RESOLUCIÓN 6510 2025 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN 4248-MCGC/25 MODIFICADA POR RESOLUCIÓN 4239-MCGC/25 - FIJA CÁNONES DIARIOS DE ARRENDAMIENTO - UNIDADES TARIFARIAS - ESPACIOS DEPENDIENTES DEL MINISTERIO DE CULTURA - ARANCELES - CURSOS CHARLAS O CONFERENCIAS DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN MUSEOS ESPECTÁCULOS Y SIMILARES - VENTA DE LIBROS POSTERS POSTALES AFICHES  ARTESANÍAS Y MATERIALES DE PROMOCIÓN COMERCIAL- PROGRAMA BIENAL ARTE JOVEN BUENOS AIRES 

Publicación:

12/11/2025

Sanción:

06/11/2025

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


VISTO: El Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Ley

N° 6.505 (texto ordenado por Decreto N° 116/25), las Leyes Nros. 6.684 (texto

consolidado por Ley N° 6.764) y 6.806 y sus modificatorias; el Decreto N° 612/05 y sus

modificatorios; las Resoluciones Nros. 1936-MCGC/09, 1390-MCGC/12 y sus

modificatorias, 4248-MCGC/25 y 4329-MCGC/25; el Expediente N° EX-2025-

30846624-GCABA-DGTALMC, y

CONSIDERANDO:

Que el Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Ley N°

6.505 (texto ordenado por Decreto N° 116/25), estipula en su artículo 536:

"Arrendamiento de espacios. Precio: El Poder Ejecutivo, a través del área competente

en la materia queda facultada para establecer los precios correspondientes al

arrendamiento diario, semanal y/o mensual de espacios en centros culturales, museos,

complejos teatrales, parques deportivos, complejos deportivos y/o recreativos, centros

y/o cualquier otra dependencia de propiedad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires";

Que asimismo, mediante su artículo 537, establece: "Fijación de precios o aranceles:

El Poder Ejecutivo, a través del área competente en la materia queda facultada para

establecer los precios de entrada a los complejos deportivos, recreativos o similares y

a los espectáculos, visitas guiadas y actividades especiales que organice, incluidos los

aranceles por los servicios complementarios que se presten en los complejos, salas,

locales o espacios donde aquellos se realicen";

Que el artículo 85 de la Ley N° 6.806 y sus modificatorias (Ley Tarifaria para el

ejercicio 2025) establece la Unidad Tarifaria (UT) como unidad de medida homogénea

a los efectos de determinar los valores de ciertos derechos, rentas diversas,

arrendamientos y demás conceptos comprendidos en el Título II del Anexo de aquella

Ley, como así también, fija el valor de la Unidad Tarifaria conforme lo establecido

mediante el artículo 85 del Anexo I de la Ley N° 6.593 y sus modificatorias;

Que por la Ley N° 6.684 (texto consolidado por Ley N° 6.764) se sancionó la Ley de

Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose

entre ellos al Ministerio de Cultura;

Que por medio del artículo 3° del Decreto N° 612/05 y sus modificatorios, se faculta al

titular del Ministerio de Cultura a dictar un reglamento general para el arrendamiento

de las salas, salones, recintos, predios y/o espacios detallados en el Anexo I del

mismo;

Que en virtud de la facultad otorgada por la mencionada norma, este Ministerio ha

dictado la Resolución N° 1936-MCGC/09, mediante la cual se modifica el Anexo I del

Decreto N° 612/05, incluyéndose en el mismo la totalidad de salas, salones, recintos,

predios, centros culturales y/o espacios disponibles que de él dependen;

Que mediante la Resolución N° 1390-MCGC/12 y sus modificatorias, se aprueba el

reglamento para el alquiler de salas, salones, recintos, predios, centros culturales y/o

espacios disponibles dependientes de este Ministerio de Cultura, y el modelo de

contrato para instrumentar estas locaciones para la realización de diversas

actividades, como congresos de divulgación científica, jornadas educativas y de

capacitación, eventos de desarrollo de creatividad y de fomento de la actividad

emprendedora, ceremonias de reconocimiento a actores sociales, foros de tecnología,

entre otras, facultando a las autoridades máximas de los organismos dependientes de

este Ministerio a suscribir los contratos de alquiler, "ad referéndum" de este Ministro de

Cultura;

Que en este contexto, mediante la Resolución N° 4248-MCGC/25, modificada por N°

4329-MCGC/25, se fijaron, a partir del 1° de julio de 2025 y conforme el detalle

establecido en el Anexo (IF-2025-33621475-GCABA-DGTALMC), los cánones diarios

de arrendamiento de los espacios dependientes del Ministerio de Cultura de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, expresado en Unidades Tarifarias, y se fijaron, en el

marco del programa "Bienal Arte Joven Buenos Aires", los aranceles para cursos,

charlas o conferencias de formación y capacitación; museos, espectáculos y similares,

como así también, para venta de libros, posters, postales, afiches, artesanías y

materiales de promoción comercial relacionados al programa, todo ello conforme los

artículos 85 de la Ley N° 6.806 y sus modificatorias y 536 y 537 del Código Fiscal de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Ley N° 6.505 (texto ordenado por

Decreto N° 116/25);

Que, en atención a las necesidades y estrategias de gestión específicas de cada

Unidad Responsable de los espacios en locación, es menester efectuar la

incorporación del Cine Teatro El Plata, sito en Av. Juan Bautista Alberdi 5765 de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dentro de la oferta cultural de espacios con

cánones diarios de arrendamiento, conforme el Anexo identificado bajo N° IF-2025-

47972563-GCABA-DGTALMC, habiéndose considerando para su determinación un

análisis de precios de mercado para arrendamientos análogos y las particularidades

de cada espacio, tales como sus cuidados y costos de mantenimiento conforme su

valor patrimonial y cultural;

Que, de igual modo, mediante el citado Anexo (IF-2025-47972563-GCABA-

DGTALMC) se han adecuado para el mismo período, en el marco del programa

"Bienal Arte Joven Buenos Aires", los aranceles para cursos, charlas o conferencias de

formación y capacitación; museos, espectáculos y similares, como así también para

para venta de libros, posters, postales, afiches, artesanías y materiales de promoción

comercial.

Por ello, conforme artículos 536 y 537 del Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, aprobado por Ley N° 6.505 (texto ordenado por Decreto N° 116/25), y

las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Dejar sin efecto, a partir del 1° de noviembre de 2025, la Resolución N°

4248-MCGC/25, modificada por N° 4239-MCGC/25.

Artículo 2°.- Fijar, a partir del 1° de noviembre de 2025, los cánones diarios de

arrendamiento de los espacios dependientes del Ministerio de Cultura de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, expresado en Unidades Tarifarias conforme los artículos

85 de la Ley N° 6.806 y sus modificatorias y 536 del Código Fiscal de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Ley N° 6.505 (texto ordenado por Decreto

N° 116/25), de acuerdo al detalle establecido en el Anexo (IF-2025-47972563-GCABA-

DGTALMC), el cual a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.

Artículo 3°.- Fijar, a partir del 1° de noviembre de 2025, en el marco del programa

"Bienal Arte Joven Buenos Aires", los aranceles para cursos, charlas o conferencias de

formación y capacitación; museos, espectáculos y similares, como así también, para

venta de libros, posters, postales, afiches, artesanías y materiales de promoción

comercial relacionados al programa, de acuerdo al detalle establecido en el Anexo (IF-

2025-47972563-GCABA-DGTALMC), el cual a todos sus efectos forma parte

integrante de la presente.

Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comunicar a las Subsecretarias, Direcciones Generales y a la Gerencia Operativa

Asuntos Jurídicos de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del

Ministerio de Cultura, a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto,

a la Dirección General de Contaduría, a la Dirección General Tesorería y a la

Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar.

Ricardes


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7246

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Artículo 1° de la Resolucion 6510-MCGC-25 deja sin efecto, a partir del 1° de noviembre de 2025, la Resolución <br />4248-MCGC/25, modificada por Resolucion 4239-MCGC/25.</p>
COMPLEMENTA
<p>Artículo 2°.de la Resolucion 6510-MCGC-25 fija a partir del 1° de noviembre de 2025, los cánones diarios de arrendamientos de los espacios dependientes del Ministerio de Cultura de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires, expresado en Unidades Tarifarias conforme los artículos 85 de la Ley 6.806 y sus modificatorias y 536 del Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Ley  6505 (texto ordenado por Decreto 116/25</p>
DEROGA
<p>Artículo 1° de la Resolucion 6510-MCGC-25 deja sin efecto, a partir del 1° de noviembre de 2025, la Resolución <br />4248-MCGC/25, modificada por Resolucion 4239-MCGC/25.</p>