RESOLUCIÓN 1425 2025 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

APRUEBA - PROCESO DE ACTUALIZACIÓN DE DOCUMENTACIÓN - UNIDADES DE GESTIÓN EDUCATIVA EXPERIMENTAL Y BACHILLERATOS POPULARES - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - DESDE EL 3 DE NOVIEMBRE DE 2025 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2025

Publicación:

31/10/2025

Sanción:

30/10/2025

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley de Educación

Nacional 26206 y sus modificatorias, la Ley 898 (texto consolidado por Ley 6764), el

Decreto 406/11, las Resoluciones 669-MEGC/08, 528-MEGC/10, 238-SSIEYCP/11,

250-SSIEYCP/11, 10280-MEGC/11, 1438-MEGC/12, 4102-MEGC/15 y 4050-

MEGC/16, el Expediente Electrónico 46505467-GCABA-DGEGE/25, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un

sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,

tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;

Que así también asegura la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso,

permanencia, reinserción y egreso del sistema educativo y promueve el más alto nivel

de calidad de la enseñanza y asegura políticas sociales complementarias que

posibiliten el efectivo ejercicio de aquellos derechos;

Que la Ley Nacional de Educación 26206 y sus modificatorias, establece en su artículo

4° la responsabilidad principal e indelegable del Estado Nacional y de las

jurisdicciones locales de proveer una educación integral, permanente y de calidad para

todos los habitantes de la Nación;

Que la mencionada Ley, en su artículo 13 establece que la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires reconoce, autoriza y supervisa el funcionamiento de instituciones

educativas de gestión privada, confesionales o no confesionales, de gestión

cooperativa y de gestión social;

Que la Ley 898 (texto consolidado por Ley 6764) establece la obligatoriedad de la

educación hasta la finalización del nivel medio, en todas sus modalidades y

orientaciones;

Que en virtud de dicho marco normativo, el Ministerio de Educación, a través de las

Resoluciones 669-MEGC/08, 528-MEGC/10, 238-SSIEYCP/11 y 250-SSIEYCP/11,

reconoció el funcionamiento de distintas experiencias educativas, denominados

Bachilleratos Populares;

Que posteriormente, mediante el Decreto 406/11 se estableció que los Bachilleratos

Populares que fueran reconocidos por el Ministerio de Educación mediante

Resoluciones 669-MEGC/08, 528-MEGC/10 y 250-SSIEYCP/11, funcionarán bajo la

figura de Unidades de Gestión Educativa Experimental para la educación de adultos y

adolescentes, en el ámbito de la Dirección Educación del Adulto y del Adolescente

dependiente de la Dirección General Educación de Gestión Estatal;

Que a su vez, el referido Decreto facultó al Ministerio de Educación a incorporar

nuevas Unidades Educativas, y a dictar las normas operativas y complementarias que

resulten necesarias para un mejor cumplimiento del mismo;

Que en ese sentido, mediante la Resolución 10280-MEGC/11 el Ministerio de

Educación estableció a partir del ciclo lectivo 2011 el funcionamiento de once

Unidades de Gestión Educativa Experimental, así como también convalidó las Plantas

Orgánicas Funcionales, autorizó la implementación de los planes de estudio, el

funcionamiento en días, horarios y establecimientos de propiedad de las entidades

propulsoras, en función del cumplimiento de la carga horaria de los planes de estudio;

Que mediante la Resolución 1438-MEGC/12 se establece que no se procederá al

reconocimiento de ninguna experiencia bajo la figura de Bachilleratos Populares en el

ejido de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sin que se haya autorizado previamente

el funcionamiento del mismo por acto administrativo del Ministerio de Educación, quien

evaluará la necesidad, mérito y conveniencia atendiendo a la oferta existente para la

educación de Adultos y Adolescentes;

Que mediante la Resolución 4102-MEGC/15 se reconocen seis Unidades de Gestión

Educativa Experimental, y se crea el Registro de Bachilleratos Populares para la

educación de adultos y adolescentes, el que es posteriormente cerrado por la

Resolución 4050-MEGC/16 estableciendo que quedará conformado por las Unidades

de Gestión Educativa Experimental que se encuentren previamente inscriptas;

Que la Dirección Educación del Adulto y del Adolescente dependiente de la Dirección

General Educación de Gestión Estatal, manifestó a través del Informe IF-2025-

46506460-GCABA-DGEGE que, atento al tiempo transcurrido desde el reconocimiento

de las Unidades de Gestión Educativa Experimental por parte del Ministerio de

Educación, resulta necesario realizar un proceso de actualización de documentación

respecto de las Unidades de Gestión Educativa Experimental y de los Bachilleratos

Populares oportunamente reconocidos;

Que a su vez, manifiesta que el proceso de actualización de documentación resulta

necesario para evaluar la oferta educativa en función de la actualidad del sistema

educativo de la Ciudad, así como también establecer las pautas de funcionamiento de

los establecimientos en función de la carga horaria de los planes de estudio vigentes,

en un marco de colaboración con las autoridades vigentes de las entidades;

Que por lo expuesto, considera oportuno establecer un proceso de actualización de

documentación, tanto para las Unidades de Gestión Educativa Experimental como

para los Bachilleratos Populares reconocidos por el Ministerio de Educación, a

realizarse en el periodo comprendido entre el 3 de noviembre de 2025 y 31 de

diciembre de 2025;

Que el cumplimiento del proceso de actualización de documentación para las

Unidades de Gestión Educativa Experimental y Bachilleratos Populares resultará

obligatorio para el inicio del ciclo lectivo 2026;

Que la Dirección Educación del Adulto y del Adolescente evaluará la pertinencia y

vigencia de la documentación presentada por las Unidades de Gestión Educativa

Experimental y por los Bachilleratos Populares, a los fines de establecer las pautas de

funcionamiento de los establecimientos en un marco de colaboración con las

autoridades vigentes de las entidades a partir del ciclo lectivo 2026;

Que de esta manera, y en atención a lo detallado, deviene necesario y oportuno el

dictado del acto administrativo en el sentido precedentemente expuesto;

Que la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje, la Dirección General Educación de

Gestión Estatal y la Dirección Educación del Adulto y del Adolescente han tomado

intervención en el marco de sus competencias;

Que la Dirección General Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su

competencia.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 2° del Decreto 406/11,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar, con carácter obligatorio, el proceso de actualización de

documentación para las Unidades de Gestión Educativa Experimental y Bachilleratos

Populares reconocidas normativamente por el Ministerio de Educación, conforme el

detalle obrante en el Anexo I (IF-2025-46498499-GCABA-DGEGE), el cual forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Establecer que el plazo para la realización del proceso de actualización

aprobado en el artículo 1° será desde el 3 de noviembre de 2025 al 31 de diciembre de

2025.

Artículo 3°.- Encomendar a la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje a que, una vez

finalizado el análisis de la documentación a cargo de la Dirección Educación del Adulto

y del Adolescente, establezca y suscriba las condiciones y pautas de funcionamiento

con cada institución previo al inicio del ciclo lectivo 2026.

Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje y Planeamiento e Innovación Educativa, a

las Direcciones Generales Educación de Gestión Estatal, Personal Docente y No

Docente y Asuntos Jurídicos, y a la Dirección Educación del Adulto y del Adolescente.

Cumplido, archivar. Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7238

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>El artículo 1° de la Resolucion 1043-MEMDGC-26 deja sin efecto el reconocimiento institucional otorgado a la Unidad de Gestión Educativa Experimental Sol del Sur mediante la Resolución 4102/MEGC/15.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 1425/MEDGC/25 aprueba, con carácter obligatorio, el proceso de actualización de documentación para las Unidades de Gestión Educativa Experimental y Bachilleratos Populares en el marco de la Resolución 4050-MEGC/16.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 1425/MEDGC/25 aprueba, con carácter obligatorio, el proceso de actualización de documentación para las Unidades de Gestión Educativa Experimental y Bachilleratos Populares en el marco de la Resolución 4102-MEGC/15.</p>