 Y LAS 16:00 HORAS - DÍAS HÁBILES ADMINISTRATIVOS DE LUNES A VIERNES - SEDES UBICADAS EN RIVADAVIA N° 524 Y AV. MARTÍN GARCÍA N° 364 - GUARDIA MÍNIMA - SEDE DE RIVADAVIA 524 ENTRE LAS 16:00 Y LAS 17:00 HORAS - CANAL EXCLUSIVO PARA CONSULTAS CIUDADANAS - DIRECCIÓN GENERAL MESA DE ENTRADAS SALIDAS Y ARCHIVO - CORREO ELECTRÓNICO - SUBGERENCIA OPERATIVA DE ATENCIÓN AL PÚBLICO MESAGCBA@BUENOSAIRES.GOB.AR.- CANAL EXCLUSIVO PARA CONSULTAS SOBRE DILIGENCIAMIENTO DE NOTIFICACIONES PRESENTACIONES Y OFICIOS JUDICIALES - CORREO ELECTRÓNICO DE LA SUBGERENCIA OPERATIVA DE OFICIOS Y NOTIFICACIONES - OFICIOSYNOTIFICACIONES@BUENOSAIRES.GOB.AR.- PRESENTACIONES DIRIGIDAS AL DESPACHO DE LA DIRECCIÓN GENERAL - SOLICITUDES EXTRAJECUTIVAS Y DEMÁS ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS PROVENIENTES DE LOS DISTINTOS NIVELES DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - PROVINCIAL O MUNICIPAL DEBERÁ EFECTUARSE DE FORMA PRESENCIAL - O MEDIANTE LA CUENTA ELECTRÓNICA - GERENCIA OPERATIVA DE ATENCIÓN AL PÚBLICO Y SERVICIOS DE INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA - MGEYA_GOAP@BUENOSAIRES.GOB.AR.

Publicación:

30/09/2025

Sanción:

22/09/2025

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL MESA DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO


VISTO: Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, aprobada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 (Texto

consolidado por Ley N° 6.367), La Ley N° 6.684, el Decreto N° 387/23 y sus

modificatorios, las Disposiciones Nros. 10-MGEYA/20, 34-MGEYA/20 y 41-MGEYA/21,

y el EX-2025-40381988-GCABA-MGEYA, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 6.684, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, que contempla a la Secretaría Legal y Técnica;

Que por el Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánica

funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad, que establece a la Dirección General Mesa

de Entradas, Salidas y Archivo bajo la dependencia de la mencionada Secretaría, con

las responsabilidades primarias de "Organizar y supervisar la Mesa General de

Entradas, Salidas y Archivo, recepcionar, caratular y derivar expedientes, administrar

el ingreso y giro de oficios judiciales, implementar mecanismos de descentralización y

brindar atención integral al público";

Que mediante la Disposición N° 10-MGEYA/20, se adoptaron medidas excepcionales

en el marco de la emergencia sanitaria por COVID-19, fijando un horario reducido de

atención y habilitando la recepción de oficios judiciales por correo electrónico, a fin de

garantizar la continuidad de los servicios esenciales;

Que posteriormente, la Disposición N° 34-MGEYA/20 aprobó un procedimiento

especial para la recepción de solicitudes ciudadanas a través de portales electrónicos,

ampliando la virtualización de la atención al público en cumplimiento de las medidas

de aislamiento social preventivo y obligatorio;

Que, finalmente, la Disposición N° 41-MGEYA/21 restableció parcialmente la

presencialidad y fijó como horario de atención al público de 9 a 16 horas, manteniendo

no obstante canales electrónicos extraordinarios de recepción de presentaciones

ciudadanas (FIW y STB), oficios judiciales y actuaciones administrativas;

Que las disposiciones que regulaban la atención al público en forma virtual tuvieron

como fundamento exclusivo el contexto sanitario y las limitaciones de presencialidad,

situación excepcional que ha cesado, por lo que hoy es innecesario mantener

regímenes extraordinarios que generan dispersión de criterios, multiplicidad de

canales de ingreso y menor seguridad jurídica en la tramitación de las actuaciones;

Que la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo debe reordenar los

mecanismos de atención al público, consolidando un horario uniforme de atención

presencial que garantice previsibilidad a la ciudadanía y a las dependencias

administrativas;

Que, asimismo, resulta necesario mantener un esquema mínimo de guardia luego del

horario habitual, destinado a la recepción exclusiva de oficios judiciales y

presentaciones de carácter urgente, dada la naturaleza de tales diligencias y su

impacto procesal;

Que, en igual sentido, corresponde derogar expresamente los canales "FIW" y "STB"

como medios habilitados para el ingreso de trámites ciudadanos, en tanto su origen

obedeció a medidas transitorias en el marco de la pandemia y su mantenimiento

genera superposición con los canales oficiales de la Administración;

Que respecto de las presentaciones dirigidas al despacho de la Dirección General, las

solicitudes extrajecutivas y demás actuaciones administrativas provenientes de los

distintos niveles del Poder Ejecutivo Nacional, Provincial o Municipal, debe reafirmarse

su ingreso por las vías institucionales de esta Dirección General, ya sea en forma

presencial o mediante la cuenta electrónica oficial de la Gerencia Operativa de

Atención al Público y Servicios de Información Administrativa

(mgeya_goap@buenosaires.gob.ar), a fin de dotar de mayor trazabilidad y

transparencia los procesos;

Que, en atención a lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

Por ello, de acuerdo con las facultades que les son propias,

LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL

MESA DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO

DISPONE:

Artículo 1°.- Derogar las Disposiciones Nros. 10-MGEYA/20, 34-MGEYA/20 y 41-

MGEYA/21, por haber perdido vigencia las circunstancias excepcionales que las

motivaron.

Artículo 2°.- Establecer como horario de atención al público de la Dirección General

Mesa de Entradas, Salidas y Archivo el comprendido entre las 09:00 y las 16:00 horas,

en días hábiles administrativos de lunes a viernes, en las sedes ubicadas en Rivadavia

N° 524 y Av. Martín García N° 364.

Artículo 3°.- Disponer que en los mismos días hábiles se mantendrá una guardia

mínima en la sede de Rivadavia 524 entre las 16:00 y las 17:00 horas, destinada

exclusivamente a la recepción de presentaciones de carácter urgente vinculadas al

despacho de la Dirección General y a la presentación de comunicaciones y oficios

judiciales.

Artículo 4°.- Derogar los canales identificados como "FIW" y "STB" como medios de

recepción de presentaciones ciudadanas, que fueran aprobados por el artículo 4° de la

Disposición N° 41-MGEYA/21.

Artículo 5°.- Establecer como canal exclusivo para consultas ciudadanas a la Dirección

General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo, el correo electrónico de la Subgerencia

Operativa de Atención al Público mesagcba@buenosaires.gob.ar. Sin perjuicio de

esto, se aclara que dicho canal no será válido para la presentación de solicitudes,

reclamos o cualquier otro tipo de trámite administrativo, los cuales deberán ser

ingresados exclusivamente por los canales formales habilitados a tal efecto.

Artículo 6°.- Establecer como canal exclusivo para consultas sobre diligenciamiento de

notificaciones, presentaciones y oficios judiciales, el correo electrónico de la

Subgerencia Operativa de Oficios y Notificaciones

oficiosynotificaciones@buenosaires.gob.ar. Sin perjuicio de esto, se aclara que dicho

canal no será válido para la presentación de solicitudes, reclamos o cualquier otro tipo

de trámite administrativo, los cuales deberán ser ingresados exclusivamente por los

canales formales habilitados a tal efecto.

Artículo 6°.- Establecer que la recepción de presentaciones dirigidas al despacho de la

Dirección General, las solicitudes extrajecutivas y demás actuaciones administrativas

provenientes de los distintos niveles del Poder Ejecutivo Nacional, Provincial o

Municipal deberá efectuarse de forma presencial en el horario fijado en el artículo 2°

en las sedes allí indicadas, o bien mediante la cuenta electrónica de la Gerencia

Operativa de Atención al Público y Servicios de Información Administrativa:

mgeya_goap@buenosaires.gob.ar.

Artículo 7°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la

Dirección General, Técnica y Administrativa de la Secretaría Legal y Técnica, a las

Direcciones Generales Técnicas, Administrativas y Legales de todos los ministerios, a

todas las Mesas de Entradas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a

las mesas comunales, ventanillas únicas habilitadas y a la Secretaría de Innovación y

Transformación Digital, y cumplido, archívese. Dávalos

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 47/MGEYA/25 deroga la Disposición N° 41-MGEYA/21.</p><p>Artículo 4° deroga los canales identificados como “FIW” y “STB” como medios de recepción de presentaciones ciudadanas, que fueran aprobados por el artículo 4° de la Disposición N° 41-MGEYA/21.</p>
DEROGA
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 47/MGEYA/25 deroga la Disposición N° 34-MGEYA/20.</p>
DEROGA
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 47/MGEYA/25 deroga la Disposición N° 10-MGEYA/20.</p>