RESOLUCIÓN 1586 2025 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
APRUEBA PROCEDIMIENTO PARA LA APROBACIÓN CARRERAS DE FORMACIÓN DOCENTE INICIAL - CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN - CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN - PLANES CURRICULARES INSTITUCIONALES - NIVEL SUPERIOR - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
05/12/2025
Sanción:
03/12/2025
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nacionales
24521 y 26206 y sus modificatorias, las Resoluciones 337-CFE/18, 476-CFE/24 y 483-
CFE/24, las Leyes 6053 y 6684 (textos consolidados por Ley 6764), el Decreto 387/23
y sus modificatorios, las Resoluciones 1.067-MEGC/15, 1.602-GCABA-MEDGC/24 y
616-GCABA-MEDGC/25, el Expediente Electrónico 51984722-GCABA-SSGDA/25, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, establece que la Ciudad
reconoce y garantiza un sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la
ética y la solidaridad, tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad
justa y democrática;
Que el citado cuerpo normativo establece que la Ciudad crea y reconoce, bajo su
dependencia, institutos educativos con capacidad de otorgar títulos académicos y
habilitantes en todos los niveles; fomenta la vinculación de la educación con el sistema
productivo, capacitando para la inserción y reinserción laboral y tiende a formar
personas con conciencia crítica y capacidad de respuesta ante los cambios científicos,
tecnológicos y productivos;
Que la Ley Nacional de Educación 26.206 en su artículo 74, establece que, entre otras
cuestiones corresponde al entonces Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y al
Consejo Federal de Educación acordar los lineamientos para la organización y
administración del sistema de formación docente, y los parámetros de calidad que
orienten los diseños curriculares;
Que la Ley Nacional de Educación Superior 24.521, prevé entre sus objetivos el de
preparar para el ejercicio de la docencia en todos los niveles y modalidades del
sistema educativo;
Que la Ley 6.053 (texto consolidado por Ley 6.764) define los lineamientos de la
política educativa para la formación docente del sistema educativo de la Ciudad de
Buenos Aires, a fin de jerarquizar y revalorizar la formación docente, garantizando el
derecho constitucional, personal y social a la educación, asegurando la mejora
continua de la calidad y equidad del sistema educativo;
Que mediante la Ley 6.684 (texto consolidado por Ley 6.764) se aprobó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, correspondiendo al
Ministerio de Educación diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y
programas educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de
contribuir al desarrollo individual y social, así como promover la formación y
jerarquización profesional del personal docente;
Que mediante el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo contemplándose al Ministerio de Educación;
Que entre las responsabilidades primarias de la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje
se encuentran la de coordinar y supervisar el desarrollo de las acciones pedagógicas y
administrativas de los establecimientos educativos para los niveles inicial, primario,
secundario y nivel superior de formación docente;
Que asimismo, la Dirección General Sistema de Formación Docente dependiente de la
Subsecretaría Gestión del Aprendizaje tiene entre sus responsabilidades primarias las
de implementar, gestionar y supervisar las políticas y programas educativos del nivel
superior para el sistema de formación docente de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires (Ley 6.053) en función de los lineamientos establecidos por la Subsecretaría de
Planeamiento e Innovación Educativa;
Que la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa, tiene entre sus
responsabilidades primarias, la de diseñar y promover las políticas educativas
innovadoras para optimizar las condiciones pedagógicas de enseñanza y aprendizaje
y mejorar la calidad educativa, así como también la de supervisar el proceso de
elaboración y evaluación de los diseños curriculares y planes de estudio;
Que la Gerencia Operativa Innovación y Contenidos Educativos tiene entre sus
responsabilidades elaborar planes de estudio, diseños y desarrollos curriculares
jurisdiccionales compatibles con la política educativa y la normativa nacional y local
para todos los niveles educativos en conjunto con las áreas competentes del
Ministerio;
Que la Dirección General Educación de Gestión Privada, administra, supervisa,
coordina y acompaña el Subsistema de Educación de Gestión Privada de la
jurisdicción, conforme con las políticas de este Ministerio, a la vez que establece
mecanismos de articulación, participación y asistencia con otras áreas del mismo, para
contribuir a la definición e implementación de estrategias que conlleven a un sistema
educativo único e integrado, respetando las particularidades de ambos subsistemas,
entre otras responsabilidades primarias;
Que por Resolución 1.602-GCABA-MEDGC/24, se aprobó el Plan Estratégico "Buenos
Aires Aprende" el cual tiene como objetivo afianzar el compromiso con la mejora de los
aprendizajes de todos/as los/as niños, niñas, jóvenes y adultos/as de esta jurisdicción,
contemplando como política prioritaria la planificación de la formación y carrera
docente;
Que mediante la Resolución 1.067-MEGC/15 se aprobó el procedimiento para la
aprobación de Planes Curriculares Institucionales de las carreras de Formación
Docente presenciales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los Componentes de
los Planes Curriculares Institucionales de las carreras de Formación Docente
presenciales de la Ciudad de Buenos Aires;
Que por las Resoluciones del Consejo Federal de Educación 337-CFE/18, 476-CFE/24
y 483-CFE/24 se aprobaron el Marco Referencial de Capacidades Profesionales de la
Formación Docente Inicial, los Lineamientos Curriculares Nacionales para la
Formación Docente Inicial, y se instituyó el "Sistema Federal Integrado de Evaluación,
Certificación y Acreditación de la Formación Docente (SiFIECA), respectivamente;
Que posteriormente, por Resolución 616-GCABA-MEDGC/25 se aprobó el "Marco
Pedagógico para la Formación Docente Inicial" como referencia para la elaboración e
implementación de los Diseños Curriculares para la Formación Docente Inicial, en
consonancia con las normas del Consejo Federal de Educación y los Diseños
Curriculares para la Educación Obligatoria vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que atento la modificación de la normativa federal sobre formación docente, la
Dirección General Sistema de Formación Docente junto a la Gerencia Operativa
Innovación y Contenidos Educativos y la Dirección General Educación de Gestión
Privada iniciaron un proceso de revisión y actualización de los diseños curriculares y
propuestas formativas correspondientes a la gestión estatal y a la gestión privada;
Que en virtud de ello, se advirtió la necesidad de actualizar los criterios de elaboración,
presentación, tramitación y evaluación de los Planes Curriculares Institucionales de las
carreras de formación docente inicial de gestión estatal y de gestión privada,
dependientes o supervisadas por el Ministerio de Educación, a fin de adecuarlos a los
nuevos marcos regulatorios;
Que atento ello, las Direcciones Generales Sistema de Formación Docente y
Educación de Gestión Privada propician derogar la Resolución 1067-MEGC/15 y
aprobar el "Procedimiento para la aprobación de los planes curriculares institucionales
de las carreras de formación docente inicial", de conformidad con el Anexo I (IF-2025-
52115101-GCABA-DGEGP), los "Criterios para la elaboración y presentación de
planes curriculares institucionales de nivel superior", de conformidad con el Anexo II
(IF-2025-52115195-GCABA-DGEGP) y los "Criterios para la evaluación de planes
curriculares institucionales de nivel superior", de conformidad con el Anexo III (IF-
2025-52115357-GCABA-DGEGP);
Que, en este orden, resulta necesario facultar a la Subsecretaría de Gestión del
Aprendizaje para la firma de las Resoluciones aprobatorias de los Planes Curriculares
Institucionales correspondientes a los establecimientos de gestión estatal
dependientes del Ministerio;
Que las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje y Planeamiento e Innovación
Educativa, las Direcciones Generales Sistema de Formación Docente, Personal
Docente y No Docente, Educación de Gestión Privada, y la Gerencia Operativa
Innovación y Contenidos Educativos, han tomado intervención en el marco de sus
competencias;
Que la Dirección General Asuntos Jurídicos ha tomado intervención en el ámbito de su
competencia.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Derogar la Resolución 1067-MEGC/15.
Artículo 2°.- Aprobar el "Procedimiento para la aprobación de los planes curriculares
institucionales de las carreras de formación docente inicial" de conformidad con el
Anexo I (IF-2025-52115101-GCABA-DGEGP), el que forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 3°.- Aprobar los "Criterios para la elaboración y presentación de planes
curriculares institucionales de nivel superior" conforme Anexo II (IF-2025-52115195-
GCABA-DGEGP), el que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 4°.- Aprobar los "Criterios para la evaluación de planes curriculares
institucionales de nivel superior" conforme Anexo III (IF-2025-52115357-GCABA-
DGEGP), el que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 5°.- Establecer que, por única vez, los establecimientos alcanzados por la
presente podrán presentar sus Planes Curriculares Institucionales a partir de la
entrada en vigencia de la presente Resolución y hasta el 6 de marzo de 2026, para su
implementación durante el ciclo lectivo 2026.
Artículo 6°- Encomendar a la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje la aprobación de
los Planes Curriculares Institucionales de los establecimientos de gestión estatal
dependientes del Ministerio.
Artículo 7°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje y Planeamiento e Innovación Educativa, a
las Direcciones Generales Sistema de Formación Docente, Educación de Gestión
Privada, Personal Docente y No Docente, Carrera Docente y a la Gerencia Operativa
Innovación y Contenidos Educativos. Cumplido, archivar. Miguel